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Al iniciar un reclamo de alimentos de menores debemos conocer las cuestiones más importantes para fijar una cuota alimen...
08/04/2021

Al iniciar un reclamo de alimentos de menores debemos conocer las cuestiones más importantes para fijar una cuota alimentaria acorde a las necesidades del menor, además de considerar las singularidades de cada caso en particular. Te contamos sobre las dudas más frecuentes. ⚠️

1️⃣ ¿QUÉ rubros comprende la cuota alimentaria?

❗El art. 659 del CCyC nos dice que la obligación alimentaria comprende la manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio.

❗Es importante considerar que las tareas de cuidado personal que realiza el progenitor que convive con el menor, tienen valor económico.

2️⃣ ¿QUIÉNES deben alimentos?

👨‍👩‍👦 La regla es que AMBOS progenitores tienen obligación alimentaria (50/50), pero quien deberá abonar una cuota alimentaria es el progenitor NO conviviente.

👴 Cuando el progenitor no pueda cumplir con su obligación alimentaria, es posible reclamársela a sus ascendientes (abuelos).

3️⃣ ¿CÓMO se fija el monto a pagar?

❌ Se ha creado un mito de que los padres deben pagar el 20% del sueldo a sus hijos, y esto es FALSO.

✅ No existe ninguna ley que indique un porcentaje o monto determinado a pagar de cuota alimentaria. Para su fijación se tendrán en cuenta las necesidades de los hijos y la capacidad económica del alimentante.

💰🛍 Se puede abonar en dinero, en especie o de manera mixta.

4️⃣ ¿HASTA CUÁNDO se deben abonar alimentos?

➡️ La obligación alimentaria se extiende hasta los 21 años (salvo que el hijo mayor de edad ya cuente con recursos suficientes), y hasta los 25 años si el hijo estudia o se capacita.

5️⃣ ¿DESDE CUÁNDO se deben alimentos?

📄 Se deben desde el día de la demanda o si hubo intimación fehaciente previa, desde los 6 meses de la misma siempre que se interponga la demanda.

🙋‍♂️ La obligación de alimentos puede ser pedida tanto por los hijos como por el progenitor conviviente en representación del menor.

¿Te quedaron dudas? ☎️ Hacé tu consulta para resolverlas, iniciá tu reclamo y

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Nueva Ley de Alquileres. 🏘 Te contamos los puntos más importantes que regula sobre los contratos de locación y qué suced...
02/04/2021

Nueva Ley de Alquileres. 🏘 Te contamos los puntos más importantes que regula sobre los contratos de locación y qué sucederá a partir de abril con el fin del congelamiento de precios y la suspensión de desalojos. 🔑

📅 Plazos. El plazo mínimo de locación inmueble es de 3 años.

💲 Precio del alquiler. Se fijará un valor único para viviendas por períodos mensuales y se actualizará anualmente según el cálculo que elabora el Banco Central (BCRA). Ese cálculo es un porcentaje que surge del promedio entre los índices IPC y RIPTE.

🙋‍♂️ Garantías. El locatario debe proponer al menos 2 garantías entre las cuales deberá elegir el locador.

💰 Adelantos y depósito. No se puede fijar más de un mes de adelanto ni más de un mes de depósito.

🔧 Reparaciones urgentes. Luego de 24 hs. de recibida la notificación para efectuar una reparación urgente y el locador no contesta o se niega a realizarla, el locatario podrá llevarla a cabo con su costo a cargo del locador. Para las reparaciones NO urgentes el plazo es de 10 días.

📝 Registro del contrato. El locador tiene a cargo la obligación de registrar el contrato en AFIP, cumpliendo sus reglamentaciones.

📧 Domicilio electrónico. Las partes pueden constituir un domicilio electrónico donde se tendrán por válidas todas las notificaciones recibidas.

⚠️ Finalizó la vigencia del Decreto 66/2021 que extendía hasta el 31 de marzo el congelamiento de precios, la prórroga de los contratos y la suspensión de los desalojos.

