Abogado Agustín Sanchez

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Abogado en Río Cuarto - Estudio jurídico. Agustín Nicolas Sanchez (M.P 2-1806 - M.F. T° 509 F° 846)

22/08/2026

➡️¿Tenés un hijo con TEA y la obra social te niega la cobertura de sus terapias? Si estás agotada de pelear sola y juntar papeles para reclamar sin lograrlo… este video es para vos.

Muchas familias sufren el desgaste de que les nieguen la psicóloga, la maestra
integradora o el acompañante terapéutico.

La obra social juega con tu cansancio
para no pagar lo que legalmente te corresponde.

La ley no es opcional: las obras sociales y prepagas tienen la obligación de cubrir el 100% de los tratamientos y terapias si tu hijo tiene certificado único de discapacidad.

Cuando no cumplen, la única forma efectiva de frenar el abuso es con un Amparo de Salud.

Con una medida cautelar, un juez obliga a la obra social a garantizar rápidamente cada una de las prestaciones que tu hijo necesita.

Si tu hijo tiene CUD, no sigas perdiendo tiempo.

Guardá este video y escribinos al estudio para destrabar la cobertura que le corresponde.

Seguinos para mantenerte asesorado.
‼️ Si necesitas ayuda legal, escribinos y seguinos para mantenerte informado.

🏢 Estudio Jurídico Sanchez y Lanzelotta
📲 3585134637
💻 www.abogados-sanchezlanzelotta.com.ar
Abogado en Río Cuarto - Estudio Jurídico, asesoramiento jurídico integral.
IMPORTANTE:
Todo el contenido publicado es meramente informativo y educativo. Nada de lo expresado constituye asesoramiento legal. Visualizar el contenido no implica una relación abogado-cliente. Si tenes un problema legal, siempre asesorate con un abogado matriculado, respetando los aranceles del Código Arancelario y la normativa vigente.

21/08/2026
15/08/2026

➡️¿Te llegó un WhatsApp diciendo que si no pagas una deuda te van a embargar tu sueldo? No entres en pánico. Puede que esto no sea legal y se están aprovechandode tu miedo.

Los estudios de cobranza usan estas estrategias para asustarte. Te mandan
mensajes con palabras cómo “embargo de sueldo” o “secuestro de bienes” para que salgas corriendo a pagar lo que sea, incluso deudas viejas, ni siquiera te corresponden.

En Argentina NADIE te embarga por WhatsApp. Para que exista un embargo real, si o si tiene que haber un juicio iniciado y la orden firmada por un JUEZ.

Si realmente te embargan te vas a enterar por un medio formal.
Si tenes una deuda legal y que te corresponde, habla con la entidad a quien debes para gestionar un plan de pago y regularizar tu situación.

Pero si te reclaman la deuda de un amigo o familiar, o una deuda que no
corresponde, un WhatsApp no vale como medio para reclamar.

Si recibis mensajes de este tipo, habla con tu abogado de confianza.

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08/08/2026

➡️ ¿Te quisiste afiliar a una prepaga y te dijeron que no te toman por tu edad o porque tenés una enfermedad previa? Esto es completamente ilegal. Pasa todos los días. Personas que intentan afiliarse y los rechazan con fundamentos ilegitimos.

Te piden planillas interminables, historias clínicas y formularios y al final te rechazan. O peor: te dicen que sí, pero te quieren cobrar una cuota excesivamente cara. Esto es un filtro ilegal de las empresas para quedarse solamente con los jóvenes que no gastan.

La ley es clarísima y no se negocia. Ninguna prepaga puede rechazar tu afiliación por tu edad ni por tener una patología preexistente. Tampoco pueden inventar valores impagables para evitar afiliados.

Si te hacen esto, mediante un Amparo de Salud, un juez los obliga a afiliarte y a brindarte la cobertura que necesitás. No te quedes con el “no” del vendedor de la prepaga.

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31/07/2026

➡️ Si tu obra social te niega la cobertura de un geriatrico, tenes que saber esto. Hay muchas excusas que pueden decir las obras sociales y prepagas para negar la cobertura de internación en un hogar geriatrico.

Que no hay lugar, que no esta en la cartilla, que no cubren esa prestación y demás. PAMI y demás obras sociales estan obligados a cubrir el geriatrico y la internación domiciliaria. Esta cobertura debe ser total e integral.

la internacion se suele dar para casos de pacientes con enfermedades discapacitantes, dependencia total para realizar actividades normales y falta de recursos para pagar una atención domiciliaria.

Con un amparo de salud, presentando la documentación que corresponda, podes lograr que se cubra la hogarización al 100%.
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24/07/2026

➡️ Estos son los 3 casos en los que el CUD se debe otorgar sin vencimiento.
Uno. Si vos o un familiar ya renovaron el CUD dos veces y el diagnóstico se mantuvo estable, el tercer certificado corresponde que sea sin vencimiento.

Dos. Si tenes más de 60 años y tu condición se mantuvo estable durante al menos cinco años, también debe corresponder un CUD permanente.

Y tres. Si necesitas un equipamiento o dispositivo de uso permanente para sostener funciones vitales, el certificado tampoco debería tener fecha de vencimiento.

Esto es importante porque cada renovación implica volver a hacer trámites y, muchas veces, las obras sociales aprovechan el vencimiento del CUD para demorar o negar prestaciones médicas.

Si creés que tu certificado debería ser permanente y no sabés cómo proceder, asesorate.
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