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Tu Derecho Laboral Argentina. ABOGADOS EN DERECHO LABORAL / DERECHO INMOBILIARIO/ DERECHO DE FAMILIA/ DERECHO CIVIL

19/06/2019



Aunque existan menores y ancianos habitando en el inmueble, procede sin dilataciones el desalojo.

Esto fue lo que determino la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en los autos caratulados “Erlich, Saúl c/Wigdorovitz, Eduardo y otro s/desalojo por falta de pago”.

La investigación previa por nuestra parte, como abogados, en estos casos es esencial, ya que de determinarse la posible existencia de menores o ancianos, se debe recurrir a la autoridad administrativa correspondiente para la intervención de los organismos pertinentes y así garantizar los derechos de las partes. De otro modo, resulta a todas luces absurdo disponer que los propietarios de los inmuebles ocupados o quienes posean interés legítimo para reclamar el desalojo, deban otorgar a los menores la protección y el amparo que incumbe prestar a quienes ostentan la patria potestad.

18/06/2019




Partes: Falcon Adrián c/ Multigranos S.A. y otro s/ despido

Despido por una crisis poco precisa: La crisis de la actividad agropecuaria y agroexportadora no resulta suficiente para acreditar el despido por fuerza mayor

Si la empresa no acredita los siguientes puntos, n procede el despido por CAUSA DE FUERZA MAYOR.
2.-Para justificar los despidos por falta o disminución de trabajo, el empleador debe probar: a) la existencia de falta o disminución de trabajo que por su gravedad no consienta la prosecución del vínculo; b) que la situación no le es imputable, es decir que se debe a circunstancias objetivas y que no hay ni culpa ni negligencia empresaria; c) que se respetó el orden de antigüedad y d) perdurabilidad.

13/06/2019
¿SABÍAS QUE?La retención de tareas no constituye presupuesto de abandono de trabajo. Como trabajador, y en los casos de ...
11/06/2019

¿SABÍAS QUE?
La retención de tareas no constituye presupuesto de abandono de trabajo.
Como trabajador, y en los casos de graves incumplimientos contractuales por parte de la patronal (Ej falta de pago de tu sueldo en tiempo y forma), estás en tu derecho a retener tareas (es decir dejar de prestar servicios), sin que esto configure un presupuesto de abandono de trabajo.
Si te quedan dudas al respecto, estamos a tu disposición
CONOCE TUS DERECHOS Y HACELOS RESPETAR.

29/03/2018

La Asociación de Consumidores “Usuarios y Consumidores Unidos” (UCU) citó a audiencia conciliatoria extrajudicial a la empresa BOOKING.COM ARGENTINA S.R.L. *   En representación de un usuario cordobés del servicio que, habiendo alquilado una casa por temporada a través de la plataforma, al...

14/03/2018

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