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01/11/2022

En el Código Civil y Comercial de la Nación el divorcio puede ser pedido por UNO o por AMBOS cónyuges, sin necesidad de expresar las causas (objetivas o subjetivas) que llevaron a tomar la decisión de disolver el vínculo matrimonial.

Esta regulación del divorcio es coherente con la noción del matrimonio celebrado por el acuerdo de ambos contrayentes que se sostiene por la VOLUNTAD COMÚN de los dos, motivo por el cual es lógico que, si uno de los dos no desea seguir unido en matrimonio, tenga la posibilidad de solicitar el divorcio, en el marco de los principios de LIBERTAD Y AUTONOMÍA PERSONAL.✨

Es decir que podés divorciarte aun cuando tu pareja no quiera y sin necesidad de explicarle al juez las razones (PODÉS DIVORCIARTE PORQUE QUERÉS HACERLO Y PUNTO).

🔵¿NECESITO ESPERAR UN TIEMPO DESDE LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO PARA PEDIR EL DIVORCIO? No, podés divorciarte en cualquier momento.

🔵¿TENGO QUE CUMPLIR CON ALGÚN REQUISITO? Sí. Con el pedido de divorcio tenés que acompañar una propuesta que indique cuáles serán las consecuencias del divorcio (quién se queda con la casa, cómo se distribuirá el tiempo con los hijos-si los hay-, lo relacionado a la cuota alimentaria, etc.).

Asesorate con nosotras. Acercate a nuestras oficinas o comunicate por MD 📩

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01/11/2022
08/09/2022
Si no estás recibiendo las prestaciones que por ley te debe dar tu obra social o prepaga, podés hacer la reclamación cor...
06/04/2022

Si no estás recibiendo las prestaciones que por ley te debe dar tu obra social o prepaga, podés hacer la reclamación correspondiente.

Cualquier persona que vea amenazado su derecho a la salud puede interponer un escrito presentado por su abogado/a en cualquier época del año.

¿Qué es el régimen patrimonial del matrimonio?Es la forma de manejar los bienes a partir del matrimonio.Con la modificac...
17/03/2022

¿Qué es el régimen patrimonial del matrimonio?
Es la forma de manejar los bienes a partir del matrimonio.

Con la modificación del Código Civil y Comercial en 2015, se incorpora la posibilidad de los futuros cónyuges de optar por el régimen de bienes que quieran:

1) El régimen de comunidad de bienes: Todos los bienes adquiridos a partir del matrimonio pasan a formar parte de una masa común (comunidad) que pertenece a ambos, sin importar cuál de los 2 los haya adquirido. Estos bienes se llaman gananciales.

2) El régimen de separación de bienes: Cada cónyuge tiene la libre administración y disposición de sus bienes, salvo la vivienda familiar que se rige por sus propias reglas.

¿Querés saber más? ¡Contactanos!

Una de las primeras (y recurrentes) problemáticas que nos trae aparejado el ejercicio de la abogacía es la presunción de...
14/03/2022

Una de las primeras (y recurrentes) problemáticas que nos trae aparejado el ejercicio de la abogacía es la presunción del trabajo gratis...

Las consultas por las que no se pregunta el precio y las que se hacen en cualquier momento y lugar, son moneda corriente para el profesional del derecho.

Familiares, amigos, clientes, en todos los casos, la pregunta de "Cuánto te debo?" o "Cuáles son tus honorarios?", en general, no sucede...

Lo cual nos coloca en el dilema de cómo cobrar, cuánto cobrar, en qué momento plantear el tema e, incluso, tener una respuesta preparada para el caso de que el/la beneficiado/a con nuestro trabajo diga -en un tono entre sarcástico y enojado- "Me vas a cobrar una "consultita"?

Y entonces aparecen frases como:
"Que si tardamos cinco minutos", y si redactamos una CD/Telegrama/Reclamo "que si lo que escribimos es algo simple", que bla bla bla... el caso es que para hacerlo, tuvimos que conseguir el título y matrícula habilitante, tuvimos que escuchar el relato del asunto en cuestión, tuvimos que encuadrarlo jurídicamente, tuvimos que redactar eso apropiado para ser enviado en un intercambio telegráfico, etc...

Por que tendríamos que regalar nuestro TRABAJO? Puede que, en algunos casos, elijamos hacerlo... pero, que quede claro: ELEGIMOS hacer un regalo.

"Cada quien cobra por lo que sabe hacer y eso no se discute."

Pareciera que debemos justificar que lo que hacemos los abogados/as no escapa a ese principio, que no le robamos nada a nadie, y que todo lo que hacemos en el marco de nuestra labor profesional está avalado por un título que nos llevó años, sudor y muchos sacrificios conseguir.

Por eso, pagarle a tu abogado/a, no es un favor que le estás haciendo, es una obligación que contraes con el/ella al momento de solicitarle sus servicios.

Tu abogado/a paga luz, agua, alquiler, comida, etc., los honorarios que tanto evitas abonar son la remuneración por su trabajo.

Así que sea un buen cliente. Páguele a su abogado/a.

10/03/2022
Las ESTAFAS Virtuales son una modalidad de FRAUDE o engaño que se realiza a través de medios digitales y que consisten e...
08/03/2022

Las ESTAFAS Virtuales son una modalidad de FRAUDE o engaño que se realiza a través de medios digitales y que consisten en perfiles falsos en redes sociales, mensajería, llamadas, y tienen como fin obtener información de datos personales y bancarios.

¿Fuiste víctima de una estafa virtual? ¿Conocés a alguien que lo fue? ¡Contanos!

Es el conjunto de deberes y facultades que tienen los progenitores en la vida cotidiana de sus hijos e hijas.Por regla g...
22/02/2022

Es el conjunto de deberes y facultades que tienen los progenitores en la vida cotidiana de sus hijos e hijas.

Por regla general, ambos progenitores tienen los mismos derechos y obligaciones respecto de aquellos.

Pero ¿Qué pasa cuando los progenitores no conviven? El cuidado personal de hijos e hijas puede ser ejercido por uno o por ambos progenitores. A éste último se lo llama cuidado compartido, el cual puede ser:

Alternado: el hijo o hija convive períodos de tiempo con cada uno de los progenitores.

Indistinto: el hijo o hija reside en el domicilio de uno de los progenitores pero ambos comparten las decisiones y se distribuyen las labores de cuidado.

La opción puede ser el resultado de la libre determinación de los padres o de decisión judicial frente al conflicto de uno o ambos progenitores.

¿Querés saber más al respecto? ¡Contactanos!

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