25/07/2019
Accidentes de Trabajo
El trabajador tiene cobertura de su ART ante cualquier accidente que tenga en su trabajo o en el trayecto de su casa al trabajo, o de éste a su casa (denominado accidente “in itinere”).
En caso de sufrir cualquier tipo de accidente la ART debe otorgarle un tratamiento médico rápido, adecuado y eficiente para su lesión, y posteriormente otorgar una indemnización económica por las secuelas que tuviera con motivo del siniestro.
Durante el tiempo que el trabajador se encuentra incapacitado para retomar las tareas la ART debe abonarle el salario en forma total, en caso de no hacerlo, o hacerlo en forma parcial, es necesario reclamar a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo que de cumplimiento a su obligación.
Para reclamar a la ART la indemnización por las secuelas de un accidente de trabajo, el empleado tiene un plazo de dos años desde la fecha del accidente, pudiendo ampliarse por algunas circunstancias.
El trabajador no registrado, o “en negro”, también tiene derecho a recibir las prestaciones médicas e indemnizaciones en caso de sufrir un accidente de trabajo.
Ante el rechazo o alta médica dada por la ART el trabajador puede solicitar a la Comisión Médica el reingreso si considera que aún se encuentra lesionado por el accidente sufrido en su trabajo o en el trayecto al mismo.