20/01/2022
¿Que sucedió con las medidas de prohibición de despido y doble indemnización?
Ante el vencimiento de las medidas de prohibición de despido y doble indemnización dictadas en el marco de la emergencia pública en materia ocupacional, el gobierno ha manifestado su voluntad de no prorrogarlas. Lo cierto es que, mediante el DNU 886/2021, se adopta una reducción gradual del incremento indemnizatorio. Concretamente el Art 2 del DNU 886/2021 establece que:
“En el caso de despido sin causa durante la vigencia del presente decreto, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir, además de la indemnización correspondiente de conformidad con la legislación aplicable, un incremento equivalente al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75 %) del monto de la misma, desde el 1º de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022; del CINCUENTA POR CIENTO (50 %) a partir del 1º de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022 y del VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) desde el 1º de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022.”
De este modo, a partir del 30 de Junio del año 2022 serían aplicables únicamente el esquema indemnizatorio que estaba vigente previo a la emergencia ocupacional (una sola indemnización, sin incrementos).