09/08/2024
El estudio se complace en compartir la parte dispositiva de sentencia de Cámara obtenida en juicio de reclamo por pensión honorífica de veteranos de guerra continentales como ejemplo de las sentencias favorables que hemos venido obteniendo en la especie.-
Les recordamos que estamos a disposición para evacuar cualquier tipo de consulta en ésta y otras ramas jurídicas.-
"Ahora bien, en la causa “Arfinetti Víctor Hugo c/ Estado Nacional- Ministerio de Defensa- Ejército Argentino y otro s/ Acción declarativa de Certeza” (CSJ 468/2011 47-A / CSI), del 07/07/2015, la C.S.J.N. estableció que para revestir la condición de “veterano
de guerra” debe acreditarse principalmente la efectiva “acción bélica” dentro del conflicto.
Finalmente, en la causa “Álvarez, Omar Ángel y otros c/ Est. Nac. (Mrio. De Defensa) s/Diferencia salarial –medida cautelar” (CSJ 195/2013 (49-A) / CS1), del 15 de diciembre de 2015, el Más Alto Tribunal ratificó la doctrina sentada en el fallo “Arfinetti Víctor Hugo”, destacando la finalidad que poseen las normas en cuestión de otorgar un reconocimiento a quienes participaron de manera efectiva en el conflicto bélico. En efecto, se concluye que, si bien es cierto que ninguno de los precedentes antes citados son exactamente idénticos a la cuestión debatida en autos, toda vez que Carmelo Antonio Gerez era un suboficial retirado de la Armada sin haber de ningún tipo, desocupado y a cargo de una familia integrada por cónyuge y cinco hijos (v.gr. le resultaba aplicable la Ley 24.892), en el caso “Arfinetti” los beneficios perseguidos eran los determinados por la Ley 23.109, y en el caso “Álvarez” los actores eran suboficiales y personal civil de la Armada Argentina, resulta verdadero que la doctrina resultante de los
mismos, como así también las directrices planteadas por la Procuración en sus respectivos
Ahora bien, en la causa “Arfinetti Víctor Hugo c/ Estado Nacional- Ministerio e causa. ..
Por lo expuesto, propicio en mi voto: 1) Revocar la sentencia apelada; 2) Admitir la demanda interpuesta ... contra el Estado Nacional – Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea Argentina, reconociéndole por la presente su condición de
VETERANO DE GUERRA a efectos de que pueda tramitar los beneficios que pudieren corresponder como consecuencia de ello..."