29/10/2021
Fin de la relación laboral. 📄💼
👉 Una vez iniciado el contrato de trabajo, ninguna de las partes lo puede disolver sin previo aviso. Esta notificación, denominada “preaviso”, debe realizarse por escrito:
✔ En el caso del trabajador, debe avisar con 10 días de anticipación.
✔ En el caso del empleador, debe avisar al empleado con una antelación de 10 días si la antigüedad laboral es menor a un año y de 30 días si es mayor a un año.
❗ Durante el plazo del preaviso, el personal sin retiro goza de 10 horas semanales remuneradas para buscar nueva ocupación.
👉 Causas por las que puede finalizar la relación laboral:
✔ Por mutuo acuerdo
✔ Por renuncia del trabajador
✔ Por fallecimiento del trabajador
✔ Por incapacidad de manera permanente y definitiva del trabajador.
✔ Por jubilación del empleador
✔ Por el fallecimiento del empleador
✔ Por fallecimiento de la persona para cuya asistencia personal o acompañamiento se contrató al trabajador
✔ Porque el trabajador o el empleador denuncia el contrato de trabajo con justa causa.
✔ Por abandono de trabajo por parte del trabajador
✔ Por despido sin expresión de causa o justificación.
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Estudio Jurídico LPZ ⚖