Micaela A. Sgro, Abogada

Micaela A. Sgro, Abogada Asesoramiento legal

Necesitas asesorarte pero preferís quedarte en tu casa? 🏠 Podes asesorarte de online 💻 Uno de los cambios que trajo la p...
05/04/2021

Necesitas asesorarte pero preferís quedarte en tu casa? 🏠 Podes asesorarte de online 💻

Uno de los cambios que trajo la pandemia y que llego para quedarse, es la modalidad virtual, y se lo agradecemos!

Hoy no necesitas venir hasta el estudio para hacer tu consulta, la podes hacer por videollamada o zoom y es totalmente personalizada! ✅

Les gusta este nuevo cambio que trajo la pandemia? Para mi es súper practico! Los leo 🤓

Para consultas: sgromicaela.a .com o en el pefil tenes el link directo para Whatsapp 📲

Hoy vamos a ver las SUPUESTAS DEUDAS, les decimos supuestas porque son esas que no sabemos de donde salieron.. veamos al...
29/03/2021

Hoy vamos a ver las SUPUESTAS DEUDAS, les decimos supuestas porque son esas que no sabemos de donde salieron.. veamos algunos ejemplos:

1. Me llaman de X tarjeta diciéndome que tengo una deuda pero nunca tuve esa tarjeta, o nunca me llego el plástico.

2. Me reclaman una deuda por un préstamo en determinada empresa financiera pero yo nunca solicite ningún préstamo.

3. Figuro en el veraz pero nunca tuve ninguna deuda, nunca nadie me llamó por deuda alguna.

Como estos ejemplos, hay infinidad más, estos son casos que, créanme, se ven todos los días… Personas que están cansadas de que les suene el teléfono 3 veces por día reclamándole deudas que no sabían que existían o que pierden oportunidades por figurar en el veraz, (que haciendo un punto aparte, es importante que sepan que esto figura en su historial durante 5 años, por lo que si intentan sacar un préstamo o solicitar una tarjeta de crédito, va a ser muy difícil que lo puedan concretar).

Que hacemos ante esta situación? En primer lugar, hay que hacer una denuncia en defensa del consumidor, tratar de buscar la solución en esta instancia, donde se cita a la empresa X pidiéndole pruebas de las supuestas deudas y en caso de que no las haya deberá resarcir económicamente. Como segundo paso, en caso de no poder solucionarlo en Defensa, hay que ir a lo judicial y reclamar los daños y perjuicios correspondientes y como tercer y más importante de los pasos, asesorarse SIEMPRE!

Les paso una situación similar? Los leo!

El proceso sucesorio, es aquel en el que se van a determinar los herederos, contenido de la herencia, se cobran los créd...
27/01/2021

El proceso sucesorio, es aquel en el que se van a determinar los herederos, contenido de la herencia, se cobran los créditos, se pagan deudas y se entregan los bienes. Si hubo testamento, es en este proceso donde se va a determinar si el mismo es válido o no.
Donde se inicia? En el lugar del ultimo domicilio del causante (fallecido).

Porque es importante iniciar el proceso sucesorio? Porque aunque tardemos en tomar la decisión de iniciarlo, el tiempo sigue corriendo y es ahí donde vienen los problemas, como por ejemplo los intereses en las deudas que se han heredado; los herederos no podrán disponer de los bienes sin ser declarados como tales por medio de sentencia judicial; los conflictos familiares, aumentan con el tiempo, por lo cual muchas veces uno de los herederos se apropia de un bien que todavía no es suyo, se lo adjudica unilateralmente, haciendo que a la larga sea una sucesión mucho mas larga y costosa. Por eso siempre es conveniente asesorarse, y ahorrarnos tiempo y gastos.

Necesitas iniciar una sucesión? Tenes dudas con respecto al tema?

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Vamos con las sucesiones! Hoy vamos a ver algunas cuestiones generales para ir profundizando un poco más a lo largo de ...
26/01/2021

Vamos con las sucesiones! Hoy vamos a ver algunas cuestiones generales para ir profundizando un poco más a lo largo de diferentes post, ya que es un tema muy amplio.

Cuando una persona fallece se abre la famosa sucesión, en ese momento se da la trasmisión de su herencia.

De que está compuesta esta herencia? Contiene todos los bienes, derechos y obligaciones del fallecido. Que heredo entonces? BIENES, CREDITOS Y DEUDAS! Si, las deudas también se heredan pero los herederos NO responden con su patrimonio, sino que van a responder con la herencia, es decir, con lo que reciben.

Con respecto a si es necesario que haya testamento para abrir la sucesión, la respuesta es NO. Hay dos tipos de sucesiones, por un lado la TESTAMENTARIA (donde hay un testamento, en el cual la persona dispone de sus bienes) y por otro lado la sucesión por ley, o AB-INTESTATO, este tipo de sucesión se da cuando el fallecido no dejo testamento alguno, entonces el patrimonio se va a distribuir según lo establecido en las normas del Código Civil y Comercial de la Nación 📌

Puede una persona desheredar a uno de, por ejemplo, sus hijos? La respuesta es NO, con el nuevo código, se suprimió el instituto de la desheredación, por lo tanto no es posible. Por otro lado, existe otro instituto, que es la INDIGNIDAD, esta es una causal por la cual una persona quedara excluida de la sucesión, pero esto lo vamos a ver en un post aparte 🙌🏻 mucha info por hoy!

