Estudio Jurídico Vitelli y Asociados

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ASESORAMIENTO JURÍDICO
Luis Maria Vitelli - [email protected]
3755-691903
Fernando Vitelli - [email protected]
3764-758181
Estudio Jurídico - 03755-425365
[email protected]

31/01/2016

Estudio Jurídico Vitelli & Asociados solicita la incorporación de Secretaria/o Administrativo.
Estudiante de Derecho o Abogado.
Disponer de movilidad (excluyente).
Enviar CV a: [email protected]

09/11/2015

ES LEY | Las víctimas de violencia de género recibirán asesoramiento jurídico gratuito. Esta semana se aprobó la creación de un cuerpo de abogados que dependerá del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

05/05/2015

Consultas - Asesoramiento
Teléfono: 03755 - 425365
Cel: 376-4758181 / 3755-691903
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Dirección: 25 de Mayo N° 18
Oberá - Misiones

31/03/2015

La justicia falló contra una obra social y la obligó a cubrir los elementos ortopédicos prescriptos

Los profesionales médicos que atienden a una niña que padece parálisis cerebral espástica y epilepsia con retraso mental profundo le prescribieron, hace más de un año, una cama ortopédica, una mesa bipedestadora, un aparato de ortosis cervical y un balón inflable.

La madre de la niña no logró conseguir los elementos a través de su obra social y por ese motivo presentó un amparo judicial donde aclara que la empresa no le brindó ninguna cobertura "a pesar de presentarse en reiteradas oportunidades ante la filial, donde se le informa que no hay novedades”.

Ahora la Cámara Laboral de Bariloche hizo lugar al recurso y obligó a la Obras Social de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina a proveer a la niña de los elementos prescriptos en un plazo no mayor a diez días.

Si la empresa hace caso omiso al pedido de la justicia, se le aplicará “una multa diaria en favor de la amparista de mil pesos por cada día de retraso”, ya que se encuentra en “riesgo la salud de la menor”.

En el fallo se destaca la mención al artículo segundo de la ley 24.901, el cual indica que las obras sociales "tendrán a su cargo con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la presente ley, que necesiten las personas con discapacidad afiliadas a las mismas".

30/03/2015

Ponen límites a los acuerdos indemnizatorios por despido laboral

La justicia desestimó la homologación que las partes habían solicitado respecto a una indemnización por antigüedad de 414.247,88 pesos por considerar al importe como excesivo.

"La imputación del monto total transado a la indemnización por antigüedad excede notablemente el importe por el cual prosperarían esos reclamos en el marco descripto precedentemente" y que en caso de ser homologado "afectaría los derechos del organismo público tributario", remarcaron los camaristas Oscar Zas y Luis Rafaghelli.

Cabe recordar que la ley del Impuesto a las Ganancias establece a las indemnizaciones como uno de los pocos rubros salariales que se encuentran exentos de pagar el tributo.

En el caso de Cintia Eliana Abogado y la firma Teletech, la Sala V de la Cámara laboral interpretó que la homologación “afectaría los derechos del organismo público tributario, tercero ajeno al convenio amparado por normas de orden público".

El voto en disidencia del magistrado Enrique Arias Gibert entendió que el monto calculado era producto de un acuerdo entre las partes para poner fin al conflicto por desvinculación y no es potestad de la justicia impedirlo.

26/03/2015

La Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP) dispuso la implementación del Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA), con lo que digitalizará trámites burocráticos y agilizará las operaciones.
En la Resolución General 3754, publicada en el Boletín Oficial, el organismo precisó que el SITA será dado de alta, en forma automática, a todos los sujetos inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros. El sistema permitirá a los sujetos inscriptos llevar a cabo, mediante transmisión electrónica, las comunicaciones y presentaciones inherentes a cada trámite, así como la remisión de documentación en formato digital. La información y documentos transmitidos electrónicamente a través del SITA serán reputados válidos por la AFIP, sin perjuicio del control que sobre ellos se pueda efectuar, se aclaró.

