15/09/2017
🚨IMPORTANTE MAMAS🚨 ✋Finalizada la licencia por maternidad, ¿con qué opciones cuenta la mamá?👉 🗯Reintegrarse normalmente finalizados los 90 días de licencia: una vez que se reintegra, la mamá tiene por ley dos descansos de media hora para amamantar (otra opción es, si acuerda con su empleador, juntarlos y entrar una hora más tarde o retirarse una hora más temprano), durante un año, contado a partir de la fecha de nacimiento del bebé, o por más tiempo, si existen razones médicas que así lo requieran 🗨Pedir una extensión voluntaria: si la mamá decide que quiere seguir de licencia pasados los 90 días (antes y después del parto), puede pedir una extensión voluntaria de 3 a 6 meses, que legalmente se llama “situación de excedencia”. Durante este período su empleador no está obligado a pagarle el sueldo y ya no recibirá la asignación por maternidad. En el caso de querer esta extensión, tiene que informársela mediante un telegrama a su empleador hasta dos días antes (48 horas) de que termine su licencia por maternidad, y la legislación pide como mínimo un año de antigüedad en la empresa para que la madre pueda pedirla. 🗯Renunciar: si la mamá decide no reintegrarse, puede renunciar y percibir el 25 por ciento de lo que le correspondería de indemnización por antigüedad. Si pide una extensión voluntaria y luego renuncia ya no tendrá derecho a este beneficio. 👉Por otro lado, es importante que la mamá sepa que si tuvo períodos de ausencia por enfermedad a causa del embarazo o el parto, fuera del plazo previsto de 90 días, tiene derecho a licencia paga por enfermedad y estos días de ausencia no se deben restar a la licencia por maternidad. 🙋
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