Estudio Jurídico Gabioud

Estudio Jurídico Gabioud Staff
Dr. Darío Gabioud
Dr. Pablo Gabioud
Dr. Sebastian Rezett
Dr. Diego Beber

Asesoramiento en materia Laboral,Civil,Familia,Administrativo,Jubilaciones

BRINDAMOS ASESORAMIENTO JURÍDICO EN LAS SIGUIENTES ÁREAS DEL DERECHO:

1) LABORAL:
- Trabajo en negro y registración deficiente
- Despidos
- Indemnizaciones
- Accidentes de trabajo y enfermedades inculpables
- Discriminación laboral
- Moobing
- Suspensiones
- Licencias
- Vacaciones

2) DERECHO CIVIL:
- Familia: (Divorcios, Separaciones, Alimentos, Tenencia, Régimen de Visitas, Disolución de socied

ad conyugal, etc.)
- Planificación familiar: Transmisión de bienes y derechos por actos entre vivos o mortis causa
- Sucesiones
- Daños y Perjuicios: accidentes de tránsito, incumplimiento de obligaciones, mala praxis, etc.
- Desalojo, desalojo anticipado
- Redacción contratos y carta documentos
- Medidas Cautelares

3) ADMINISTRATIVO:
- Juicios y Reclamos Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad, en actividad y retirados (Juicios por Suplementos, etc.)
- Actuamos tanto en la etapa administrativa (interposición de reclamos, recursos, solicitud de prescripción, solicitud de reintegros, etc.) como en la etapa judicial en los fueros contencioso administrativos de la Ciudad de Paraná y la Nación.
- La actuación en el ámbito de todo tipo de procedimientos administrativos y ante todo tipo de reparticiones públicas cualquiera sea su competencia.
- Representación en procedimientos y recursos administrativos incluyendo los originados en la aplicación de regímenes especiales. Entre otros...

4) JUBILACIONES:
- Jubilación sin aportes
- Jubilación Ordinaria Prestación Básica Universal
- Prestación Compensatoria
- Prestación Adicional por Permanencia
- Jubilación Postergada
- Jubilación Anticipada
- Pensión por fallecimiento
- Prestación por Edad Avanzada
- Retiro por Invalidez
- Reconocimiento de Servicios
- Amas de casa

5) ASESORAMIENTO NOTARIAL

Desde  deseamos a nuestros clientes y amigos que pasen un muy Feliz Año Nuevo!!!
31/12/2025

Desde deseamos a nuestros clientes y amigos que pasen un muy Feliz Año Nuevo!!!

Desde  deseamos a nuestros amigos y clientes unas Felices Fiestas!!! 🎅🏽🎄   abogado
24/12/2025

Desde deseamos a nuestros amigos y clientes unas Felices Fiestas!!! 🎅🏽🎄



abogado

🏛⚖️En fecha 06/10/2025 en los autos “L. D. J. S/ B. N. R. G. S/ COBRO DE PESOS Y ENTREGA DE CERTIFICACION LABORAL”, Expt...
15/11/2025

🏛⚖️En fecha 06/10/2025 en los autos “L. D. J. S/ B. N. R. G. S/ COBRO DE PESOS Y ENTREGA DE CERTIFICACION LABORAL”, Expte. Nº 5981, el Juzgado del Trabajo Nº 1 de la Ciudad de Paraná resolvió ✅HACER LUGAR✅ a la demanda promovida por nuestro cliente, un trabajador que desempeñó sus tareas laborales para una Empresa dedicada al control de plagas, y que al momento del despido se encontraba gozando de Licencia por Enfermedad, condenándosela a abonar indemnización por antigüedad incluido SAC, indemnización sustitutiva de preaviso con  SAC, integrativo mes de despido con SAC,  proporcional mes de despido, vacaciones proporcionales no gozadas 2023 con SAC, SAC prop. 2º semestre 2023, haberes septiembre 2023, haberes reclamados desde el 01/11/23 al 26/02/24 (art. 213 LCT), seguro La Estrella, art. 80 LCT, art. 132 bis LCT y art. 2 ley 25.323.-

Para resolver en dicho sentido, S.S. consideró que el despido tiene carácter recepticio, por lo cual el mismo se perfeccionó al recibir la Carta Documento (02/10/2023), con lo cual, siendo que el actor alegó haber notificado en fecha 29/09/2023 vía WhatsApp y por e-mail certificado médico negado por la demandada, y reconocido por el galeno, quedó acreditado que en el momento del despido, el actor se encontraba en la situación prevista en el art. 213 de la LCT, es decir, que operó durante el plazo de licencia paga por enfermedades inculpables.-

Somos 🔷Especialistas en Derecho Laboral🔷, siempre resguardando los intereses de nuestros clientes, con más de 17 años de experiencia en el rubro.-

Los Turnos 📆 deberán solicitarse mediante Whatsapp al 📱 3434650520, ingresando a 💻 bit.ly/EstudioWhatsapp o por mensaje directo 📤 al Instagram o Facebook.

