30/05/2022
⚖️ IMPUGNACIÓN DE SANCIONES LABORALES ⚖️⠀⠀
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📌 Los empleadores cuentan con facultades de ley para aplicar sanciones a sus trabajadores frente a incumplimientos. ⠀
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📌 Ahora bien, en ejercicio del derecho de defensa de los trabajadores, el art. 67 LCT establece un plazo de 30 días corridos para impugnar esta sanción, ya sea en su procedencia, tipo o extensión, para suprimirla, sustituirla por otra o limitarla, dependiendo el caso. ⠀
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📌 Es un plazo de caducidad, esto quiere decir que si no la cuestionás en tiempo y forma perdés el derecho a hacerlo luego. ⠀
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📌 Recordá que es importante cuestionarlas cuando no procedan, ya que acumularlas hace que se apliquen sanciones más graves o, inclusive, opere un despido con causa. ⠀
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✨ Ab. Nadia Soledad Izquierdo⠀⠀⠀⠀⠀
Mat. Prof. 5-969 ✨⠀⠀⠀⠀⠀
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