15/09/2020
• Legítima defensa •
Debido a varios casos que han tomado relevancia mediática, comenzó el debate de qué es legítima defensa y qué no. Más allá de distintas conjeturas y pensamientos expuestos en estos debates, lo importante es saber qué dice nuestro código penal. Por eso, asumimos nuestro rol brindando esta información.
La legítima defensa es una causa de justificación que no hace desaparecer el delito sino que convierte a la conducta penalmente típica en permitida ante la presencia de determinadas circunstancias.
En nuestro caso: la existencia de una agresión ilegítima por parte del atacante, la necesidad y proporcionalidad del acto defensista y la falta de provocación por parte de quien se defiende. Sólo en aquellos casos en los que exista una conducta encuadrable en una norma del Código Penal pero que se vea alcanzada por estos tres requisitos -ninguno de ellos podrá faltar- podremos afirmar que se actuó en legítima defensa.
¿Qué significan cada uno de sus elementos?
~ El primer elemento requerido es la existencia de una agresión ilegítima llevada a cabo contra quien se defiende o un tercero. Es unánime la doctrina y la jurisprudencia al afirmar que no se requiere que esa agresión sea delictiva, es decir, no resulta indispensable que encuadre en un tipo penal.
~ Contra esa agresión se debe presentar una acción de defensa que sea necesaria, es decir, que sin ella no se hubiera podido salvar el bien jurídico defendido o en todo caso amortiguar el ataque en su contra. Además de necesaria, esa defensa debe ser proporcional, es decir, tener una relación comparativa con respecto al ataque. Por ejemplo, frente a una trompada no podré defenderme legítimamente con una bazuca y matar al atacante; si bien esa conducta puede llegar a ser necesaria ya que quizás no tenía otra forma de defenderme de la trompada, nunca será proporcional porque con un medio menos lesivo podría haber obtenido el mismo resultado.
~ Finalmente, existe un requisito negativo que es la falta de provocación por parte de quien se defiende contra quien lo agredió ilegítimamente. Es decir, quien emprende la acción de defensa no debe haber generado, él mismo, esa agresión ilegítima de la que luego pretende defenderse.
Por eso, si vos o alguien cercano se encuentra en una situación similar, contactate con nosotros y buscá asesoramiento legal. Contamos con un equipo de profesionales dispuestos a ayudarte.