Escribania Resistencia

Escribania Resistencia PAGINA DESTINADA A OFRECER INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO EN EL ÁMBITO DEL DERECHO NOTARIAL. CONSULTAS.

Servicios en Escribanía
01/07/2025

Servicios en Escribanía

17/07/2017

Transporte de menores de edad

Res. 43/2016 ( S. de Gestión de Transporte)

niños Menores
Los menores de edad necesitan autorización para viajar dentro del país. Conocé los requisitos para que tu hijo viaje solo o en compañía.

Transporte de pasajeros

¿A qué transporte se aplica esta norma?

Al transporte automotor de pasajeros de mediana y larga distancia en todo el país.

¿Qué deben controlar las empresas de transporte?

Las empresas de transporte deben controlar la identidad, la edad del menor y las autorizaciones que necesita para viajar.

Menores de 6 años

¿Cómo puede viajar un niño o niña menor de 6 años en transporte de mediana y larga distancia en el país?

Puede viajar con su mamá o papá. Para demostrar que el niño o niña viaja con sus padres, tienen que llevar los documentos que demuestran el vínculo familiar (DNI, partida de nacimiento, libreta de nacimiento, pasaporte).

Si no viaja con sus padres, puede viajar con un acompañante con autorización.

Niño o niña entre 6 años y 12 años

¿Cómo puede viajar un niño o niña de entre 6 y 12 años en transporte de mediana y larga distancia en el país?

Puede viajar con su mamá o su papá. Para demostrar que el niño o niña viaja con sus padres tienen que llevar los documentos que demuestren el vínculo familiar (DNI, partida de nacimiento, libreta de nacimiento, pasaporte).

Si no viaja con sus padres, puede viajar con un acompañante con autorización.

Si viaja solo debe usar el Servicio de Menor no Acompañado que da la empresa de transporte.


Adolescentes de 13 a 17 años

¿Cómo puede viajar un adolescente de 13 a 17 años en transporte de mediana y larga distancia en el país?

Puede viajar con su mamá o su papá. Para demostrar que el menor viaja con sus padres tienen que llevar los documentos que demuestren el vínculo familiar (DNI, partida de nacimiento, libreta de nacimiento, pasaporte).

Si no viaja con sus padres, puede viajar con un acompañante con autorización.

Si viaja solo puede usar el Servicio de Menor no Acompañado que da la empresa de transporte.

Puede viajar solo con una autorización de sus padres.


Servicio del menor no acompañado

¿Qué es el Servicio del Menor no Acompañado?

Las empresas de transporte ofrecen el servicio de una persona a bordo que se hace cargo del menor desde que sube al transporte hasta su entrega a la persona que va a recibirlo en el lugar de destino.

Los padres deben designar un adulto que:

Acompañe al menor de edad hasta que sube al transporte.

Reciba al menor de edad en el lugar de destino.


¿Todos los menores pueden usar el Servicio del Menor no Acompañado?

No. Sólo lo pueden usar los niños y niñas mayores de 6 años que pueden:

Alimentarse.

Cubrir sus necesidades básicas de higiene.

Movilizarse en caso de evacuación.

Responder a las instrucciones de seguridad

¿Qué pasa si nadie espera al menor en el lugar de destino?

La empresa de transporte debe pedir el auxilio de la fuerza pública para asegurar la custodia del menor.

¿Cuál es la tarifa del Servicio del Menor no Acompañado?

Tiene una tarifa que debe pagarse aparte del boleto de viaje del menor de edad.
La tarifa debe ser publicada con la tarifa de los boletos.

Autorizaciones

¿Los menores emancipados necesitan autorización para viajar?

No. No necesitan autorización.

¿Quién puede autorizar a un menor de edad a viajar solo o con un acompañante?

Debe autorizarlo por lo menos uno de los padres. El vínculo entre los padres y el niño o niña se puede demostrar, por ejemplo, con el DNI, partida de nacimiento, libreta de matrimonio que tenga anotado el nacimiento del menor o pasaporte.

¿Quién puede hacer la autorización para que los niños y adolescentes puedan viajar solos o con acompañante?

La autorización la puede hacer:

Un escribano.

El juez competente.

La autoridad del Registro de Civil o la Justicia de Paz.

Feliz 2016! A clientes y amigos!
30/12/2015

Feliz 2016! A clientes y amigos!

Feliz nochebuena y hermosa Navidad! A clientes y amigos!
24/12/2015

Feliz nochebuena y hermosa Navidad! A clientes y amigos!

LA PROTECCIÓN A LA VIVIENDA FAMILIAR. CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL.La protección de la vivienda constituye uno de los derech...
29/11/2015

LA PROTECCIÓN A LA VIVIENDA FAMILIAR. CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL.
La protección de la vivienda constituye uno de los derechos humanos fundamentales.Por ello la protección de la vivienda, reconoce a toda persona el derecho de afectar su vivienda al régimen de exclusión de la agresión de los acreedores, equilibrando los intereses propios del tráfico jurídico con la necesidad de asegurar un espacio existencial. En forma específica se protege aquella vivienda que conforma el espacio habitacional de la familia. Saca de la garantía de los acreedores a la vivienda familiar, excluyéndola de cualquier intento de embargo de la misma, a través de la ejecución de alguna garantía.
Es el llamado antes de la reforma del código civil y comercial, "bien de familia". Continúa su aplicación y es el escribano público el encargado de asesorar cuales son los requisitos para acceder al beneficio de la protección de la vivienda familiar.

