Estudio Jurídico M G

Estudio Jurídico  M G SERVICIO DE ASESORAMIENTO JURÍDICO: CIVIL, DAÑOS Y PERJUICIOS, COMERCIAL: EJECUTIVOS, CONTRATOS, LABORAL, DESPIDOS, FAMILIA: DIVORCIOS, ALIMENTOS.-

01/09/2023
15/05/2022

Belluscio Claudio A.

Alimentos - Deudor alimentario - Arresto

Reclamado el cumplimiento de la cuota alimentaria dispuesta a favor de la hija menor de edad de las partes, y ante la falta de trabajo en relación de dependencia registrada o la existencia de bienes de titularidad del alimentante que pudieran ser objeto de ejecución forzada, se dispone el arresto del demandado todos los días sábados desde las 13:00 hs. hasta las 06:00 hs. del día lunes siguiente, a llevarse a cabo en la Comisaría correspondiente a su domicilio, medida que se renovará todos los fines de semana, hasta tanto se cancele la deuda generada. Tal medida se adopta luego de que el deudor fuera intimado al cumplimiento de la cuota alimentaria bajo apercibimientos de arresto, después de no haber comparecido a contestar demanda y a las audiencias fijadas por el juzgado, y dado que una vez dictada la sentencia de alimentos provisorios tampoco ha cumplido con esta, sin dar explicación alguna de su incumplimiento, y dejando a su hija en la mayor indefensión. Asimismo, se lo intimó bajo apercibimientos de registrar su incumplimiento ante el Registro de Deudores Morosos y dar comunicación a la Justicia Penal ante el eventual delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, como así también se lo ha intimado bajo apercibimientos de encuadrar su conducta como "violencia económica" (Ley de Violencia Familiar 989-E, Provincia de San Juan), todo ello con resultado infructuoso, por lo que se debe disponer otro tipo de medida coercitiva, como el arresto, que resulte idónea para compelerlo al pago.

V. C., V. vs. T. P., C. D. s. Régimen de parentalidad /// Tercer Juzg. Fam., San Juan; 14/11/2019; Rubinzal Online; 57714; RC J 13119/19

26/02/2022

Deberá reintegrarle el dinero cobrado por compras que no efectuó e indemnizarla por daño moral y daño punitivo ante el estrés que le provocó el destrato dispensado por la entidad.

Para que un matrimonio se divorcie solo es necesario la decisión, puede ser solicitado en forma conjunta (ambos) o unil...
31/05/2021

Para que un matrimonio se divorcie solo es necesario la decisión, puede ser solicitado en forma conjunta (ambos) o unilateralmente. No se requieren plazos mínimos, ni dar explicaciones, ni la conformidad del otro. Solo presentarse ante el Juez mediante el patrocinio de un abogado/a. Si tienen hijos o bienes realizar una propuesta, un convenio regulador sobre cómo se organizarán esas cuestiones. Ej. Atribución de la vivienda familiar, distribución de bienes, ejercicio de la responsabilidad parental ( alimentos, cuidado personal) entre otros.
Lo qué pasó en la intimidad del matrimonio quedará allí, nadie interrogará a las partes ni deberá probarse nada.

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31/05/2021

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05/05/2021

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Feliz día a todos los trabajadores, que pasen un hermoso día!!
01/05/2021

Feliz día a todos los trabajadores, que pasen un hermoso día!!

26/03/2021

Por Carlos Enrique Leonelli (*)

Si han transcurridos varios meses sin que él organismo (Insssep) te haya otorgado el beneficio solicitado podes iniciar...
16/03/2021

Si han transcurridos varios meses sin que él organismo (Insssep) te haya otorgado el beneficio solicitado podes iniciar un Recurso de Amparo!!

Que es un recurso de amparo? es una garantía constitucional y cualquier persona la puede interponer , es una acción expedita (libre) y rápida contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere, amenace derechos y garantías por nuestra Constitución Nacional.
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