Estudio Jurídico ALT

Estudio Jurídico ALT Asesoramiento y gestión de reclamos por accidentes de transito en la vía publica.

Si sufriste lesiones seguí estos consejos...1) ANOTA LOS DATOS DEL AUTO QUE TE CHOCO: MARCA, MODELO, PATENTE Y TODO OTRO...
28/11/2022

Si sufriste lesiones seguí estos consejos...

1) ANOTA LOS DATOS DEL AUTO QUE TE CHOCO: MARCA, MODELO, PATENTE Y TODO OTRO DATO RELEVANTE. SÁCALE FOTO A TODO

2) TOMA NOTA DE LOS DATOS DEL CONDUCTOR (NOMBRE Y APELLIDO, NÚMERO DE DOCUMENTO, DOMICILIO, TELÉFONO, REGISTRO DE CONDUCIR) FOTO A TODO.

3) ANOTA EL NOMBRE DE LA ASEGURADORA, Y Nº DE PÓLIZA.

4) TOMA FOTOS DE LOS VEHÍCULOS, SI ES POSIBLE QUE SE DETALLE LA PATENTE DEL AUTO QUE TE CHOCÓ. SI INTERVIENEN VARIOS VEHÍCULOS A TODOS ELLOS.

5) SI HAY TESTIGOS, TOMA SUS DATOS. ANOTA Y SACA FOTOS DEL LUGAR LAS CALLES ALTURA Y DIRECCIÓN

6) ANDA A UN HOSPITAL O CLÍNICA, ATENDE LAS LESIONES, DESPUÉS PEDIS LA CONSTANCIA DE ATENCIÓN MEDICA. MAS ADELANTE LOS ESTUDIOS, DIAGNÓSTICO Y DEMAS DOCUMENTACIÓN QUE RESULTEN DE LAS LESIONES.

7) DESPUES VAS A TENER QUE DENUNCIAR EL ACCIDENTE A TU PROPIA COMPAÑÍA, DENTRO DE LAS PRIMERAS 72 HORAS, AUNQUE NO TENGAS SEGURO CONTRA TODO RIESGO.

Y MUY IMPORTANTE!!! TENES QUE SABER QUE SI NO TENIAS SEGURO AL MOMENTO DEL SINIESTRO, ESO NO TE IMPIDE HACER EL RECLAMO CORRESPONDIENTE A LA ASEGURADORA DE QUIEN TE CHOCÓ!
ASESORATE CON UN PROFESIONAL

Y no te olvides que podes contar con nosotros ante cualquier siniestro vial. Llamanos al 1131679464 y asesorate.
21/11/2022

Y no te olvides que podes contar con nosotros ante cualquier siniestro vial.
Llamanos al 1131679464 y asesorate.

MUY IMPORTANTE!!! Si un liquidador o un empleado de la compañía de seguros de conductor culpable le contacta, no contest...
19/01/2022

MUY IMPORTANTE!!!

Si un liquidador o un empleado de la compañía de seguros de conductor culpable le contacta, no conteste sus preguntas. Incluso si las preguntas de la persona parecen simples, tenga en cuenta que cualquier cosa que diga puede ser utilizado en su contra por la compañía de seguros. Como resultado, usted podría recibir mucho menos o la compañía de seguros podría rechazar su reclamo sobre la base de sus respuestas.

NUESTRA FORMA DE TRABAJO
El estudio pacta sus honorarios a resultado. La retribución de nuestros servicios depende del éxito de nuestra gestión

ASESORAMIENTO SIN CARGO
SIN ADELANTOS NI GASTOS.
¿QUIERE RECIBIR ASESORAMIENTO GRATUITO?
CONTÁCTENOS 1131679464

Recuerde que podrá reclamar al seguro del vehículo una indemnización por los daños que le haya causado. Tanto por las le...
15/01/2022

Recuerde que podrá reclamar al seguro del vehículo una indemnización por los daños que le haya causado. Tanto por las lesiones que sufra, como por los que se le causen al material o equipamiento que lleve.
En caso de que el contrario se haya dado a la fuga, necesitaremos algún dato para que se puedan hacer diligencias para identificarlo. Si no has podido anotar la matrícula, pregunta a los testigos todos los datos que recuerden (marca, modelo, color del vehículo, etcétera). Toma teléfono y datos de los testigos.
Para consultas envía WhatsApp al 1131679464.

15/08/2019

MUY IMPORTANTE!!!

