24/02/2022
SIMULACIÓN Y FRAUDE LABORAL
⬇️Algunos de los frecuentes engaños laborales ⬇️
• SIMULACIÓN: Contratar un profesional en calidad de monotributista y con contrato civil de locación de servicios profesional a cambio de honorarios, cuando en realidad la prestación es continua y bajo la dirección y observancia del empleador, cumpliendo horarios.
Socio empleado, cooperativa de trabajo, interposición de empleado empleador.
• FRAUDE: Un trabajador tiene varios contratos temporales seguidos. En realidad se trata de un contrato típico, pero el empleador busca evitar indemnización por despido.
Trabajo en negro, cambio de fecha de ingreso, etc.
👨⚖️Sanción Legal prevista para estas situaciones: La Ley de Contrato de Trabajo determina la nulidad de todo contrato en que las partes hayan procedido con simulación o fraude a la ley laboral, quedando dicha relación regida por la mencionada ley.
Finalmente, lo que va a tenerse en cuenta en una controversia, es la real situación que se produce en los hechos, es decir, la realidad prevalece sobre la apariencia, lo que se conoce como PRINCIPIO DE PRIMACIA DE LA REALIDAD.
⚠️POR LO TANTO, si te encontrás en alguna de las situaciones mencionadas, CONSULTÁNOS📲
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