No dudes ✅ en hacer tu consulta.

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Urquiza 1280 Dpto. 16 ( Esq. calle Córdoba)
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🏛⚖️En fecha 04/08/2025 en los autos “O. A. D. C/ D. C. SRL y C. S. B. S/ COBRO DE PESOS Y ENTREGA DE CERTIFICACION LABOR...
29/09/2025

🏛⚖️En fecha 04/08/2025 en los autos “O. A. D. C/ D. C. SRL y C. S. B. S/ COBRO DE PESOS Y ENTREGA DE CERTIFICACION LABORAL”, Expte. Nº 5555, el Juzgado del Trabajo Nº 1 de la Ciudad de Paraná resolvió ✅HACER LUGAR✅ a la demanda promovida por nuestro cliente, un trabajador que desempeñó sus tareas laborales registrado deficientemente (fecha de ingreso y categoria incorrecta, pagos parciales de haberes en negro) para una Distribuidora de la Ciudad de Paraná, condenándosela a abonar diferencias salariales, indemnización por antigüedad con SAC, indemnización sustitutiva de preaviso con SAC, integrativo mes de despido con SAC, proporcional mes de despido, vacaciones no gozadas 2021 con SAC, vacaciones proporcionales no gozadas 2022 con SAC, haberes febrero 2022, SAC proporcional 1° semestre 2022, Seguro La Estrella, art. 2 ley 25.323, art. 80 LCT, arts. 10° y 15° ley 24.013, doble indemnización y art. 132 bis de la LCT.-

Asimismo se ⭕️EXTENDIÓ⭕️ la condena a la socia gerente de la misma por los arts. 10° y 15° ley 24.013 y en los términos de la Ley de Sociedades Comerciales.-

Somos 🔷Especialistas en Derecho Laboral🔷, siempre resguardando los intereses de nuestros clientes, con más de 17 años de experiencia en el rubro.-

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Hoy celebramos a quienes eligen la justicia como camino y la defensa de los derechos como vocación. ¡Feliz Día del Aboga...
29/08/2025

Hoy celebramos a quienes eligen la justicia como camino y la defensa de los derechos como vocación. ¡Feliz Día del Abogado! ⚖️

🔴Ofrecemos asesoramiento y patrocinio letrado a trabajadores que han sufrido accidentes de trabajo o enfermedades profes...
26/08/2025

🔴Ofrecemos asesoramiento y patrocinio letrado a trabajadores que han sufrido accidentes de trabajo o enfermedades profesionales en trámites ante Comisión Médica.
🔴Asesoramiento legal ante la denuncia del accidente, prestaciones médicas y dinerarias por parte de la ART, alta médica y rechazo del siniestro.
🔴Fijación de incapacidad laboral en Comisión Médica y control de la misma por médicos de parte.
🔴Reclamos judiciales por Incapacidad Laboral.

Somos Especialistas en ⚖️Derecho Laboral⚖️, siempre resguardando los intereses de nuestros clientes, con más de 17 años de experiencia.

Los Turnos 📆 deberán solicitarse mediante Whatsapp al 📱 3434650520, ingresando a 💻 estudiogabioud.negocio.site, bit.ly/EstudioWhatsapp o por mensaje directo 📤 al Instagram o Facebook.

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Estudio Jurídico Integral con más de 17 años de experiencia en la Ciudad de ParanáLos Turnos 📆 deberán solicitarse me...
19/08/2025

Estudio Jurídico Integral con más de 17 años de experiencia en la Ciudad de Paraná

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🏛⚖️En fecha 13/06/2025 en los autos “C. D. B. C/ C. D. S., R. L. N. M. y A. E. C. S/ COBRO DE PESOS Y ENTREGA DE CERTIFI...
15/08/2025

🏛⚖️En fecha 13/06/2025 en los autos “C. D. B. C/ C. D. S., R. L. N. M. y A. E. C. S/ COBRO DE PESOS Y ENTREGA DE CERTIFICACION LABORAL”, Expte. Nº 18940, el Juzgado del Trabajo Nº 2 de la Ciudad de Paraná resolvió ✅HACER LUGAR✅ a la demanda promovida por nuestra cliente, una trabajadora que desempeñó sus tareas laborales sin estar registrada para un Restaurante ubicado dentro de las instalaciones de un Club de nuestra Ciudad, condenándose a los empleadores (marido y mujer) a abonar Indemnización por antigüedad incl. SAC, Preaviso incl. SAC, Integrativo mes despido incl. SAC, Días trabajados en el mes de despido, Vacaciones no gozadas incl.. SAC, SAC proporcional, Diferencias salariales, Haberes adeudados, Arts. 8 y 15 Ley 24.013, Art. 2 Ley 25.323, Art. 80 LCT, condenándolos además a la entrega de la documentación laboral prevista por el art. 80, LCT.-

