27/05/2026
➡️ ¿Se rompió algo en tu departamento y el propietario o inmobiliaria no quieren hacerse cargo? tenes que saber esto.
Durante el transcurso de un contrato de alquiler puede que se produzcan daños en el inmueble donde vivís.
No todo lo que se rompa le corresponde pagar al inquilino. En principio hay que ver que dice el contrato, pero en general si son daños por desgaste, problemas estructurales, vicios o defectos de construcción le corresponden al propietario. Ejemplos de estos son filtraciones, humedad, problemas eléctricos o en artefactos de gas, entre otros.
Por otro lado, al inquilino le corresponde pagar las mejoras de mero mantenimiento. Por ejemplo reemplazar una lámpara, arreglar un picaporte, algún trabajo mínimo de pintura, entre otros. También le corresponde al inquilino reparar los daños que él mismo cauce por mal uso.
Si tu propietario o inmobiliaria te reclaman el pago de algo que se rompió y tenes dudas sobre si te corresponde pagarlo o no, escribime que te puedo asesorar. Siempre informate y conoce tus derechos.
‼️ Si necesitas ayuda legal, escribinos y seguinos para mantenerte informado.
🏢 Estudio Jurídico Sanchez y Lanzelotta
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Abogado en Río Cuarto - Estudio Jurídico, asesoramiento jurídico integral.
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Todo el contenido publicado es meramente informativo y educativo. Nada de lo expresado constituye asesoramiento legal. Visualizar el contenido no implica una relación abogado-cliente. Si tenes un problema legal, siempre asesorate con un abogado matriculado, respetando los aranceles del Código Arancelario y la normativa vigente.