Si un liquidador o un empleado de la compañía de seguros de conductor culpable le contacta, no conteste sus preguntas. Incluso si las preguntas de la persona parecen simples, tenga en cuenta que cualquier cosa que diga puede ser utilizado en su contra por la compañía de seguros. Como resultado, usted podría recibir mucho menos o la compañía de seguros podría rechazar su reclamo sobre la base de sus respuestas.

NUESTRA FORMA DE TRABAJO
El estudio pacta sus honorarios a resultado. La retribución de nuestros servicios depende del éxito de nuestra gestión

ASESORAMIENTO SIN CARGO
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15/08/2019

¿EN UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO QUIEN ES CULPABLE?
El quid de la cuestión, y del cual depende la atribución de responsabilidad emergente de un accidente de tránsito, radica en el esclarecimiento de quién ha sido el culpable del hecho.

Ahora bien, tal situación no es un factor determinante cuando el culpable cuente con una cobertura contra todo riesgo; en tal supuesto, su compañía tiene la obligación de responder por los daños ocasionados a las personas o cosas, independientemente de la culpabilidad del tomador del seguro.

Cuando ése no es el caso, la víctima de un accidente de tránsito deberá reclamar la debida indemnización a la compañía de seguros del culpable.

Recogiendo las inquietudes que cotidianamente nos manifiestan nuestros clientes, detallamos a continuación sus dudas más frecuentes relativas a quién es el culpable en tal o cual maniobra:

ACCIDENTES EN INTERSECCIONES. PRIORIDAD DE PASO.
La regla de oro es que todo conductor debe ceder siempre el paso en las intersecciones al que cruza desde su derecha.

No obstante, la prioridad del que viene por la derecha sólo se pierde ante:

La señalización específica en contrario.
Vehículos ferroviarios.
Vehículos del servicio público de urgencia, en cumplimiento de su misión.
Vehículos que circulan por una semiautopista. Antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener la marcha.
Los peatones que cruzan lícitamente la calzada por la senda peatonal o en zona peligrosa señalizada como tal, debiendo el conductor detener el vehículo si pone en peligro al peatón.
Cuando se circula por una rotonda, la circulación a su alrededor será ininterrumpida sin detenciones y dejando la zona central no transitable de la misma, a la izquierda. Tendrá la prioridad de paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar debiendo cederla al que egresa, salvo que exista señalización en contrario.

Si se dan juntas varias excepciones, la prioridad es según el orden indicado.

En los siguientes casos, no rigen las excepciones y siempre se debe ceder el paso:

Se desemboque desde una vía de tierra a una pavimentada.
Se circule al costado de vías férreas, respecto del que sale del paso a nivel.
Se haya detenido la marcha o se vaya a girar para ingresar a otra vía.
Se conduzcan animales o vehículos de tracción a sangre.

ACCIDENTES POR INFRACCIONES DE TRÁNSITO
La comisión de una infracción de tránsito no es un factor determinante para atribuir responsabilidad. Sin perjuicio de esto, es claro que en casi todos los casos el accidente va a ser consecuencia de la maniobra del infractor.

COLISIÓN DESDE ATRÁS
Aquí rige otra regla de oro, siempre la culpabilidad la tiene quien embiste desde atrás, toda vez que no guardó la distancia necesaria que la habría permitido frenar y evitar el accidente.

CAMBIO DE CARRIL
Es el caso de dos vehículos que circulan en la misma dirección por carriles diferentes y, súbitamente, uno de ellos invade el carril del otro ocasionando una colisión.
En este supuesto, el culpable será quien realizó la maniobra riesgosa.

ACCIDENTE AL GIRAR EN “U”
Este tipo de maniobra requiere la mayor prudencia, toda vez que es causal de una de las mecánicas de accidentes más habituales. Por eso es que, actualmente, se considera que siempre será culpable el conductor del vehículo que esté girando en “U”.

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15/08/2019

¿Qué hacer en caso de accidente de tránsito?

1) Lo importante a realizar, en caso de lesiones es, en el momento inmediato posterior a un accidente de tránsito es llamar por asistencia médica al same o 911.

2).Una vez efectuado este primer paso, debe tomar los datos de los vehículos o personas intervinientes (nombre, apellido, DNI, Domicilio, numero de registro de conducir, número de teléfono, marca del vehículo, modelo, color, patente, compañía de seguros, número de póliza y titular del mismo)

3).Asimismo también debe tomar los datos del lugar del accidente, fecha, horario, intersección de las calles, condiciones climatológicas (día soleado, lluvia, niebla, etc). Si existen señales de tránsito, semáforos, cunetas, lomos de b***o, señalización especial, etc.

