25/03/2026
Así como Perseo entendió que no podía enfrentar a Medusa de forma directa y usó su reflejo… en el derecho societario muchas veces no alcanza con conocer la ley, hay que entender cómo moverse dentro de ella. Al constituir una sociedad, no siempre es necesario realizar el depósito legal del capital.
Si el instrumento se realiza por escritura pública y se deja constancia de que el 25% del capital se entrega al Director o Gerente en ese acto, no es necesario hacer el depósito.
Esto evita que el dinero quede inmovilizado hasta la inscripción.
Pero atención:
En las Sociedades Anónimas, si no se deja expresamente asentado en la escritura, el depósito será obligatorio.
En las SRL, si se constituyen por instrumento privado, el depósito también es obligatorio.