17/10/2022
RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN Y CONTACTO -anteriormente conocido como Régimen de Visitas-
El Régimen de comunicación y contacto es un derecho que tiene el progenitor no conviviente con el hijo, y además es un derecho de ese niño a mantener contacto con el progenitor y la familia o un referente afectivo.-
Cuando existe un impedimento de contacto se solicita el régimen de comunicación. Es un deber que el Código Civil impone mantener la comunicación. El progenitor tiene el derecho de participar de todos los eventos de la vida de ese niño, relacionado a la educación, salud, etc. Y el niño tiene derecho de compartir y crear vínculos con el padre.-
Se busca priorizar los vínculos afectivos con los menores, es por esto que no solo se promueve contacto con los progenitores sino también con la familia extensa, tíos, abuelos, etc.-
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