04/01/2022
La vacunación contra el COVID19 no es legalmente obligatoria, dado que se ha establecido que se trata de inoculaciones VOLUNTARIAS conforme RESOLUCION N° 2883/2020 del
Ministerio de Salud de la Nación. Sin embargo, la búsqueda por incentivar su aplicación ha llevado a la sanción de decretos a lo largo del país que privan a los ciudadanos que optaron por su no aplicación, de ejercer Derechos Constitucionales y ratificados mediante Tratados Internacionales, tales como: AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD, LIBRE CIRCULACIÓN, IGUALDAD, ASISTENCIA SANITARIA, TRABAJO, ALIMENTACIÓN, SEGURIDAD, DIGNIDAD.
Estos derechos son fundamentales, inherentes al ser, pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana por lo que, de ser privados de ellos, se nos estaría reduciendo a menos que a una persona. Es justamente por ello que son protegidos por la Constitución Nacional y Tratados Internacionales.
A su vez, la implementación del "pase sanitario" es violatoria de las leyes 26.592 (Derechos del Paciente), 25.326 (Habeas Data), 23.592 (actos discriminatorios), entre otras normativas aplicables al caso.
La herramienta de la que disponemos para hacer cesar la violación a estos derechos es la acción de amparo, cuyas circunstancias también ameritan que lo podamos iniciar aún en la feria judicial.
.jg