Asimismo se ⭕️EXTENDIÓ⭕️ la condena al Club de acuerdo a las previsiones del art. 30 LCT.-

Para resolver de esta manera se tuvo en consideración la prueba Pericial Informática mediante la cual se acreditó la autenticidad de las conversaciones de Whatsapp mantenidas entre la actora y los demandados, Prueba Informativa a compañias de telefonía celular, Acta de constantación Notarial de Facebook del Restaurante y del Club, testimoniales, Mandamiento de constatacion judicial. Asimismo, para extender la condena al Club, se tuvo en cuenta que los socios -conforme contrato- poseían beneficios para la utilización del comedor, a los que no accedían los demás clientes del local, por lo que el
co-accionado Club se encontraba involucrado de alguna manera con los servicios prestados por el restaurante.-

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🏛⚖️En fecha 07/05/2025 en los autos "B. M. C/ G. de S. F. SRL S/ COBRO DE PESOS Y ENTREGA DE CERTIFICACION LABORAL", Exp...
27/07/2025

🏛⚖️En fecha 07/05/2025 en los autos "B. M. C/ G. de S. F. SRL S/ COBRO DE PESOS Y ENTREGA DE CERTIFICACION LABORAL", Expte. Nº 17895, el Juzgado del Trabajo Nº 4 de la Ciudad de Paraná, resolvió ❌RECHAZAR❌ el reclamo de Jornada Laboral Completa promovida por un trabajador contra ▶️NUESTRO CLIENTE◀️, propietario de una
reconocida Fábrica Lactea, al entender que el empleador llevaba sus libros y documentación laboral en debida forma, habiéndose acreditado que para la
verificación de la jornada reducida se confeccionaban las correspondientes planillas diarias las que fueron completadas en su hora de ingreso y egreso por
el trabajador, suscribiendo las mismas, por lo que se ha cumplido con su obligación legal.-

Asimismo, el juez consideró que habiendo completado y suscripto dicha documentación, el actor negó que se tratara de su firma, no obstante surgir de la prueba que efectivamente pertenecía a su patrimonio escritural. Que surgiendo que efectivamente el contenido de los mismos le corresponde, entonces para acreditar la insinceridad de dichos registros el reclamante debió incorporar otra prueba que así lo demuestre, lo que tampoco se produjo en autos.-

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26/07/2025

Estudio Jurídico Integral con más de 17 años de experiencia en la Ciudad de Paraná

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Brindamos ⚖️ASESORAMIENTO LABORAL⚖️ a Empresas y Trabajadores, con más de 16 años de experiencia en el rubro:- Trabajo...
06/06/2025

Brindamos ⚖️ASESORAMIENTO LABORAL⚖️ a Empresas y Trabajadores, con más de 16 años de experiencia en el rubro:
- Trabajo en negro y registración deficiente
- Despidos
- Indemnizaciones
- Accidentes de trabajo y enfermedades inculpables
- Trámites ante Comisión Médica
- Discriminación laboral
- Mobbing, Acoso laboral
- Suspensiones
- Licencias
- Vacaciones
- Estrés Laboral
- Reinstalación Laboral

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🏛⚖️En fecha 07/03/2025, en los autos "B. C. A. C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO”, Expte. Nº 5411, el Juzga...
23/05/2025

🏛⚖️En fecha 07/03/2025, en los autos "B. C. A. C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO”, Expte. Nº 5411, el Juzgado del Trabajo Nº 1 de la Ciudad de Paraná resolvió ✅HACER LUGAR✅ a la demanda interpuesta por nuestro cliente, condenando a la ART demandada a abonar la Indemnización correspondiente por Incapacidad Laboral Permanente Parcial del 2,83% generada por el accidente de trabajo sufrido en fecha 17/03/2022.-

Además, se resolvió que el cálculo indemnizatorio deberá seguir los lineamientos decididos por la Sala Laboral del STJER con fuerza casatoria en autos "CRETTAZ, HUGO DIMAS c/IAPSER ART S.A. /Accidente de Trabajo, RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY". Expte. Nº 6158 -y conforme a la interpretación de los alcances de la norma contenida en el Dec. 669/19, así como lo resuelto en torno al art 3 de la Res. 1039/19 de la SSN, siendo que en el caso, la aplicación de las pautas allí legisladas, arrojan como resultado una reparación más favorable para el trabajador siniestrado.-

Es importante señalar que el presente fallo revoca el Dictamen de la ⚠️Comisión Médica Nº 8 ⚠️ de Paraná de fecha 15/02/2023 mediante el cual se había resuelto que nuestro cliente no presentaba secuelas generadoras de incapacidad.-

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