16/08/2024
La ART tiene la obligación de brindarte las siguientes prestaciones:
•Asistencia médica inicial y continuada.
•Hospitalización.
•Cirugías y procedimientos quirúrgicos.
•Rehabilitación física y ocupacional.
•Suministro de medicamentos.
•Prótesis y órtesis.
•Tratamientos de fisiatría y kinesiología.
•Atención psicológica y psiquiátrica.
•Exámenes y estudios diagnósticos (laboratorio, imágenes, etc.).
Estas prestaciones deben ser brindadas sin límite de tiempo ni de costo, hasta que el trabajador se recupere o se determine su incapacidad permanente. La ART debe garantizar la atención médica necesaria para tratar las lesiones y secuelas derivadas del accidente laboral.
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