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LA JUSTICIA LE PROHIBE JUGAR AL PADEL HASTA QUE PAGUE LA CUOTA ALIMENTARIA DE SU HIJOUna jueza de familia dictó una medi...
19/03/2026

LA JUSTICIA LE PROHIBE JUGAR AL PADEL HASTA QUE PAGUE LA CUOTA ALIMENTARIA DE SU HIJO

Una jueza de familia dictó una medida cautelar inédita que le prohíbe a un padre jugar al pádel y asistir a complejos deportivos hasta tanto no abone la cuota alimentaria que adeuda por sus cinco hijos.

La medida busca asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaria, entendiendo que el padre priorizaba sus gastos de ocio sobre la manutención se sus hijos.

Esta decisión se suma a otros fallos "ejemplares" recientes en el país, donde se bloquearon cuentas, el teléfono y se prohibió participar en competencias automovilísticas a otro deudor.

Este tipo de restricciones buscan utilizar "astreintes" (sanciones económicas o limitaciones) para forzar el cumplimiento de los derechos de los menores.

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El auto nuevo presentó múltiples fallas y, a solo una semana de la entrega, debió ser llevado a reparación. El fallo con...
10/03/2026

El auto nuevo presentó múltiples fallas y, a solo una semana de la entrega, debió ser llevado a reparación. El fallo condenó a la fabricante y a las concesionarias no solo por los desperfectos técnicos, sino también por el trato indigno y la falta de información durante el reclamo de la garantía

La Justicia ordenó indemnizar a una consumidora con más de 32 millones de pesos por la compra de un auto nuevo con fallas.

En su demanda, la afectada reclamó daños y perjuicios por incumplimiento contractual, argumentando que el rodado no solo tenía desperfectos desde el inicio, sino que además el proceso de reparación se prolongó de forma injustificada. Expuso que el auto debió ingresar a un taller oficial a pocos días de ser entregado y permaneció fuera de circulación por más de dos meses.

El fallo judicial reconoció que la mujer estuvo setenta y cuatro días sin su vehículo, afectando su vida personal y laboral y generando gastos extras.

El expediente detalla que la propietaria realizó gestiones ante el concesionario vendedor y el taller de posventa, pero las respuestas fueron ambiguas y carecieron de información precisa.

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26/02/2026

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09/08/2025

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14/04/2025
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31/03/2025

Soy Karina Bernal, abogada con más de 20 años de experiencia en derecho de familia, laboral, civil, accidentes de tránsito y ART. Junto a mi socio, Andrés Cáceres, trabajamos en equipo para ofrecer un servicio legal completo y personalizado.

A lo largo de mi trayectoria, he acompañado a muchas personas en la resolución de sus conflictos legales. Mi compromiso es brindar asesoramiento con claridad y eficacia, asegurando que cada cliente se sienta respaldado en su proceso.

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25/03/2025

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10/03/2025

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Aunque la tenencia de los hijos sea compartida igual paga cuota alimentaria para mantener el mismo nivel de vida de los ...
10/03/2025

Aunque la tenencia de los hijos sea compartida igual paga cuota alimentaria para mantener el mismo nivel de vida de los hijos.

La justicia confirmó la cuota alimentaria basada en la canasta de crianza para una niña, pese a que la misma vivía la mitad del mes con el progenitor, ya que se fundó en la necesidad de mantener la misma calidad de vida en ambos domicilios.

La Justicia confirmó la sentencia de primera instancia en la cual la jueza hizo lugar a una demanda de alimentos, fijando una cuota equivalente a lo que fija la canasta de crianza para una niña de 8 años de edad. A su vez, ordenó calcular las diferencias entre lo abonado por alimentos provisorios y lo que correspondería abonar por alimentos definitivos con aplicación retroactiva a la demanda, aplicando tasa pasiva para su cálculo y en caso de mora, la tasa del art. 552 CCCN.
“En casos de cuidado compartido, el art. 666 CCCN dispone que, si los recursos de los progenitores son desiguales, aquel con mayores ingresos deberá pagar una cuota alimentaria para garantizar que el hijo mantenga un nivel de vida equivalente en ambos hogares, independientemente de con quién conviva”.

La cuota se fijó tomando en cuenta “el desequilibrio patrimonial entre las partes”, siendo la situación económica del progenitor mucho más ventajosa que la de la progenitora que no tenía trabajo.

De esta manera, se buscaba “proteger el interés superior del niño, asegurando sus derechos y evitando desequilibrios económicos que puedan afectar el vínculo familiar”.

El hombre era monotributista categoría K, participaba de una SRL, tenía una motocicleta, un automóvil y una camioneta, entre otros bienes que demostraban su capacidad económica en el caso, mientras que la progenitora no tenía vehículos, ni inmuebles, ni empleo en relación de dependencia, ni estaba capacitada en alguna profesión que le permita un desarrollo económico independiente.

De esta manera la cuota fijada no aparecía como excesiva, al tomarse como valor de referencia la canasta de crianza.

Tenes dudas sobre alguna situación que pueda estar vulnerando tus derechos o el de tus hijos, comunicate via whatsapp al 3764 687497

$5 millones por tropezón yendo al trabajoUna ART deberá pagarle más de cinco millones de pesos a una mujer que tropezó c...
28/06/2024

$5 millones por tropezón yendo al trabajo

Una ART deberá pagarle más de cinco millones de pesos a una mujer que tropezó con una obra pública de camino al trabajo y le generó una incapacidad permanente.

Los miembros del Tribunal ponderaron la pericia médica que analizó especialmente sus rodillas y meniscos, y arrojó que la incapacidad era el triple de lo indicado anteriormente.

La ART le otorgó un índice de incapacidad del 5 por ciento en una de las piernas. La trabajadora manifestó su desacuerdo, teniendo en cuenta que refirió que también tiene secuelas en el otro miembro inferior. Un tiempo después, en el mismo expediente en el Fuero Laboral, la trabajadora indicó que fue intervenida quirúrgicamente de la otra pierna.

Los miembros del Tribunal ponderaron la pericia médica que analizó especialmente sus rodillas y meniscos, y arrojó que la incapacidad era el triple de lo indicado anteriormente.

“Finalmente, ya en las “conclusiones” de su informe, la experta expresa que la señora GH padeció un traumatismo de ambas rodillas y muslo izquierdo por caída desde su propia altura mientras se dirigía a su trabajo, que requirió cirugía artroscópica bilateral y cirugía de la colección hemática, en razón de lo cual propone la siguiente valoración de la incapacidad de acuerdo con la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales”, sostuvo el fallo.

Teniendo en cuenta lo expuesto, los camaristas condenaron a la ART a abonarle la suma de $ 5.361.846,29 en concepto de capital e intereses.

*** Ante la duda no dejes de consultar sobre tus Derechos, hay plazos que se vencen y se pierde la oportunidad del justo reclamo.

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