Estudio Juridico Integral Martin Moreira - Renato Santilli & Cia

Estudio Juridico Integral Martin Moreira - Renato Santilli & Cia Estudio Jurídico integral El Estudio Jurídico ofrecer a quienes recurren a nosotros asesoramiento y representación legal en todos los ámbitos del derecho.

Nuestra firma de abogados está fundamentalmente especializada en los servicios para la defensa en causas penales basada en la trayectoria y experiencia en el ejercicio activo de la profesión. Para ello no sólo se cuenta con un Staff de abogados en la materia, sino también con un Staff externo de criminalistas, profesionales en medicina, psiquiatría y psicología forense; peritos calígrafos; ingenie

ros químicos; perito en scopometría; bioquímicos; investigadores privados; contadores públicos; perito en balística; especialista en ADN; perito en accidentología y especialista en comunicaciones. La parte inmobiliaria cuenta con un bróker operando en el mercado inmobiliario a órdenes de nuestros clientes. La innovación del estudio se encuentra en el área de Comercio Internacional orientada a la preparación de futuros ejecutivos y/o empresarios capaces de detectar oportunidades de negocios en mercados internacionales, de desarrollar programas de comercialización, así como de administrar las operaciones de la empresa en dichos mercados.

En la causa. Fernando Baez Sosa Claramente hay intereses contrapuestos entre los imputados con un único defensor. Si el ...
11/01/2023

En la causa. Fernando Baez Sosa Claramente hay intereses contrapuestos entre los imputados con un único defensor. Si el tribunal no salva ello, la causa tendrá una nulidad futura (Por afectación la derecho de defensa en juicio, y proceso justo) Tendría que ordenar el proceso y llamar a designar defensores para los imputados con intereses contrapuestos.

Nueva dirección.
28/06/2021

Nueva dirección.

04/06/2018

COMUNICADO DE PRENSA.-
En mi carácter de letrado apoderado de la Familia de DANTE RENÉ HAWRYSZ y siguiendo expresas instrucciones de ellos, cumplo en informar por este medio a la PRENSA en general, que: El Juzgado de Instrucción N° Dos a cargo del Dr. Horacio Heriberto Alarcón, Secretaría actuante Nº 1 a cargo del Dr. Juan Carlos Correa, ha recibido los resultados de las pruebas de ADN. Las que se realizaran sobre los restos óseos encontrados en el mes de Febrero del Corriente año, en la localidad de A. del Valle. Dicha prueba arrojó el siguiente resultado: “Los resultado obtenidos son compatibles con la existencia de vinculo de maternidad entre N.A.A, respecto de DANTE RENÉ HAWRYSZ, con una probabilidad de maternidad superior al 99,99% y un índice de maternidad de 1,2x10”. El estudio de ADN estuvo a cargo del Colegio Oficial de Farmacéuticos y bioquímicos de Capital Federal a cargo del Dr. GUSTAVO A. PENACIO.
Requiriendo un cuidadoso trato de la información, atento al contenido de la noticia. Encontrándome a entera disposición de quienes soliciten información.
Dr. Martin Moreira.

03/04/2018

Estudio jurídico MARTIN MOREIRA - RENATO SANTIILLI & Cia; busca ABOGADO/A con experiencia mínima de 4 años de profesión en litigios civiles, laborales (redacción de demandas, contestaciones y seguimiento de juicios). Es requisito indispensable y excluyente la exclusividad Laboral. Presentarse en Calle 9 de Julio 913 Piso Primero.

01/12/2016

IMPORTANTE LEER - A NUESTROS CLIENTES INFORMAMOS.-

ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA: INHIBIDA Y CON LA EMISION SUSPENDIDA.

