Estudio Jurídico Grosso & García

Estudio Jurídico Grosso & García Le brindamos al cliente la mejor alternativa y la solución a su caso, teniendo en cuenta el requerimiento y la necesidad que precisa el mismo.

Domicilio: Martín y Omar 129 , 3° piso, Oficina 325. San Isidro, Buenos Aires. Si usted esta buscando una solución jurídica y/o notarial, nuestro estudio jurídico está orientado al asesoramiento de nuestros actuales y futuros clientes. Se trata de un estudio especialmente orientado para brindar asesoramiento relativo al Derecho de Familia, Laboral, Comercial, Civil, y de Ejecución de Honorarios. Estamos capacitados para atender estas ramas de manera correcta y eficaz.

SE ALQUILA EXCELENTE  DEPARTAMENTO DE DOS AMBIENTES SOBRE LA CALLE CONSTITUCION EN SAN FERNANDO.
13/12/2017

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Se alquila chalet en zona Punta Chica. En muy buen estado.Cuatro dormitorios dos baños, garage pasante,living-comedor,co...
22/06/2017

Se alquila chalet en zona Punta Chica. En muy buen estado.Cuatro dormitorios dos baños, garage pasante,living-comedor,cocina, lavadero y patio.Consultas por in box.

03/06/2017

Nuevas notificaciones

CERTIFICADOS DE TRABAJO... ¿qué deben contener y en qué plazo se deben otorgar?Al término de una relación laboral, el em...
11/04/2016

CERTIFICADOS DE TRABAJO... ¿qué deben contener y en qué plazo se deben otorgar?

Al término de una relación laboral, el empleador, además de pagar al trabajador la liquidación final, ESTA OBLIGADO a entregarle un Certificado de Trabajo, que debe contener los siguientes datos:
a) Tiempo de prestación de servicios;
b) Naturaleza de los servicios;
c) Constancia de salarios percibidos y de los aportes y contribuciones efectuados con destino a los organismos de Seguridad Social.
d) Calificación profesional obtenida por el trabajado en el puesto desempeñado.

| ACLARACION: En el certificado de trabajo NO debe constar la causa de la extinción de la relación laboral. |

Si el empleador no entregare el certificado de trabajo dentro del plazo de dos días hábiles computados a partir del día siguiente al de la recepción del requerimiento que el trabajador le formulare de modo fehaciente, será sancionado con una indemnización a favor de éste, equivalente a tres veces la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida por el dependiente durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios, si éste fuera menor.

ERROR COMUN: ¿El certificado de servicios y remuneraciones extendida en el formulario de ANSES constituye el cumplimiento de la obligación de entregar el establecido por el artículo 80 de la LCT? NO. No se trata del mismo comprobante ya que son dos instrumentos distintos con finalidades diversas. Por ende, el empleador cumple sus obligaciones entregando AMBOS instrumentos.

¿Tenés dudas? Consultanos!

Les deseamos el mejor de los años, que el amor y la salud les permitan lograr lo que más anhelan. Felicidades en el Año ...
30/12/2015

Les deseamos el mejor de los años, que el amor y la salud les permitan lograr lo que más anhelan. Felicidades en el Año que está por comenzar! 🎊🎉

Excelente chalet en alquiler! (Zona Punta chica, próxima a Av. del Libertador)
05/05/2015

Excelente chalet en alquiler! (Zona Punta chica, próxima a Av. del Libertador)

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¿Qué hacer frente a un accidente de trabajo o enfermedad profesional?El trabajador debe informar el hecho ante su emplea...
08/04/2015

¿Qué hacer frente a un accidente de trabajo o enfermedad profesional?
El trabajador debe informar el hecho ante su empleador, quien tiene la obligación de comunicar el accidente o enfermedad a la ART (si la tuviera) o brindarle en forma inmediata, las prestaciones médicas y asistenciales, si se trata de un Empleador Autoasegurado.

