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ABUELO!!! ABUELA!!!Todavía no te jubilaste??? En 45 días estas jubilado y COBRANDO!!! – Sin gastos previos.Mujeres 60 añ...
24/09/2015

ABUELO!!! ABUELA!!!
Todavía no te jubilaste???
En 45 días estas jubilado y COBRANDO!!! – Sin gastos previos.
Mujeres 60 años - Hombres 65
CONSULTA OTROS BENEFICIOS: PENSIONES, RETIROS POR INVALIDEZ, ETC
Comunicate: Angelo Romina 011-4938-0204 ID 580*4867

JUICIO SUCESORIO:Necesitas transmitir bienes y derechos a terceros y falleció un familiar???Debes iniciar Juicio Sucesor...
24/09/2015

JUICIO SUCESORIO:
Necesitas transmitir bienes y derechos a terceros y falleció un familiar???
Debes iniciar Juicio Sucesorio. No dudes en comunicarte, juicio simple y breve: ANGELO ROMINA (011) 4938-0204 ID 580*4867.-

ACCIDENTE DE TRANSITO:Tuviste un choque, te accidentaste, tuviste lesiones???Reclamos ante todas las compañías de seguro...
24/09/2015

ACCIDENTE DE TRANSITO:
Tuviste un choque, te accidentaste, tuviste lesiones???
Reclamos ante todas las compañías de seguros de manera extrajudicial, mediaciones y judiciales.
Reclamamos el daño del vehículo, moto, bici y tus lesiones actuales y futuras de ese accidente.-
Varias opciones para negociar tu indemnización.
Comunícate Angelo Romina (011) 4938-0204 ID 580*4867.-

AMPARO POR SALUD:Tenes problemas con las Obras Sociales, Medicinas Privadas, Programas Médicos Obligatorios???No te quie...
24/09/2015

AMPARO POR SALUD:
Tenes problemas con las Obras Sociales, Medicinas Privadas, Programas Médicos Obligatorios???
No te quieren cubrir prótesis, medicaciones, tratamientos, traslados, audífonos, sufrís una discapacidad???
Debes iniciar Juicio por Amparo a la salud, derecho fundamental a la VIDA, juicio simple y MUY BREVE. Comunicate: Angelo Romina (011) 4938-0204 ID 580*4867.-

DIVORCIO VINCULAR - Denominado nuevo divorcio exprés: * Se puede solicitar por uno o ambos cónyuges sin necesidad de aco...
24/09/2015

DIVORCIO VINCULAR - Denominado nuevo divorcio exprés:
* Se puede solicitar por uno o ambos cónyuges sin necesidad de acordar conjuntamente, ni invocar separación de hecho ni causal de culpabilidad, bastando la simple manifestación de voluntad de ruptura para obtener la sentencia de divorcio vincular.
• El divorcio puede plantearse en todo momento, sin requisito temporal alguno.
• Para que tenga andamiento el pedido de divorcio, el solicitante debe efectuar un proyecto de regulación sobre los siguientes temas: atribución de la vivienda familiar, distribución de los bienes, eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges y todo lo atinente a la patria potestad (responsabilidad parental), especialmente en materia de alimentos.
• La controversia que puede surgir sobre estos temas NO impide el dictado de la sentencia decretando el divorcio vincular.
• Posibilidad de fijar de común acuerdo o por decisión judicial una compensación económica para el cónyuge que quede objetivamente en desigualdad económica después del divorcio, basada en el principio de la solidaridad familiar.
• La posibilidad de que la atribución de la vivienda familiar (aún siendo un bien propio del otro cónyuge) al cónyuge que conviva con los hijos o tenga problemas de salud o económicos sea por convenio entre las partes o decisión judicial.
NO LO DUDES… TAMBIEN ES MUCHISIMO MAS RAPIDO, Y TRAE APAREJADO MAS BENEFICIOS PARA LA FAMILIA EN GENERAL
Comunicate: Angelo Romina 011 4938-0204 ID 580*4867

HOY COMIENZA A REGIR EL NUEVO CODIGO CIVIL…. A PARTIR DEL LUNES REGRESAMOS A LOS JUZGADOS CON NUEVOS DERECHOS, DEBERES Y...
24/09/2015

HOY COMIENZA A REGIR EL NUEVO CODIGO CIVIL…. A PARTIR DEL LUNES REGRESAMOS A LOS JUZGADOS CON NUEVOS DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES… AQUÍ ALGUNOS CAMBIOS:

1) Inicio de la vida. Es uno de los puntos más polémicos. Lo establece en la "concepción", al modificar el texto original a pedido de la Iglesia. El tema de la fertilización asistida se siguió debatiendo en Diputados y en junio de 2013 fue aprobada la nueva ley.
2) Unión convivencial. A la figura del matrimonio igualitario, que estará incorporada en el nuevo Código, se suma la de unión convivencial, que también estará regulada y otorgará a sus partes derechos similares a los del matrimonio.
3) Divorcio exprés. El nuevo Código determina que el matrimonio no deberá cumplir un plazo mínimo para deshacerse mediante divorcio. Y bastará con que uno de los cónyuges solicite el divorcio para que éste se pueda llevar a cabo.
4) Acuerdos prenupciales. Se contempla la posibilidad de que las parejas puedan acordar, antes del matrimonio, el modo en que se repartirán los bienes en caso de divorcio. Hasta ahora, los bienes adquiridos después del casamiento eran gananciales.
5) Apellidos. Los hijos podrán llevar como apellido tanto el de su madre como el de su padre. Si los progenitores no se ponen de acuerdo, el asunto se dirime por sorteo en el Registro Civil. Los padres podrán decidir si sus hijos llevarán como segundo apellido el de uno de ellos. También el interesado, con edad suficiente, podrá solicitar que se sume a su nombre el segundo apellido.
6) Adopción. El nuevo código modifica el estatuto de la adopción, permitiendo el acceso al derecho de personas solas o que no estén legalmente casadas. El juez debe resolver sobre la situación de adoptabilidad en 90 días.
7) Responsabilidad del Estado. Pasa al ámbito de aplicación del derecho administrativo, más benigno. Los casos prescriben a los tres años y cada provincia emite sus normas.
8) Sociedades comerciales. Con las nuevas normas, será posible formar una sociedad unipersonal, integrada por una sola persona, para favorecer a las pymes y microemprendedores. Deberá constituirse como una sociedad anónima.
9) Pesificación de los contratos. Las deudas contraídas en moneda extranjera podrán ser canceladas en pesos.
10) Barrios privados. Se elimina el procedimiento conocido como "bolilla negra" en los barrios privados; así, los countries ya no podrán negar la admisión de propietarios.

SUFRISTE ACCIDENTE EN EL COLECTIVO??? (TRANSPORTES PUBLICOS EN GRAL.!!!)SI TE ACCIDENTASTE SUBIENDO O BAJANDO DEL COLECT...
24/09/2015

SUFRISTE ACCIDENTE EN EL COLECTIVO???
(TRANSPORTES PUBLICOS EN GRAL.!!!)

SI TE ACCIDENTASTE SUBIENDO O BAJANDO DEL COLECTIVO O DURANTE TU VIAJE, TENES DERECHO A RECLAMAR INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS COMO ASI LESIONES SUFRIDAS POR EL MISMO.
RECLAMOS A TODAS LAS EMPRESAS DE COLECTIVOS: CORTA, MEDIANA Y LARGA DISTANCIA, COMO TAMBIEN TODAS LAS COMPAÑIAS DE SEGUROS O MUTUALES A LAS CUALES PERTENEZCAN LAS EMPRESAS.
CONCILIACIONES EXTRAJUDICIALES Y/O DEMANDAS JUDICIALES SEGÚN CORRESPONDA.
COMUNICATE, TU CONSULTA NO MOLESTA: DRA. ANGELO ROMINA (011) 4938-0204 ID 580*4867

SUFRISTE O SUFRIS UN ACCIDENTE DE TRABAJO???Si haces reclamo extrajudicial por medio de una mediación y acordamos el rec...
24/09/2015

SUFRISTE O SUFRIS UN ACCIDENTE DE TRABAJO???
Si haces reclamo extrajudicial por medio de una mediación y acordamos el reclamo, en cuestión de semanas estas cobrando!!!
Sino, iniciamos demanda judicial ante tu ASEGURADORA DEL RIESGO DEL TRABAJO (A.R.T.) Y de ser necesario o no a tu empleador...
NO te brindan la prestación?? rechazan tus siniestros?? No te brindan traslados?? Comunicate que intimamos mediante telegrama: Angelo Romina 011- 4938-0204 ID 580*4867.- TODAS LAS A.R.T.

VIOLENCIA FAMILIAR:Sufrís acosos, abusos, malos tratos físicos, verbales, psicológicos, económicos…Lo padecen en el vínc...
24/09/2015

VIOLENCIA FAMILIAR:
Sufrís acosos, abusos, malos tratos físicos, verbales, psicológicos, económicos…
Lo padecen en el vínculo familiar, nuevas formas de abordaje judicial, y pedido de medidas cautelares. Aplicación de nuevos derechos otorgados por el nuevo Código Civil. Asesoramiento… Comunicate: Angelo Romina 011-4938-0204 ID 580*4867.-

SOS EMPLEADA DOMESTICA???Tu trabajo esta regulado por Ley y tu empleador tiene la obligación de pagarte aportes JUBILATO...
24/09/2015

SOS EMPLEADA DOMESTICA???
Tu trabajo esta regulado por Ley y tu empleador tiene la obligación de pagarte aportes JUBILATORIOS, OBRA SOCIAL y A.R.T. Si no lo hacen y te despiden, te tienen que abonar indemnizaciones agravadas, que duplican su monto. Si aun estas trabajando en esas condiciones reclama tus derechos!!! CONTROLA SI ESTAS REGISTRADA EN LA CATEGORIA QUE TE CORRESPONDE POR TU LABOR!!!
Envio de telegramas, inscripciones ante ANSES, reclamos ante Ministerio de Trabajo. Comunicate: Angelo Romina 011-4938-0204 ID 580*4867.-

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1838

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