El el día de hoy fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución SSN Nº 40191, firmada por el Lic. Edgardo Podjarny el pasado viernes 25/11, por la cual se dispone:

"ARTÍCULO 1° — Prohibir a ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A. (CUIT 30-68236302-5) celebrar contratos de seguros. La Gerencia de Inspección procederá a sellar e inicialar los registros de emisión de la entidad con mención de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Prohibir a ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A. realizar actos de administración respecto de sus inmuebles en orden a que deberá abstenerse de celebrar contratos de locación, mutuo y/o cualquier otro que puedan afectarlos. La Gerencia de Inspección labrará acta tomando razón del estado de ocupación de los inmuebles de la aseguradora.
ARTÍCULO 3° — Prohibir a ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A. realizar actos de administración respecto de sus relaciones de reaseguro, por lo que deberá abstenerse de producir innovación alguna que pueda significar una operatoria de corte de responsabilidad, de cut off, o cualquier otra equivalente que comporte la exclusión de la responsabilidad del reasegurador.
ARTÍCULO 4° — Ratificar la prohibición de realizar actos de disposición respecto de sus inversiones y la inhibición general de bienes impuesta a ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A. por la Resolución SSN N° 40.144 de fecha 02 de noviembre de 2016.
ARTÍCULO 5° — Tener por incumplido el Plan de Regularización y Saneamiento aprobado a ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A. en fecha 03/08/2015 y, consecuentemente, emplazarla en los términos del Artículo 31 de la Ley N° 20.091 a reintegrar el capital mínimo por la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS ($ 631.360.582) en el plazo de TREINTA (30) días, bajo apercibimiento de encuadrar su situación en las previsiones del Artículo 48, inciso b), del citado cuerpo legal."

09/03/2016

¿Clausulas Pari passu, que son?

Son utilizadas en los contratos de préstamos sindicados en el mercado internacional. Mediante ella los bancos prestamistas tienen reconocidos sus créditos, en caso de quiebra del prestatario, con rango privilegiado igual a los créditos prendarios o hipotecarios. Conviene distinguirla de la llamada cláusula de garantía negativa (negative pledge), también utilizada en los préstamos sindicados, por la cual el prestatario se compromete a no otorgar a terceros garantías que, en caso de quiebra, tuvieran mejor rango que los créditos de los bancos sindicados en el referido préstamo.

18/02/2016

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - PENAL.

PARA LA CORTE SUPREMA, LOS FRATICELLI NO MATARON A SU HIJA.-

La adolescente apareció mu**ta por asfixia en mayo de 2000. Sus padres fueron condenados a perpetua y luego quedaron absueltos. El nuevo fallo cierrra definitivamente la causa.

La Corte Suprema dejó firme la absolución del ex juez santafesino Carlos Fraticelli y de su esposa, Graciela Dieser -ya fallecida-, por el crimen de la hija de ambos, ocurrido en mayo de 2000 en la ciudad de Rufino.

El máximo tribunal, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, declaró "inadmisible" el último recurso de apelación presentado por la fiscalía general de Santa Fe.

El matrimonio Fraticelli había sido condenado a prisión perpetua por la muerte de Natalia, la hija adolescente de ambos, pero tras un intrincado laberinto judicial ambos resultaron absueltos después de permanecer largo tiempo presos.

El fallo de la Corte cierra definitivamente el caso y le asigna fuerza de "cosa juzgada", es decir que ya no hay más instancias judiciales en las que las absoluciones de Fraticelli y su esposa, que se suicidó en 2012, pueda ser revertida.

Leé también: Hallan mu**ta en su casa a la madre de Natalia Fraticelli

Natalia Fraticelli apareció mu**ta por asfixia, con una bolsa colocada sobre su cabeza, el 20 de mayo de 2000. Tenía 15 años y padecía un leve retraso madurativo.

Tras poco más de dos años, sus padres fueron condenados a perpetua por el crimen. Entre las hipótesis que se elaboraron en ese momento, se especuló con la idea de que la chica había sido asesinada porque entorpecía la vida social del matrimonio Fraticelli.
La madre. Graciela Dieser, mamá de Natalia, se suicidó en 2012. ARCHIVO

Graciela Dieser (con anteojos), mamá de Natalia, se suicidó en 2012.