❗Descongelamiento de precios. Se deberán abonar las deudas por:

1) Diferencias de precios no pagadas por actualización del precio del alquiler.

2) Falta de pago de alquileres.

Todas con sus intereses y un máximo de hasta 12 cuotas.

❗Cesan las prórrogas de los contratos de alquiler. Si tu contrato venció antes del 1/4/21 deberás celebrar un nuevo contrato de locación.

❗Desalojos. Podes iniciar la demanda de desalojo, intimando previamente al locatario al pago de su deuda y que en 10 días restituya el inmueble.

¿Tenés problemas con tu contrato de alquiler o necesitas redactar uno? Consultanos para 📲

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Incumplimientos contractuales en las compras online. 💻 En este caso la empresa obliga al consumidor a iniciar un juicio ...
26/03/2021

Incumplimientos contractuales en las compras online. 💻 En este caso la empresa obliga al consumidor a iniciar un juicio por incumplimiento en la entrega de cuatro sillas, lo que viola el derecho al trato digno y equitativo del consumidor. Hecho agravado por la importancia de la empresa y el evento en el cuál se desarrolló la compra (CiberMonday). 🧾

⁉️ En la sentencia además de condenar a la empresa a la indemnización por daños y perjuicios, se la condena a pagar al consumidor el daño punitivo. ¿Qué significa esto?

📌 El daño punitivo es también denominado multa civil y consiste en sumar a la indemnización una sanción a quién provoca el daño, por su grave inconducta. La sanción debe ser ejemplar tanto para el dañador como para que terceros no incurran en las mismas prácticas abusivas en contra de los consumidores que son la parte débil de la relación. Rige en caso de daños graves y su finalidad esencial es prevenir y sancionar graves inconductas del dañador.

📌 El art. 52 bis de la Ley de Defensa del Consumidor nos indica que:
1) la multa se graduará en función de la gravedad del hecho y las demás circunstancias del caso.
2) y que es independiente de otras indemnizaciones que correspondan.

⚠️ En este caso la suma de la multa civil es tan elevada porque se tiene en cuenta:
🔹️ El perjuicio resultante del incumplimiento.
🔹️ La posición en el mercado del infractor.
🔹️ El beneficio obtenido por la empresa y su caudal económico.
🔹️ La repercusión social de su inconducta.
🔹️ La existencia de otros damnificados con derecho a reclamar.
🔹️ La actitud de dañador de negarse a entregar el producto.
🔹️ El grado de intencionalidad del incumplimiento.
🔹️ Las numerosas denuncias y la reincidencia en la conducta.

🙋‍♂️ ¿A quién le corresponde cobrar ésta multa civil? El art. 52 bis LDC prevé que el consumidor sea el único beneficiario del daño punitivo.

‼ ¿Tuviste problemas con compras online o presenciales? Como consumidor podés reclamar por lo que te corresponde. Asesorate para .

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ℹ El juicio sucesorio se inicia para que los herederos y/o interesados puedan disponer legalmente de los bienes que deja...
22/03/2021

ℹ El juicio sucesorio se inicia para que los herederos y/o interesados puedan disponer legalmente de los bienes que deja la persona fallecida (causante) y para transmitir todos los derechos y obligaciones que conforman la herencia.

📌 ¿Qué bienes conforman la herencia?
🏠🚗Todos los bienes de titularidad del causante como por ej.: inmuebles, automotores, dinero en cuentas bancarias, etc. y también los derechos y obligaciones que no se extingan por el fallecimiento del causante.
🧾Es importante aclarar que a la herencia también la componen las deudas. Esas deudas solo van a pagarse con el activo de la herencia, los herederos no responden con su patrimonio por las deudas del causante.

📌 ¿Dónde debemos iniciar el juicio sucesorio?
En principio, debe iniciarse el trámite ante el juez competente con jurisdicción en el último domicilio del causante. 🗺

📌 ¿Qué documentación es necesaria para iniciar el trámite?
📄 Partida de defunción del causante (actualmente también se acompaña partida de nacimiento)
📄 Documentación que acredite los vínculos de los herederos con el causante (acta de matrimonio, partidas de nacimiento, DNI, etc.)
📄 Documentación de los bienes del causante (escrituras, boletos de compraventa, etc.)