Les pareció interesante el post? Alguna duda? Los leo!

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Nos tomamos un descanso, pero volvimos! 🙌🏻Vamos con la REDUCCION DE CUOTA alimentaria‼️un tema que muchas veces se confu...
18/01/2021

Nos tomamos un descanso, pero volvimos! 🙌🏻

Vamos con la REDUCCION DE CUOTA alimentaria‼️un tema que muchas veces se confunde y que muchos consultan❔

La realidad de las personas cambia todo el tiempo y como muchas veces se hace necesario el aumento o actualización de la cuota (que hablamos en post anteriores), también se hace necesario, en algunas oportunidades, el pedido de cese o de reducción de esta cuota 👆🏼

Entonces, la puedo pedir? Si, puedo solicitar la reducción o cese de la cuota de alimentos pero hay que tener en cuenta que deben darse ciertas circunstancias. Por ejemplo, en tiempos de pandemia, se solicitó mucho la reducción, esto porque la vida de todos cambió, mucha gente paso a tener su salario reducido, o perdió su trabajo, situaciones que justifican este pedido. Puede darse también, que por ejemplo uno de los hijos comienza a convivir con el alimentante, entonces se podría pedir esa reducción o porque la cuota se estableció en un % elevado teniendo en cuenta que por ejemplo, la mama en ese momento no tenía empleo, y si consigue trabajo, también se podría solicitar esa reducción.

Para solicitarla es importante ver el caso en particular, no todas las situaciones son las mismas, por eso siempre hay que asesorarse.

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Hasta cuando debo abonar la cuota por alimentos? Esta es una pregunta, créanme, muy frecuente.Muchas personas piensan q...
08/01/2021

Hasta cuando debo abonar la cuota por alimentos? Esta es una pregunta, créanme, muy frecuente.

Muchas personas piensan que, como sus hijos ya cumplieron 18 años y son mayores de edad, pueden solicitar el cese de la cuota y la realidad es que NO ❌

La cuota alimentaria se debe abonar hasta los 21 años y si el/la hij@ estudia para alcanzar su oficio o profesión, puede solicitarla hasta los 25 años.

Ahora, ejemplo, hijo/a con 18 años, que quiere reclamar una cuota de alimentos, quien debe solicitarlo? El propio hijo/a mayor de edad.

Sabían esto? Hice una encuesta hace días y muchos pusieron hasta los 18‼️ ahora que lo saben, alguna duda? Los leo

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Cuando tenemos una cuota de alimentos, ya sea fijada por medio de un acuerdo de partes o teniendo una sentencia judicial...
07/01/2021

Cuando tenemos una cuota de alimentos, ya sea fijada por medio de un acuerdo de partes o teniendo una sentencia judicial, esta es MODIFICABLE 🙌🏻, tanto para aumentarla, como para reducirla o pedir su cese.

Que quiere decir? Que puede suceder que necesitemos pedir que esta cuota se revea y se ajuste a las nuevas necesidades de nuestros hijos 🔍

Este pedido se hace por INCIDENTE, que es? Para que se entienda, es una especie de procedimiento “menor” (aumento de cuota) que se desprende del proceso principal, que sería el juicio de cuota alimentaria.

Este pedido de aumento de cuota puede tener fundamento, por ejemplo, en que la fijada en el acuerdo se encuentre totalmente desactualizada o que se den circunstancias como ser la edad de los hijos, la inflación, variación en cuanto a los ingresos del alimentante y/o de quien esté a cargo de los menores, entre otras situaciones, que requieran un incremento de la misma.

Alguna duda? Necesitas iniciar un aumento de cuota? Los leo!

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Que es la FILIACION? Es el vínculo jurídico que une a l@s hij@s con su padre/madre, de esta relación jurídica, se de...
05/01/2021

Que es la FILIACION? Es el vínculo jurídico que une a l@s hij@s con su padre/madre, de esta relación jurídica, se derivan ciertos derechos y obligaciones. La acción para reclamarla no prescribe, es decir, no se extingue el derecho por el paso del tiempo y la va a poder reclamar el/la hij@ o bien, si es menor, su representante.

La gran pregunta, esto es un juicio, sí, hay que iniciar una demanda y por lo general, la prueba por excelencia, es el ADN 🧬. Si bien es la prueba más “idónea”, no es la única prueba que se ofrece, pero hoy en día, por lo menos en Neuquén, si obtengo la compatibilidad del ADN del niñ@ con el padre, la restante prueba se deja de lado.

