Reclamos Laborales - Accidentes De Trabajo - Accidentes in Itinere

Reclamos Laborales - Accidentes De Trabajo - Accidentes in Itinere Nuestro Estudio brinda asesoramiento al trabajador en todos los asuntos concernientes a sus derechos laborales.-

20/05/2016

LICENCIA POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE DE TRABAJO:

Todo empleador está obligado a otorgar licencia a sus trabajadores en caso de enfermedad o accidente de trabajo.
La Ley de Contrato de Trabajo prevé un lapso máximo de licencia paga. En el caso que la enfermedad o accidente esté cubierta por la ART el pago está a su cargo; en caso contrario el pago está a cargo del empleador.
Ese plazo máximo es de 3, 6 o 12 meses, según los casos, y se computa en forma independiente por cada enfermedad o accidente.

* PLAZO MÁXIMO DE LICENCIA.

La extensión del plazo máximo depende de la antigüedad de trabajador y de si tiene cargas de familia, según el siguiente esquema:
- Trabajador con menos de cinco (5) años de antigüedad y sin cargas de familia: plazo máximo de licencia por cada enfermedad o accidente: tres (3) meses.

- Trabajador con cinco (5) años o más de antigüedad y sin cargas de familia: plazo máximo de licencia por cada enfermedad o accidente: seis (6) meses.

- Trabajador con menos de cinco (5) años de antigüedad y con cargas de familia: plazo máximo de licencia por cada enfermedad o accidente: seis (6) meses.

- Trabajador con cinco (5) años o más de antigüedad y con cargas de familia: plazo máximo de licencia por cada enfermedad o accidente: doce (12) meses.

* CONSERVACIÓN DEL PUESTO:

Vencidos los plazos indicados, si el trabajador no estuviera en condiciones de volver a su empleo, el empleador deberá conservárselo durante el plazo de 1 (un) año. Vencido dicho plazo, la relación puede ser rescindida sin responsabilidad indemnizatoria.

* REINTEGRO AL TRABAJO CON DISMINUCIÓN EN LA CAPACIDAD LABORAL.
Vigente el plazo de conservación del empleo, si del accidente o enfermedad resultase una disminución definitiva en la capacidad laboral del trabajador y éste no estuviere en condiciones de realizar las tareas que anteriormente cumplía, el empleador deberá asignarle otras que pueda ejecutar sin disminución de su remuneración.

* CASO EN QUE EL EMPLEADOR NO PUEDE ASIGNARLE TAREAS ACORDES A SU CAPACIDAD.
Si el empleador no pudiera dar cumplimiento a esta obligación por causa que no le fuera imputable, el contrato laboral se extingue debiendo abonar al trabajador una indemnización igual al 50% de la que correspondería por despido sin causa.

* CASO EN QUE EL EMPLEADOR NO LE ASIGNA TAREAS ACORDES A SU CAPACIDAD, PUDIENDO HACERLO.
Si estando en condiciones de hacerlo no le asignare tareas compatibles con la aptitud física o psíquica del trabajador, estará obligado a abonarle una indemnización igual a la establecida para despido sin causa.

* INCAPACIDAD ABSOLUTA.
Cuando de la enfermedad o accidente se derivara incapacidad absoluta para el trabajador, el empleador deberá abonarle una indemnización de monto igual a la establecida para despido sin causa.

Este beneficio no es incompatible y se acumula con los que los convenios colectivos puedan disponer para tal supuesto.

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10/05/2016

Las ART se deberán hacer cargo de las enfermedades lumbares producidas por el trabajo

El trabajador podrá reclamar como lesión laboral cuando tenga :

* Hernia inguinal directa, mixta o dentro del grupo de las crurales, por tareas en las se requiera carga física, dinámica o estática, con aumento de la presión intraabdominal al levantar, trasladar, mover o empujar objetos pesados.

* Para las várices primitivas bilaterales, se considerará enfermedad profesional si el trabajador realiza tareas donde su desarrollo requiera la permanencia prolongada en posición de pie, estática y/o con movilidad reducida.

10/05/2016
10/05/2016

Si fuiste a trabajar y no te dejaron entrar, tenés que pedir asistencia de inmediato a un abogado y enviar un telegrama.
No dejes que te impidan trabajar sin hacer nada al respecto. Asesorate con nosotros!

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¿Sabías que una lesión provocada por una mala postura en tu trabajo está amparada por la ART (Aseguradora de Riesgos de ...
10/05/2016

¿Sabías que una lesión provocada por una mala postura en tu trabajo está amparada por la ART (Aseguradora de Riesgos de Trabajo)?
Contactate con nosotros para que podamos ayudarte.
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Feliz Día del Trabajador para todos.
01/05/2016

Feliz Día del Trabajador para todos.

El trabajador podrá reclamar como lesión laboral cuando tenga una hernia inguinal directa, mixta o dentro del grupo de l...
21/04/2016

El trabajador podrá reclamar como lesión laboral cuando tenga una hernia inguinal directa, mixta o dentro del grupo de las crurales, por tareas en las se requiera carga física, dinámica o estática, con aumento de la presión intraabdominal al levantar, trasladar, mover o empujar objetos pesados.

Para las várices primitivas bilaterales, se considerará enfermedad profesional si el trabajador realiza tareas donde su desarrollo requiera la permanencia prolongada en posición de pie, estática y/o con movilidad reducida.

NO DEJE QUE LA ART LE DIGA QUE ES UNA ENFERMEDAD PREEXISTENTE O NO INCULPABLE.-
RECLAME SUS DERECHOS.-
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21/04/2016

¿Qué se entiende por enfermedad profesional?

Es la patología adquirida por el trabajador dentro del ambiente laboral que por las características y modalidad de la tarea realizada, produce un daño psíquico y/o físico en su salud y lo incapacita para cumplir con su trabajo habitual.


NO DEJE QUE LA ART LE DIGA QUE ES UNA ENFERMEDAD PREEXISTENTE O NO INCULPABLE.-
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16/04/2016

Las Hernias de Disco son una enfermedad profesional reconocida por el decreto 49/2014.
NO DEJE QUE LA ART LE DIGA QUE ES UNA ENFERMEDAD PREEXISTENTE O NO INCULPABLE.-RECLAME SUS DERECHOS.-

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Reclama lo que te corresponde!Consulta sin cargo y sin compromiso, podes llamarnos o escribirnos por MENSAJE PRIVADO y N...
16/04/2016

Reclama lo que te corresponde!
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16/04/2016

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