17/03/2015

EL TORNILLO( historia tecnológica)

Algunas veces es un error juzgar el valor de una actividad, simplemente por el tiempo que se toma en realizarla....
Un buen ejemplo de ello es un Ingeniero que fue llamado para reparar una computadora muy grande y compleja, ademas de costosa, de apenas diez millones de dolares!!!
Ya sentado frente a ella, oprimió varias teclas, asintió con la cabeza, murmuro algo para si mismo y apago el ordenador.
Acto seguido, procedió a sacar de su maletín un pequeño destornillador, y dio vuelta y media a un pequeño tornillo.
Entonces encendió nuevamente el aparato y comprobó que estaba trabajando perfectamente.
El presidente de la compañía se sintió encantado por el trabajo y ofreció pagarle en el acto la cuenta.
-"¿Cuanto le debo?" pregunto
-"Son mil dolares , si me hace el favor". contesto
-"¿Mil dolares?¿Mil dolares por ajustar un simple tornillito? ¿Mil dolares por un pequeño
momento de trabajo??
-"¡Ya se que es una computadora muy costosa la mía, que cuesta diez millones de dolares, pero mil dolares me parece una cantidad disparatada!!"
-"Le abonare solo si y solo si, me envía una factura con toda la información detallada del trabajo"
Al día siguiente el Presidente de la empresa recibió la factura tal cual lo había solicitado, la leyó en silencio, sacudió la cabeza y ordeno pagarla sin chistar.
La factura decía:

Detalle de servicios prestados:

1- Apretar un tornillo............u$s 1.-
2- Saber que tornillo apretar.....u$s 999.-

"Dedicado a todos los profesionales que día a día se enfrentan con la desconsideración de quienes frente a su propia ignorancia no saben apreciarlos, considerarlos y retribuirles"

Y recuerden que: "SE GANA POR LO QUE SE SABE NO POR LO QUE SE HACE"

16/03/2015

Resuelven que el Formulario P.S.6.2 de la ANSES (Certificación de Servicios y Remuneraciones) no reemplaza al certificado exigido por el Art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (Certificado de trabajo). Por mas que contengan datos similares. Resuelve La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

16/03/2015

Comienza a funcionar la nueva Justicia del consumidor.

Desde este lunes empieza a funcionar la nueva “justicia del consumidor”, con tres herramientas dinámicas para los consumidores. En primer lugar, crea una instancia de conciliación obligatoria entre la empresa y el usuario. Luego, abre la posibilidad de dirigirse a una autoridad administrativa con capacidad de otorgar indemnizaciones. Y, como tercera instancia, se deriva a un nuevo fuero judicial exclusivo para sus necesidades.

10/03/2015

Determinan cuándo la omisión de presentarse a trabajar configura la causal de despido por abandono de trabajo

Luego de precisar que “la nota característica del abandono de trabajo es en principio y generalmente el silencio del dependiente”, los jueces de la Sala VIII explicaron que “ese supuesto especial de injuria requiere para su configuración: a) la inejecución por el trabajador, sin aviso, de la prestación laboral; b) la intimación de reintegro, dentro de un plazo razonable según las circunstancias y c) la persistencia del trabajador en su conducta omisiva, durante el plazo fijado -se entiende: ni presentación en el establecimiento, ni comunicación explicativa de sus ausencias”.

La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo –CNAT- había resuelto que, por aplicación del Art. 30 de la ...
06/03/2015

La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo –CNAT- había resuelto que, por aplicación del Art. 30 de la LCT, la Obra Social demandada era solidariamente responsable del pago de los créditos laborales adeudados a la actora por su ex empleadora, empresa que la Obra Social había contratado para que prestara atención odontológica a sus beneficiarios.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a interpretar el artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo

Corte bonaerense ratificó indemnización a un empleado que se consideró despedido por un cambio en el horario de trabajo
06/03/2015

Corte bonaerense ratificó indemnización a un empleado que se consideró despedido por un cambio en el horario de trabajo

Condenó a una firma por el ejercicio abusivo del "ius variandi" ya que había modificado el turno de un dependiente luego de mantenerselo por dos años

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