15/07/2020
Los artículos 45 y 46 de la Ley 24.449 regulan las conductas que deben observarse en las vías con más de dos carriles por mano, sin contar el ocupado por estacionamiento.
⚠️ En estos casos el tránsito debe ajustarse a lo siguiente:
➡️ Se puede circular por carriles intermedios cuando no haya a la derecha otro igualmente disponible.
➡️ Se debe circular permaneciendo en un mismo carril y por el centro de éste.
➡️ Se debe advertir anticipadamente con la luz de giro correspondiente la intención de cambiar de carril.
➡️ Ningún conductor debe estorbar la fluidez del tránsito circulando a menor velocidad que la de operación de su carril.
➡️ Los vehículos de pasajeros y de carga, salvo automóviles y camionetas, deben circular únicamente por el carril derecho, utilizando el carril inmediato de su izquierda solo para sobrepasos.
➡️ Los vehículos de tracción a sangre, cuando les está permitido circular y no tuvieren carril exclusivo, deben hacerlo por el derecho únicamente.
➡️ Todo vehículo al que le haya advertido el que lo sigue su intención de sobrepaso, se debe desplazar hacia el carril inmediato a la derecha.
⚠️ En las autopistas, además de lo establecido para las vías multicarril, rigen las siguientes reglas:
💡 El carril extremo izquierdo se utilizará para el desplazamiento a la máxima velocidad admitida por la vía y a maniobras de adelantamiento.
💡 No pueden circular peatones, vehículos propulsados por el conductor, vehículos de tracción a sangre, ciclomotores y maquinaria especial.
💡 No se puede estacionar ni detener para ascenso y descenso de pasajeros, ni efectuar carga y descarga de mercaderías, salvo en las dársenas construidas al efecto si las hubiere.
💡 Los vehículos remolcados por causa de accidente, desperfecto mecánico, etc., deben abandonar la vía en la primera salida.