09/07/2020
Ambos progenitores tienen la obligación y el derecho de criar a sus hijos, alimentarlos y educarlos. La obligación de prestar alimentos a los hijos es hasta los 21 años de edad, que podría extenderse hasta los 25 años si la continuación de estudios o preparación profesional de un arte u oficio, le impide proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente.
✔️¿En qué consiste la obligación de dar alimentos? La obligación de alimentos comprende alimentos, vivienda, educación, vestimenta, habitación, esparcimiento, gastos por alguna enfermedad que padezca el menor y gastos para adquirir una profesión u oficio. Por esta razón los alimentos son proporcionales a las posibilidades económicas de los obligados y a las necesidades de los hijos.
✔️¿Cómo se solicita alimento para mi hijo/s? En caso de que uno de los progenitores del menor no cumpla con la prestación de alimento o la cuota sea insuficiente, puede ser demandado por:
➡️El otro progenitor en representación del hijo (madre/padre que esté a cargo del cuidado personal del menor)
➡️El hijo con grado de madurez suficiente con asistencia letrada
➡️O subsidiariamente, cualquiera de los parientes o el Ministerio Público.
✔️¿Qué incluye la cuota? La cuota alimentaria consiste generalmente un monto en dinero que un progenitor entrega al otro para cubrir las necesidades del menor. Pero también puede consistir en prestaciones en especies, siendo total o en partes, por ej. en comprar ropa o pagarle los estudios.
✔️¿Cuánto es el monto de la cuota alimentaria? La cuota puede ser pactado entre ambos progenitores, en este caso deberá ser homologado judicialmente para su validez legal, en cambio si no se pusieren de acuerdo, será el juez quien determine la cuota teniendo en cuenta los siguientes factores: Ingresos económicos de cada uno de los progenitores, la edad del menor (no es lo mismo el gasto que realiza un menor de 3 años que un adolescente de 16 años), gastos de alimentación, educación (depende del nivel de escolaridad, si es primaria, secundaria o universidad, asimismo si se trata de una institución pública o privada),si padece alguna enfermedad, vivienda (¿es propia o paga alquiler?),etc.