Estudio Jurídico Dr. Alejandro Vara & Asociados

Estudio Jurídico Dr. Alejandro Vara & Asociados Estudio Jurídico Integral. Civil, Penal, Laboral, Familia. Reclamos extrajudiciales a compañías d Integrado por los Dres. Nuestro sistema de trabajo es simple.

Alejandro Vara (penal), y Federico Gosella (civil), nuestro estudio jurídico cuenta con profesionales con más de 30 años de experiencia laboral. En fuero provincial, ejercemos la profesión en todos los departamentos judiciales de la provincia de Buenos Aires y en fueros Federales ejercemos la profesión en todo el territorio de la República Argentina. Honestidad y Seriedad son las dos primeras cual

idades que nos definen. Profesionalismo y Conocimiento son las dos cualidades siguientes. Nuestros teléfonos se hallan a disposición de nuestros clientes las 24 horas del día los 365 días del año, - solo para urgencias claro está - para consultas de tramite contamos con horarios de atención de 10 a 14 y de 16 a 20 horas. No vendemos resultados..! Proporcionamos servicios de asesoramiento jurídico de alta calidad. Si usted busca garantía de éxito se ha equivocado de estudio. Ningún profesional serio puede garantizar el éxito de su gestión. Para el ejercicio profesional en provincias ajenas a la de Buenos Aires no dude en consultarnos, podemos atender sus inquietudes en forma personal o derivarlo con profesionales que se rigen por nuestros mismos principios rectores en todo el territorio de la República Argentina.

14/10/2016
11/10/2016

Policiales 2016-10-10T02:22:00+00:00

¿Cuáles son los requisitos para circular con bicicletas? Timbre o similar, luces, guardabarros, y CASCO, entre otros (le...
31/05/2016

¿Cuáles son los requisitos para circular con bicicletas? Timbre o similar, luces, guardabarros, y CASCO, entre otros (ley 24.449 art. 40bis).

http://www.luchemos.org.ar/revistas/articulos/rev37/Prevencincascoenbici.pdf

16/05/2016

Para iniciar reclamo extrajudicial contra Aseguradora:

¿Que datos deben requerirse en ocasión de producirse un accidente de tránsito?

Todos aquellos que permitan reconocer los vehículos - números de patente, datos personales de los conductores, domicilios y teléfonos -. Es importante asimismo pedir información respecto de las Aseguradoras y números de pólizas. Estos datos son de suma importancia si el accidentado decide entablar un reclamo para obtener la indemnización por el daño sufrido.

¿Que plazo tiene el accidentado para realizar el reclamo ante la Compañía de Seguros del tercero?

La ley establece un plazo máximo de dos años para realizar el reclamo por los daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, iniciándose el computo del mismo en la fecha de ocurrencia del hecho. Dentro de ese termino el damnificado puede optar por la vía de reclamo que estime mas conveniente, vencido el plazo mencionado se extingue el derecho para reclamar.

¿Si se acepta el ofrecimiento formulado por la Compañía de Seguros, es posible obtener del tercero algún resarcimiento?

No, la percepción del resarcimiento de la Aseguradora implica la renuncia al ejercicio de cualquier derecho contra el tercero involucrado, la naturaleza misma del Contrato de Seguro procura liberar al asegurado de las consecuencias económicas del siniestro.

¿Por qué promover un reclamo administrativo y no una mediación por el daño sufrido?

El reclamo administrativo se convierte en una instancia previa que permite a las partes superar sus diferencias, analizando las múltiples circunstancias en que se basa la pretensión y arribar a una solución circunscripta, en la mayoría de los casos, al resarcimiento de los daños sufridos.

¿Conviene involucrar a un abogado en la formulación del reclamo?

Siempre va a ser mejor que un abogado se encargue de la realización y el seguimiento del reclamo, puesto que es quien está mejor capacitado para asegurar que se lo indemnice debidamente por el siniestro sufrido. La compañia SIEMPRE va a querer pagar lo menos posible, para eso trabajan sus abogados y, si no se está familiarizado con el procedimiento, lo más probable es que termine cerrando por un monto mucho menor al que le corresponde.

El alcohol es una de las principales causas de accidentes de tránsito con mu***os y heridos graves. Invitamos a que lean...
12/05/2016

El alcohol es una de las principales causas de accidentes de tránsito con mu***os y heridos graves. Invitamos a que lean el siguiente informe de la asociación civil "Luchemos por la vida":

http://www.luchemos.org.ar/revistas/articulos/rev30/pag17.pdf

09/05/2016

Abogados especialistas en Civil, Penal y Laboral. Reclamos por accidentes de tránsito.

SU CONSULTA NO MOLESTA.

Tel: 221-458-1011 - 221 (15) 601-3401 - 221 (15) 498-4428 - 221 (15) 572-8504

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