20/08/2025
❗❗No cobras la cuota alimentaria de tu hijo/a?❗❗
Tu hijos tienen derechos y los padres (ambos) obligaciones
📍QUIÉN PUEDE INICIAR EL RECLAMO? Puede reclamar el padre que está a cargo del menor, en nombre suyo. El menor, si tiene madurez suficiente, acompañado por un abogado, o cualquier familiar que esté a cargo del menor, y hasta el Ministerio Público (un defensor de menores).
📍En el caso de que el progenitor al que se le reclama el pago de la cuota alimentaria, trabaje de manera registrada (es decir, en blanco) se le va a embargar parte del sueldo, a fin de que cumpla "a la fuerza" con sus obligaciones. En caso de que trabaje en negro, se tratará de averiguar si la persona tiene bienes, para embargar, o también se puede pedir a los abuelos que cumplan con dicha obligación.
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