27/03/2026
👇 Te contamos un poco más.
La sucesión tiene lugar a partir del fallecimiento de una persona, a los fines que sus herederos establecidos por ley o testamento puedan ser declarados judicialmente como tales a través del Proceso Sucesorio respectivo, y ejercer los derechos que les asisten en tal carácter sobre los bienes del fallecido.
¿Quiénes heredan en la República Argentina?
• Los herederos forzosos, que son en primer término los descendientes y cónyuge, y a falta de los primeros los ascendientes de la persona que fallece.
• Los herederos no forzosos que heredan si no hay testamento ni herederos forzosos. Son los demás parientes hasta el cuarto grado inclusive, es decir, los hermanos, sobrinos, tíos y primos.
• Los herederos y legatarios testamentarios que son aquellos a los que la persona fallecida los instituye herederos o les asigna un bien particular, mediante un testamento.
¿Qué se necesita para poder iniciar una sucesión?
• Partida de defunción del causante.
• Partidas de todos los interesados a ser parte del proceso sucesorio, a los fines de acreditar el vínculo (Partida de matrimonio, de nacimiento, etc).
• Fotocopia de DNI de los peticionantes.
• Título de propiedad de los bienes que se quieren heredar.
• Testamento, en caso de que sea una sucesión testamentaria.
Una vez obtenida la totalidad de la documentación, mediante escrito redactado por un abogado, se promueve el juicio sucesorio con el fin de obtener la “DECLARATORIA DE HEREDEROS”.
Lugar de Inicio:
El juez competente va a ser el del último domicilio del causante.
Gastos de Inicio y Honorarios:
Es importante establecer desde un primer momento los gastos que conlleva el juicio sucesorio y los honorarios por la actuación profesional.
En este último caso, se sugiere que los honorarios del abogado sean establecidos claramente y por escrito con antelación, para evitar desavenencias posteriores fundadas en el valor de los bienes, la interpretación de leyes arancelarias, etc..
Esto da claridad al trabajo del abogado y tranquilidad a los herederos que solicitan este trámite judicial, que ya saben de antemano y por escrito el importe total que deben abonar.