07/06/2021
El Despido directo, se produce cuando el empleador decide finalizar la relación laboral, y puede ser sin causa o con justa causa.
El primero de ellos, también llamado “incausado”, lo decide el empleador arbitrariamente, sin una causa aparente, o con una causa insuficiente o inexistente, generando así el derecho a cobrar una indemnización.
Por otro lado, en el Despido con justa causa, el empleador extingue la relación laboral, fundado en el incumplimiento grave de alguna de las obligaciones del trabajador. Muchas veces estás causales son generadas por el empleador para evitar indemnizar al trabajador. El empleador deberá probar la causa del despido, y si no lo logra deberá pagar la indemnización correspondiente.
También puede darse un despido indirecto, que es cuando el trabajador se considera despedido, luego de intimar por telegrama por incumplimientos graves de parte del empleador, y que no son subsanados, por lo cual el trabajador da por finalizada la relación laboral por culpa del empleador, con derecho a indemnización por despido.
Si estás atravesando alguna de estas situaciones o conoces a alguien que tenga dudas sobre la suya, no dudes en consultarnos.
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