Leé también: La madre de Natalia Fraticelli se mató porque "extrañaba" a su hija

El fallo contra los padres de la víctima fue confirmada en todas las instancias de la justicia santafesina, hasta que llegó a la Corte Suprema nacional, que en un fallo de agosto de 2006 detectó graves vicios de procedimiento, revocó la sentencia y ordenó revisar toda la causa.

Los Fraticelli, que por entonces ya estaban separados, recuperaron la libertad.

El 20 de noviembre de 2009, ambos fueron finalmente declarados "inocentes", pero sobrevino un nuevo derrotero de apelaciones que desembocó en diciembre de 2014 en la intervención de la Corte de Santa Fe, la máxima instancia provincial que ratificó las absoluciones.

La fiscalía general apeló y llegó mediante un "recurso de queja" ante la Corte Suprema de la Nación, que ahora desestimó el recurso y dejó firme las absoluciones.

17/02/2016

PENAL.-

Porque no dejamos al Código Penal en Paz; tras los últimos accidentes de tránsitos ocurridos en la provincia la prensa plantea p***s más severas. La solución no es esa, en código Penal tiene su inteligencia, y modificarlo sin el más mínimo método jurídico es quitarle su Dogmatica Jurídica. Para eso existe la culpa sin representación, con representación y el “dolo eventual”. No se necesita modificar el código, sino encuadrar la conducta homicida en el “dolo eventual” y no en la Culpa. Conducir a 180 km/h, demuestra una conducta indiferente a la representación del resultado típico, esa indiferencia Sres. y Sras. se llama en materia Penal, DOLO EVENTUAL. Y el dolo eventual deja la conducta homicida del que causa un en accidente de tránsito bajo esas circunstancias, en un Homicidio Doloso y no Culposo. Por ende con una pena que oscila entre los 8 y 25 años de Prisión.

04/02/2016

HABRÁ OPINIONES A FAVOR Y OTRAS EN CONTRA, EN CUANTO A LA IMPUTACIÓN OBJETIVA DE DOS TIPOS PENALES, QUE SE DESCARTAN UNOS A OTROS, POR UN MISMO HECHO.

En noviembre pasado, la jefa de Hematología del Hospital Español de Mendoza y una residente habían sido imputadas por lesiones graves y culposas, acusadas de realizar una mala praxis que le provocó muerte cerebral a una nena de 9 años. La menor había ingresado al centro de salud por una recaída en su leucemia.

El desenlace fue el más triste para los padres de Guadalupe Codes. Ahora, la situación procesal de ambas médicas se agravó. Este miércoles, el fiscal del caso, Horacio Cadile imputó a las dos mujeres por homicidio simple con dolo eventual y, alternativamente, homicidio culposo. Según agrega Uno Mendoza, esta particularidad se debe a que en un futuro debate podrían ser condenadas por cualquiera de estas dos alternativas.

Al respecto, el abogado de la familia de la víctima, Pablo Cazabán, explicó que esta modalidad "es novedosa desde el punto de vista procesal. El tribunal podrá optar por alguna de las dos calificaciones".

El letrado sostuvo que la acusación se basó "en las diversas testimoniales que se han producido a fines del año pasado, sobre todo la de un profesional que dio cuenta de que las prácticas realizadas no eran las correctas", además de "testimoniales de otros médicos y sobre todo de personal de enfermería".

Mientras avanza la causa, las acusadas, Viviana Bacciedoni y Andrea Piatti, permanecerán en libertad pero deberán presentarse cada 15 días ante la fiscalía. No podrán salir de Mendoza sin autorización.

El caso

Guadalupe Codes falleció el 20 de noviembre, luego de que en el Hospital Español le realizaran una presunta mala praxis al inyectarle en la médula un medicamento que debía ser suministrado por vía endovenosa. "Estas médicas la descerebraron, son asesinas", había dicho el padre de la menor, Mauricio Codes, luego de que su hija entrara en un cuadro de muerte cerebral.

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