24/04/2015
DERECHO DE USUARIOS Y CONSUMIDORES:
Como primera medida corresponde aclarar ¿En qué consiste el derecho de defensa del consumidor?
El derecho de consumo es una rama del derecho que tiene como objeto la protección del consumidor en la relación de consumo, considerándolo la parte más débil y por lo tanto merecedora de más resguardo por parte de la ley.
Y en segundo lugar ¿A quién se considera consumidor?
La ley considera consumidor a toda persona física o jurídica que adquiriere o utiliza bienes y servicios para su destino final, ya sea que los obtenga de manera gratuita u onerosa. Estos bienes o servicios pueden brindarle al consumidor un beneficio directo a él o a su grupo familiar, o social.
Es decir, que TODOS SOMOS USUARIOS Y CONSUMIDORES, ya que en nuestra vida diaria constantemente adquirimos bienes y/o servicios ya sea para nuestro beneficio directo y/o para nuestras familias. Los bienes y servicios pueden ser desde la más básico que necesitamos para vivir como la luz, el agua o el gas, pasando por la ropa, electrodomésticos, automotores, etc.
Es necesario que usted sepa por ejemplo: ¿Cuál es el plazo de garantía que me deben brindar al adquirir un bien durable (electrodoméstico, muebles, ropa)?
El plazo de garantía que debe ofrecer el proveedor se bien prolongado por la reforma de la ley 24.240 y paso de una plazo de tres meses de garantía a un plazo de seis meses. El plazo comienza a correr a partir de que el consumidor accede al bien, y esta garantía comprende la reparación de cualquier defecto que sufra el bien. Deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos. En uno u otro caso, de requerirse reparaciones, el transporte al taller o fábrica debe ser realizado por el responsable de la garantía estando a su cargo los gastos de flete y seguro del producto y el tiempo que dure la reparación deberá agregarse a la duración de la garantía original.
También debemos saber: ¿Cómo procedo si tengo algún inconveniente con un bien o servicio adquirido?
En principio para comenzar con un reclamo por un bien o servicio adquirido, debemos dirigirlo en un primer momento contra el vendedor, o proveedor explicando de forma clara lo ocurrido con el bien o producto adquirido, cual ha sido el desperfecto, siempre presentando la factura de compra que es la prueba de esa adquisición. Luego de ello se le puede otorgar un plazo de buena fe al comerciante para que evalué la situación, por ejemplo puede ofrecer él mismo reemplazar el bien y con ello el conflicto quedaría solucionado. Si trascurrido el plazo el comerciante no da una respuesta satisfactoria al reclamo del consumidor, el paso siguiente seria reclamar a través de un medio escrito por ejemplo enviándole una carta documento por medio de un abogado él cuál sabrá bien los términos a utilizar para que sea una verdadera interpelación al comerciante. Si luego de ello no se obtienen respuestas se puede recurrir a iniciar acciones administrativas o judiciales, la ley no impone la realización de una primero para poder proseguir con la otra.
En último lugar y no menos importante: Recomendamos al consumidor, siempre guardar los comprobantes de compras ya que son la prueba de la adquisición de los bienes que luego podemos tener inconvenientes al momento de su utilización. Con respecto al reclamo frente al comerciante, siempre es mejor realizarlo por escrito y con copia para el consumidor al momento de la entrega, en lo posible pedir una firma o sello de que el mismo ha sido recibid o, esto para que al momento de proseguir al momento del reclamo se tenga prueba de los pasos preexistente.
CUALQUIER DUDA O PROBLEMA NO DUDE EN CONSULTAR A RW ABOGADOS SIN CARGO Y SIN COMPROMISO