Qué pasa si el padre no quiere realizarse la prueba de ADN? Si este se niega, la ley presume que es el padre. También se puede realizar esta prueba con otros parientes, como los abuelos, hermanos, (hasta el segundo grado).

Alguna duda? Los leo! 📩

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Muchas veces, la mayoría, cuando se nos presenta un problema jurídico, inmediatamente lo relacionamos con un juicio, c...
04/01/2021

Muchas veces, la mayoría, cuando se nos presenta un problema jurídico, inmediatamente lo relacionamos con un juicio, conflicto, años, tiempo y mucha plata, la realidad es que la mayoría de esos problemas, tienen soluciones alternativas, que nos van a ahorrar tiempo, plata y problemas, como los famosos ACUERDOS 📄

Los acuerdos de partes, pueden darse dentro o fuera del proceso, lo importante de estos es homologarlos, esto es presentarlo al juez, para que el mismo tenga fuerza de ley y ante su eventual incumplimiento, poder ejecutarlo.

Vamos con un ejemplo: al divorciarse, las partes, celebran un acuerdo en el que van a establecer como se van a distribuir los bienes, la atribución del hogar, como van a asumir los gastos, la cuota alimentaria, el régimen de comunicación, etc. Es decir, en este acuerdo establecen TODO.

Muchas veces consultan, ¿Que puedo y que no puedo poner en el acuerdo? La realidad las partes pueden poner TODO lo que sea necesario.

Dicho esto, es importante estar asesorado, saber las alternativas con las que contamos para ahorrarnos tiempo, malestar y $$$$. Más aun, (y esto será tema de post aparte) cuando tengas la posibilidad de llegar a un acuerdo, no lo hagas únicamente para “terminar con el asunto” ni mucho menos si “no lo comprendes”, si no estas de acuerdo con el contenido, si no te sentís bien asesorado, porque una vez homologado, tiene fuerza de ley!.

Alguna duda? Queres llegar a un acuerdo? Tenes uno y necesitas asesorarte? Los leo! 📩

Consultas: [email protected]

Una vez iniciada la demanda de divorcio 💔, la pregunta más frecuente, es si ahora puedo comprar bienes 🚘🏠… como poder, p...
30/12/2020

Una vez iniciada la demanda de divorcio 💔, la pregunta más frecuente, es si ahora puedo comprar bienes 🚘🏠… como poder, puedo, la pregunta correcta es, ¿Me conviene? ⁉️

En primer lugar, es importante saber que iniciado el divorcio, le estamos poniendo fin a nuestro matrimonio de forma legal pero más allá de que se hable de un “DIVORCIO EXPRESS” muchas veces, procesalmente, poco tiene de express, por lo tanto puede llevar tiempo obtener la sentencia de divorcio. En este periodo de tiempo, es decir, desde el inicio de la demanda hasta obtener la sentencia, puede darse la oportunidad de adquirir bienes y/o concertar ciertos actos jurídicos y acá viene la famosa pregunta ¿PUEDO?

Como dije, poder, podemos, ahora, no recomendamos adquirir bienes mientras se tramita el divorcio, por lo tanto, lo mejor es esperar a tener la sentencia y haberla inscripto en el Registro Civil, para tener plena seguridad jurídica ✏️ y evitarnos problemas.

Tenes alguna duda? Te leo!!

Para consultas: [email protected]

Este fue un gran logro, de esos que nos gusta compartir! 🙏🏼El menor, tiene una discapacidad, específicamente un “Trastor...
30/12/2020

Este fue un gran logro, de esos que nos gusta compartir! 🙏🏼

El menor, tiene una discapacidad, específicamente un “Trastorno Especifico del Lenguaje de tipo Expresivo” y sus padres pudieron ver que un Tratamiento muy novedoso “PROMPT” que se realiza en sesiones INTENSIVAS, mejoraba notablemente su forma de expresarse, mejorando asi su vida en general ✔️

Se le solicitó a la obra social que cubriera dicho tratamiento, y esta reintegraba ni una tercera parte del costo total del mismo, no quedando otra alternativa que iniciar un proceso de AMPARO, por estarse avasallando un derecho fundamental que es la salud, para que ISSN cubriera el 100% de dicho tratamiento, de forma anticipada y total 👶

Aun hoy nos encontramos transitando este proceso, ya en etapa de sentencia, habiendo obtenido, con un pedido de MEDIDA CAUTELAR (para que mientras dure el proceso, el ISSN dé la cobertura integral del tratamiento), el menor ha podido mejorar su calidad de vida ampliamente, obteniendo beneficios notorios en su salud, que no había obtenido antes con los tratamientos tradicionales.

Esto es importante, porque muchas veces no conocemos los derechos que tenemos, y en situaciones tan delicadas como estas, donde hay una discapacidad, o muchas veces no la hay, pero está en juego la salud de las personas, debemos asesorarnos para saber que podemos hacer! 📩

Les dejo el link para que puedan leer el fallo completo: http://observatoriodelasalud.blogspot.com/2019/08/neuquen-se-ordena-al-issn-cobertura-de.html

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