¿Qué pasa si el empleador no efectúa la denuncia?
El trabajador puede efectuar la denuncia de su accidente o enfermedad profesional ante la ART o los prestadores médicos habilitados por la misma. En la credencial de la AR, que su empleador tiene la obligación de entregarle, figura una línea telefónica gratuita para hacer la denuncia.
También puede hacerla de forma fehaciente a través de un telegrama laboral (gratuito) o personalmente en la sede más cercana de la ART.
Asimismo, puede concurrir directamente al prestador médico de la ART para ser atendido y allí se efectuarán los trámites administrativos correspondientes.

¿Tenés dudas? ¡Consultanos!

¿En qué consistirá el Divorcio Express a partir del 1° de agosto de 2015?El nuevo tipo de divorcio previsto en la reform...
06/04/2015

¿En qué consistirá el Divorcio Express a partir del 1° de agosto de 2015?

El nuevo tipo de divorcio previsto en la reforma del Código Civil permite divorciarse bastando sólo la voluntad de uno de los cónyuges, sin tener que demostrar causa o motivo y sin requerirse el tiempo mínimo de 3 años de casados.

¿Qué opinás?El Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires ya no exige un trámite especial para aceptar todo tipo de nom...
01/04/2015

¿Qué opinás?

El Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires ya no exige un trámite especial para aceptar todo tipo de nombres en los bebés recién nacidos. De esta manera, los padres tienen vía libre para elegir cómo llamar a sus hijos siempre y cuando no "lesionen el honor ni resulte ofensivo."
Hasta el año pasado, la elección del nombre debía coincidir con alguna de las 9.807 opciones incluidas en un listado oficial en Capital Federal.
Los padres que querían bautizar a su hijo con una denominación por fuera de esa nómina, se veían obligados a pedir una autorización especial. Y sólo cuando el uso de un nombre fuera aprobado tres veces por las autoridades del Registro Civil porteño, pasaba a integrar la lista oficial y podía ser elegido sin un pedido previo especial.
Durante 2014, otros 100 nombres, en su mayoría extranjeros de diverso origen, fueron aprobados. Entre ellos figuran, por ejemplo, los nombres de varón Kenzo, Yurii, Ikki, Lemmy, Asiel, Tomoki y Calix, y los de mujer Guilit, Conzuelo, Cosette, Evolet, Nahyara y Arin.

Sabías que...?Con la introducción de la figura de la unión convivencial, el nuevo Código Civil no sólo reconoce formalme...
27/03/2015

Sabías que...?

Con la introducción de la figura de la unión convivencial, el nuevo Código Civil no sólo reconoce formalmente a las parejas de hecho como familias, sino que les otorga a sus integrantes un nuevo rango legal. Si bien no equipara sus derechos a los que tienen los cónyuges, les otorga una protección mayor a la actual.

Polémica por el nacimiento de un bebé que nació de un vientre alquilado.Un tema sobre el que hay un vacío legal en el pa...
12/02/2015

Polémica por el nacimiento de un bebé que nació de un vientre alquilado.

Un tema sobre el que hay un vacío legal en el país.Una pareja porteña lo pactó con una mendocina.

Una pareja de porteños creyó encontrar en un sitio web argentino de maternidad subrogada la solución a su deseo de ser padres. Durante un año planeó junto a un abogado el nacimiento de su futuro bebé. A través de la agencia Argentina "Maternity”, se contactaron con una joven madre mendocina dispuesta a llevar 9 meses de embarazo de un embrión concebido in vitro con el es***ma y el óvulo del matrimonio. No está comprobado aún si hubo dinero de por medio, aunque la joven declaró que no recibió un pago por el embarazo y, según su abogado, la pareja sólo cubrió los costos médicos y de movilidad de la embarazada.

En Argentina no hay legislación específica sobre alquiler de vientre, porque la maternidad subrogada quedó afuera del nuevo Código Civil y Comercial. En junio de 2013, se hizo público el primer caso de un vientre prestado que fue avalado por la Justicia argentina, donde una amiga de la madre biológica fue receptora del embrión.
Pero este caso es aún más atípico porque hubo un intermediario, la agencia Argentina Maternity, para que se conocieran los padres biológicos con la mujer que llevaría el embarazo.

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