4).Si el accidente ocurrió mientras Ud. estaba siendo transportado en un colectivo, micro, tren, remis, taxi, conserve su ticket, o boleto y tome los datos del interno, matricula del taxi y/o cualquier otro dato que permita individualizar la unidad.

Si pago con la tarjeta SUBE es posible efectuar el reclamo, pues se pueden obtener los datos posteriormente.

5).Si posee teléfono celular, intente sacarle fotografías a los vehículos intervinientes, la posición en la que quedaron luego del siniestro.
Si hubo testigos que presenciaron el hecho, solicítele sus datos y sus teléfonos.

6).Plazo para efectuar la denuncia ante la compañía de seguros.
Con todos estos datos deberá, efectuar la denuncia pertinente ante su compañía de seguros en el plazo de 72 hs. Hábiles. Siempre es necesario efectuar denuncia por mas intrascendente que haya sido el siniestro, para evitar posibles declinaciones de cobertura por parte de la compañía.

«««Consejos útiles»»»

No acepte ni reconozca en forma expresa responsabilidad alguna en el evento.
No firme ningún documento sin nuestro previo asesoramiento.
La atención médica es elemental tanto para su pronta recuperación física, como para efectuar el correspondiente reclamo por las lesiones padecidas.
Es importante que usted no se contacte con los representantes de la aseguradora de la otra parte hasta que usted no haya consultado a un abogado.

¿Qué sucede si tengo lesiones leves?

En muchos accidentes, las lesiones se manifiestan no en forma inmediata. Por eso aconsejamos dirigirse a cualquier hospital o clínica y realizarse por guardia estudios pertinentes que descarten lesiones importantes, ya que también tendrá derecho a reclamar aun cuando las lesiones sufridas sean leves. Una vez que sea visto por el médico de guardia deberá solicitarle certificado con diagnostico.

Plazo para el inicio del reclamo

El plazo para el inicio de reclamos en casos de accidentes de tránsito entre automotores particulares es de 3 años, desde la fecha del accidente.

«Costos»

Nuestro estudio jurídico adelanta todos los gastos necesarios para la gestión del reclamo, ya sea extrajudicial o judicial.

¿Es necesario que se otorgue un poder a los abogados del estudio?

No. Sin embargo en algunos casos es conveniente a efectos de agilizar el tramite. En tales casos utilizamos poderes que solo nos facultan a desarrollar el juicio, con lo cual al momento de cobrar solo usted podrá hacerlo. Esto hace a la transparencia de nuestra labor.

15/08/2019

!!!ACCIDENTES DE TRÁNSITO!!!!
MOTO / AUTO / PEATÓN O TRANSPORTADO, OFRECEMOS EL MEJOR SERVICIO PARA INICIAR EL RECLAMO ANTE LAS COMPAÑIAS DE SEGURO.
¿QUÉ HAGO SI TENGO UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO.
1) SOLICITE ASISTENCIA MÉDICA Y CONTÁCTESE CON LA POLICÍA (911). ANOTE LUGAR, FECHA Y HORA DEL ACCIDENTE.

2) ANOTE LOS DATOS DEL VEHÍCULO: MARCA, MODELO, PATENTE Y TODO OTRO DATO RELEVANTE.

3) TOME NOTA DE LOS DATOS DEL CONDUCTOR (NOMBRE Y APELLIDO, NÚMERO DE DOCUMENTO, DOMICILIO, TELÉFONO, REGISTRO DE CONDUCIR)

4) ANOTE EL NOMBRE DE LA ASEGURADORA, Y Nº DE PÓLIZA.

5) TOME FOTOGRAFÍAS, SI EL POSIBLE QUE SE DETALLE LA PATENTE.

6) SI HAY TESTIGOS, TOME SUS DATOS.

7) SI EL ACCIDENTE INVOLUCRA SU AUTOMÓVIL O MOTOCICLETA, INFORME DEL ACCIDENTE A SU PROPIA COMPAÑÍA TAN PRONTO COMO PUEDA, DENTRO DE LAS PRIMERAS 72 HORAS, AUNQUE NO TENGA SEGURO CONTRA TODO RIESGO.

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