📌 ¿Quiénes son herederos legítimos?
✅ Descendientes son los primeros en la línea hereditaria. (Concurren con el cónyuge si lo hay)
✅ Si no hay descendientes: los ascendientes y el cónyuge.
✅ Si no hay descendientes, ni cónyuge, ni ascendientes, heredan los colaterales hasta el 4to. grado (hermanos, tíos, sobrinos).

Éstos herederos van a percibir la parte de la herencia según el CCyC indique tanto en su orden de prioridad como en su cantidad. Dejamos este apartado pendiente para desarrollarlo con más profundidad en un próximo post.

📜 A su vez también pueden recibir bienes quienes designe el causante en su testamento, respetando la parte que indica el CCyC.

📌 ¿Qué pasa con los divorciados y los convivientes?
❌ No tienen vocación hereditaria, por lo tanto NO heredan, salvo que el causante los hayan incluido en su testamento.

¿Tenés alguna duda? ¿Necesitas iniciar una sucesión? ☎️ Comunicate y

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👨‍⚖️ Lo que dicen los jueces en sus sentencias judiciales es muy importante y sirven como fundamento ante casos similare...
17/03/2021

👨‍⚖️ Lo que dicen los jueces en sus sentencias judiciales es muy importante y sirven como fundamento ante casos similares para reclamar por tus derechos. Por eso todas las semanas vamos a hacer un breve comentario de fallos judiciales actuales, controvertidos y relevantes. 📜

En este caso vamos a hablar de la obligación de alimentos 🍎🍗 debida a menores. Un fallo del Tribunal de Familia de S. S. de Jujuy, hizo lugar a una acción de alimentos a favor de un niño 👦 de 10 años y estableció que cuando el padre 🧔 tenga un trabajo registrado en relación de dependencia, se le retenga el 30% de los haberes a favor de su hijo. Además resolvió que, en caso de incumplimiento del padre, se le retenga al abuelo 👴, el 20% de sus haberes para los gastos del niño.

HECHOS:

🔹️ En este expediente, compareció la madre del menor, y presentó una demanda de alimentos en contra del padre y el abuelo paterno de aquel.

🔹️ El padre es arquitecto, sin otras cargas de familia y propietario de varios inmuebles. Registra ingresos declarados por $25.000 como monotributista y además de $32.000 por cobro de alquileres. Ofrece pagar $8.000 mensuales de cuota alimentaria.

🔹La madre y el menor viven en un inmueble alquilado (de propiedad del abuelo, quien reclama su desalojo), y el niño sufre de diversos problemas de salud. Por lo que solicita una cuota alimentaria no menor a $25.000 mensuales. Y que en caso de no cumplir el padre, lo haga el abuelo del menor.

RESOLUCIÓN:

🔸️El tribunal ordena al padre el pago de $11.000 mensuales, con aumentos periódicos, más el 70% del monto del alquiler.

🔸️Además en caso de obtener un trabajo registrado en relación de dependencia, deberá abonar el 30% de sus haberes.

🔸️Cuando el padre no cumpla, quien deberá pagar la cuota alimentaria será el abuelo y se retendrá el 20% de sus haberes.

⚠️ En este caso podemos observar que no solo los padres tiene obligación alimentaria respecto de los menores, sino que existen otros obligados, aquí fue el abuelo.

