13/05/2024
Un pantallazo de la situación actual , respecto a los amparos contra las prepagas por el DNU 70/2023..
¿Qué hacer ahora luego del dictado de la Resolución 1/2024?
1. Quienes presentaron amparos individuales o adhirieron a los amparos colectivos del Hospital Italiano u OSDE, sean o no afiliados a las 7 prepagas individualizadas en la Resolución 1/2024, deben continuar con sus procesos judiciales hasta la finalización del mismo buscando la nulidad e inconstitucionalidad del DNU 70/2023 y de los aumentos de las prepagas desde el mes de enero.
Esto para tener una solución definitiva y conseguir la devolución del dinero cobrado de más.
Los que consiguieron cautelares deben exigir su cumplimiento porque en muchos casos el índice de actualización de la cautelar es menor (índice salarial, aumento de la jubilación, el 8,51 % mensual, etc.) al índice de la Resolución 1/2024, que es el IPC.
Los que no consiguieron cautelares y las prepagas no cumplan con la Resolución N° 1/2024 podrán exigir cautelarmente que las empresas cumplan en el marco de su amparo.
2. Los afiliados de las prepagas que quedaron fuera de la Resolución N° 1/2024 y no presentaron demanda judicial, no tienen otra alternativa para frenar los aumentos, que presentar su amparo individual, lo que implica una grave vulneración del principio de igualdad.
Los que son afiliados del Hospital Italiano ya no pueden adherir al amparo colectivo que tramita en el Juzgado Federal N° 2 de San Martín porque se terminó el plazo para presentar adhesiones. Pero sí pueden presentar un amparo individual y solicitar que tramite en el mismo juzgado acumulado a la causa colectiva aún teniendo domicilio en otras partes del país.
3. Los afiliados de las prepagas alcanzadas por la Resolución N° 1/2024 que no presentaron amparos individuales tienen dos opciones:
3.1. Esperar y ver si las prepagas cumplen.
3.2. Obtener una mayor protección presentando un amparo individual, considerando que la medida “cautelar” administrativa es transitoria por 6 meses, que las prepagas van a apelar y posiblemente no cumplan, que frente a incumplimientos resulta conveniente tener en trámite una causa judicial y que con la sentencia del amparo se puede lograr una solución definitiva a todos estos vaivenes e incertidumbres y recuperar de lo que se pagó demás con la declaración de la nulidad del DNU 70/2023 y de los aumentos desde diciembre.
Los afiliados de OSDE ya no pueden adherir al amparo colectivo que tramita en el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay (Entre Ríos) porque finalizó la etapa que permitía presentar adhesiones. Pero sí pueden presentar un amparo individual y solicitar que tramite en el mismo juzgado acumulado a la causa colectiva aún teniendo domicilio en otras partes del país.
CONSULTA!!!!