25/09/2020
🔎 En el contexto de emergencia sanitaria que atraviesa el país, producto de la expansión del COVID-19 (Coronavirus), el Estado se vio obligado a tomar una serie de medidas inéditas para contener la pandemia.
Siete provincias (Chaco , Santa Fe , Salta , Jujuy , Mendoza , Santiago del Estero y Tierra del Fuego) decidieron el cierre total o parcial de límites provinciales y fronteras nacionales , así como las cuarentenas obligatorias , entre otras disposiciones.
🛑 Estas medidas no han estado exentas de polémica por parte de los constitucionalistas. Recordamos que el artículo 8 de la Constitución establece que “los ciudadanos de cada provincia gozan de todos los derechos, privilegios e inmunidades inherentes al título de ciudadano en las demás”.
Por su lado, el artículo 9 establece que “en todo el territorio de la Nación no habrá más aduanas que las nacionales, en las cuales regirán las tarifas que sancione el Congreso”.
El constitucionalista Andrés Gil Domínguez afirmó en su cuenta de Twitter que “lo resuelto por el gobernador del Chaco desconoce los artículos 8 y 9 de la Constitución argentina , dinamita el sistema federal y es desproporcionado porque existen otros medios más idóneos para lograr el mismo fin".
En esa línea, añadió que el "poder de policía" que tienen las provincias las habilita a cerrar shoppings, bingos, clubes, escuelas, pero no a cerrar fronteras o establecer aislamientos obligatorios sociales.
También sostuvo que las provincias no pueden disponer que la gente no salga a la calle. Rodolfo Suárez, el gobernador de Mendoza, decretó la obligatoriedad de mantener cuarentena obligatoria de dos semanas para cualquier persona que transite el suelo mendocino; y dispuso el cierre del paso fronterizo de la Argentina con Chile que funcionaba en esa provincia y también.
Respecto al estado de sitio, la constitución refiere en su artículo 23 que “se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales”; pero durante esta suspensión “no podrá el presidente de la República condenar por sí ni aplicar p***s ...
🛑 importante no olvidemos nuestra ley super