08/06/2020
En el día de la fecha, el Juzgado de niñez, adolescencia, juventud y Violencia Familiar de esta ciudad, Secretaría de Violencia Familiar, luego de tener una audiencia con este letrado y una mujer policía Víctima de Violencia Familiar, resolvió DECLARAR INAPLICABLE el “Protocolo de Actuación para el Personal Policial en Situación de Violencia Familiar o de género” (cfr. Resolución de Jefatura de Policía Nº 2.088/2019 de fecha 7 de agosto de 2019, modificatorio del Protocolo publicado por Orden del Día 7.138 de fecha 29/03/2017) y remitir los antecedentes a la policía de la provincia para tome conocimiento e intervención al respecto de una nueva forma de Violencia Familiar ejercida por un Oficial Superior que hacía la voluntad del violento. Es decir, Dr. Andrés Peretti, a cargo del juzgado, estimó que la mujer policía que denuncia un hecho de Violencia Familiar y se le quita el armamento, forma parte de un hecho de Violencia Institucional, por lo cual ordenó a que cese dicho acto. Desde ahora las mujeres policías víctimas de Violencia podrán denunciar sin que ello implique un perjuicio a sus ingresos económicos por quita del armamento provisto, lo cual será inaplicable. Además, el importante leading case remarca que son actos de violencia los que se ejercen a través de un jefe por pedido de otro (Camada), lo cual quita de la oscuridad al Violento y lo pone a la luz de la Justicia. Por último, ordena a que en forma inmediata la policía provincial, tome cartas en el asunto y arbitre los medios para hacer cesar la situación opresora ordenada (quita del armamento). Fallos como este, ponen justicia tras largos años de lucha en contra de este "protocolo" que quiso ser más que la ley. Desde el Estudio nos encontramos agradecidos a jueces predispuestos y pro activos que intentar indagar sobre la cuestión, más que resolver espasmódicamente. RadiocanalLa Voz de San JustoElPeriodicoCadena 3 ArgentinaRadio Mitre.