Derecho de Autoprotección y el Escribano Público ¿Qué es y en qué consiste? Todos alguna vez, hemos pensado cómo dispone...
26/11/2015

Derecho de Autoprotección y el Escribano Público

¿Qué es y en qué consiste?
Todos alguna vez, hemos pensado cómo disponer sobre el cuidado de nuestras vidas y nuestro patrimonio en caso de sufrir una incapacidad psicofísica, que nos impida decidir por nosotros mismos.
Derecho de autoproteccion
Es el derecho que tiene todo ser humano a decidir y a disponer sobre su vida, su persona y sus bienes para el futuro, ante una eventual pérdida de sus aptitudes de autogobierno.
¿Qué son los actos de autoprotección o directivas anticipadas?
Son actos voluntarios, expresados en forma inequívoca, que contienen previsiones y directivas relacionadas con todos los aspectos de la vida, tales como atención médica, y la disposición y administración de los bienes, para que sean ejecutados en el caso de que esa persona se encuentre imposibilitada de decidir por sí misma.
La denominada autoprotección de las personas representa una necesidad social de creciente significación. Incluye un conjunto de actos voluntarios de carácter preventivo, decididos libremente por las personas ante una futura ineptitud psicofísica.
Contenido de los actos de autoprotección
Entre otros:• Disposiciones para la vida cotidiana (por ejemplo cuidados personales, compañías y/o apoyo, lugar de residencia, etcétera).• Elección y rechazo de la persona que desea como eventual administrador, curador o cuidador. • Directivas patrimoniales sobre la administración y disposición de sus bienes.• Directivas anticipadas de salud: designación de la persona que decida sobre cuestiones de salud, aceptación o rechazo de tratamientos médicos, lugar y condiciones de internación (Ley 26.529).En otras palabras: se trata del derecho que tiene cada uno al más íntimo ejercicio de la libertad, en cuanto a disponer cómo vivir la propia vida.
El valor de la escritura pública:La escritura pública es el instrumento idóneo para asentar de manera fehaciente la voluntad de las personas.
El registro de actos de autoprotección
Funciona en el ámbito del Colegio de Escribanos de la Provincia y ofrece publicidad con garantía de privacidad y reserva.Con la inscripción usted se asegura que sus decisiones queden asentadas en un registro único, que permite conocer con rapidez y certeza, cuándo y ante quién las expresó.Ello permite que se haga valer su voluntad ante la eventual intervención de terceras personas que decidan modificarla.Este registro es reservado, y sólo podrá ser consultado por el otorgante, el juez competente o, eventualmente, las personas autorizadas por el otorgante para solicitarlo.
EL ESCRIBANO se encuentra capacitado y puede asesorarlo acerca de esta nueva incumbencia social.

AUTORIZACIÓN DE VIAJE DE MENORES. Trámites ante escribanosLos escribanos públicos pueden emitir autorizaciones de viajes...
11/11/2015

AUTORIZACIÓN DE VIAJE DE MENORES. Trámites ante escribanos

Los escribanos públicos pueden emitir autorizaciones de viajes para que los menores de edad puedan salir del país. Estas, según la conveniencia de viaje, pueden ser amplias o restringidas.

- Las autorizaciones amplias pueden indicar –si los autorizantes así lo disponen- que el permiso para viajar es a cualquier país del mundo, y sin límite de tiempo; no es necesario designar la persona que eventualmente los acompañará, ni la que los va a recibir, ni consignar destinos en forma expresa. Sin embargo, cuando la autorización establezca que el menor viaja acompañado de terceros mayores de edad que no sean sus padres, deberán constar los datos de los terceros en el instrumento de autorización.

- En el supuesto de autorizaciones restringidas, la autoridad de control deberá verificar la vigencia de la autorización al tiempo del viaje y que se encuentren cumplidos los requisitos establecidos en la autorización.

- Las autorizaciones de viaje otorgadas antes de la entrada en vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial "siguen teniendo plena vigencia y validez".

Además, la Dirección Nacional de Migraciones ha dispuesto que para el caso de autorizaciones de viaje a favor de menores adolescentes, no se requerirá que conste en la autorización de viaje ninguna conformidad del menor adolescente, ya que ese organismo entiende que la conformidad del menor no debe ser expresada en la escritura sino en oportunidad de presentarse ante la autoridad migratoria para salir del país.

04/11/2015

PAGINA DESTINADA A BRINDAR ASESORAMIENTO NOTARIAL. EVACUAR CONSULTAS Y DUDAS SOBRE TEMAS DE ESCRIBANÍA Y DERECHO.

PAGINA DESTINADA A OFRECER INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO EN EL ÁMBITO DEL DERECHO NOTARIAL. CONSULTAS.

Dirección

Avenida SARMIENTO 440 PLANTA BAJA 1
Resistencia
3500

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 12:30
16:00 - 20:30
Martes 09:00 - 12:30
16:00 - 20:30
Miércoles 09:00 - 12:30
16:00 - 20:30
Jueves 09:00 - 12:30
16:00 - 20:30
Viernes 09:00 - 12:30
16:00 - 20:30
Sábado 09:00 - 12:00

Teléfono

+543624437818

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Escribania Resistencia publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Compartir

Categoría