Si tenés alguna duda sobre la obligación de alimentos no dudes en asesorarte y consultarnos. ☎️

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🚘🛵 Ante un hecho imprevisto y traumático como lo es un accidente de tránsito, es imprescindible mantener la calma e inte...
15/03/2021

🚘🛵 Ante un hecho imprevisto y traumático como lo es un accidente de tránsito, es imprescindible mantener la calma e intentar recopilar la mayor cantidad de datos e información sobre el siniestro acaecido para obtener posteriormente una reparación plena de los daños sufridos. Entonces, ¿qué debemos hacer? 🤔❓

🔸️ Producido el siniestro, lo primero que debemos comprobar es que no haya lesionados, en caso de haberlos, comunicarse inmediatamente con los servicios de emergencias. 🚑 🚓
Requerir datos personales de los profesionales actuantes (nombre y apellido y N° de matrícula) y certificados de estudios clínicos y de las lesiones sufridas. 👨‍⚕️

🔸️ Tomar nota de la mayor cantidad de datos posibles de los vehículos y personas involucradas en el accidente: (Art. 65, Ley 24.449) 📝
▶️ Nombre y apellido del conductor, DNI, N° de teléfono y dirección. Licencia de conducir y su fecha de vencimiento.
▶️ Patente del vehículo y datos que surgen de la "tarjeta verde" (marca, modelo, N° de chasis y motor).
▶️ Nombre de la compañía de seguros, N° de póliza y fecha de vencimiento.

🔸️ Verificar la presencia de testigos y solicitarles sus datos personales. (Nombre y apellido, DNI, N° de teléfono y dirección).

🔸️ Tomar fotografías de: 📸
▶️ La posición y los daños de los vehículos.
▶️ Las lesiones si las hubiere.
▶️ Las señales de tránsito del lugar y del estado de la calzada.

🔸️ Realizá la denuncia penal (en caso de haber lesiones) y la denuncia administrativa a la compañía de seguros dentro de las 72 hs. de ocurrido el siniestro.

⚠️ No te olvides de guardar todos los comprobantes de los gastos que realizaste como consecuencia del siniestro 🧾💲

❗ Si sufriste un accidente de tránsito iniciá tu reclamo judicial o extrajudicial para obtener una indemnización acorde a los daños y perjuicios sufridos. Asesorate y

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🔙 Como adelantamos en el post anterior, les presentamos nuestros datos de contacto, con la incorporación de un código QR...
12/03/2021

🔙 Como adelantamos en el post anterior, les presentamos nuestros datos de contacto, con la incorporación de un código QR para que escaneándolo puedas rápidamente contactarte y resolver tu duda o consulta. 📲

📞 💻 Podés reservar tu turno para consultas presenciales en nuestro estudio o de manera online a través de los medios digitales, sin moverte de tu casa!!

☎️❗Además, ante cualquier urgencia, estamos disponibles para atenderte las 24 hs. con la finalidad de resguardar plenamente tus derechos.

📚🗂También te mencionamos las ramas del derecho sobre las que trabajamos y por las cuales podés consultarnos.

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📲

¡ Bienvenido/as a la cuenta del .juridico.nicola ! 👋👨‍⚖️ Mi nombre es Esteban Germán Nicola, soy abogado, egresado de la...
10/03/2021

¡ Bienvenido/as a la cuenta del .juridico.nicola ! 👋
👨‍⚖️ Mi nombre es Esteban Germán Nicola, soy abogado, egresado de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES) y voy a ser el encargado de administrar esta cuenta con el objetivo de brindarles información precisa y actualizada sobre los diversos temas jurídicos que se promueven a diario.

🗣A su vez, la intención es abrir espacios de debate, interacción y consultas sobre todas las dudas que les puedan surgir para obtener una efectiva defensa de sus derechos.

🤝 El compromiso que asumimos es brindar un servico legal de calidad y personalizado a nuestros clientes, basándonos en la honestidad, confidencialidad y transparencia.

📖 La frase que tomamos como punto de partida en el estudio nos dice que "UN DERECHO NO ES ALGO QUE ALGUIEN TE DA; ES ALGO QUE NADIE TE PUEDE QUITAR" (Ramsey Clark), por ello es que no queremos que nadie te quite ningún derecho, estamos para ayudarte a que se respeten los tuyos!!!

📲 Para cualquier duda o consulta, te dejamos todos los medios de contacto en la bio y en el siguiente post, no dudes en comunicarte para obtener tu asesoramiento legal.

CAPACITACIONES 📜
10/03/2021

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