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El DNU 320/2020 del 29/03/2020, establece el congelamiento de alquileres, prórroga de los plazos contractuales y suspens...
30/04/2020

El DNU 320/2020 del 29/03/2020, establece el congelamiento de alquileres, prórroga de los plazos contractuales y suspensión de desalojos.

PARTE I: Suspensión de desalojos
El decreto suspende hasta el 30/09/2020 la ejecución de las sentencias judiciales sobre desalojo de los inmuebles individualizados en el artículo 9° del presente decreto, siempre que el juicio se haya promovido por la falta de pago de alquileres y desde luego, aunque la norma no lo dice, de los accesorios que lo integran, conforme al art. 1208 CCyC (ABL, expensas del la P.H., etc.).
El art. 9º incluye taxativamente a los contratos relativos a inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural (no aclara si deben ser de ocupación permanente); habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares. Inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias; inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; inmuebles locados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión; los alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria y los alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).
La norma suspende las ejecuciones de sentencia que disponen los lanzamientos ya ordenados que no se hubieran realizado hasta el 30/03/2020, fecha de entrada en vigencia del DNU.
La suspensión ordenada no alcanza a la tramitación de los procesos de desalojo ni de ejecución de alquileres, los cuales seguirán sus trámites ordinarios. Lo que se suspende son las ejecuciones de las sentencias que ordenan los lanzamientos.
Suspensión de plazos: Se dispuso la suspensión de los plazos de prescripción en los procesos de ejecución de sentencia respectivos, hasta el 30/03/2020, comprendiendo esto desde luego, también a los plazos procesales.

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04/03/2020

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29/02/2020

Te ayudamos a seleccionar el mejor locatario y fiador, efectuando un análisis de ingresos y capacidad de pago, solicitando informes al BCRA y certificados al Registro de la Propiedad.
Contratos ajustados a las últimas disposiciones en materia de locación.

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27/02/2020

¿Tenés alguna propiedad en alquiler o como futuro locatario tenés alguna duda sobre el contrato de locación?
Brindamos asesoramiento legal, y confeccionamos el contrato de alquiler, la rescisión, prorroga o renovación del mismo.

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31/08/2018

Información importante!

En este sentido, las personas que cobran anticipadamente y sí aceptaron la propuesta tienen 30 días más para designar un abogado y firmar el acuerdo con huella digital para finalizar el trámite.

29/08/2018
05/06/2018

NUEVO REGLAMENTO PARA LAS PRESENTACIONES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.
http://www.calp.org.ar/wp-content/uploads/2018/06/Pautas-interpretativas-3886.pdf

Si necesitas asesoramiento no dudes en consultarnos!
29/05/2018

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27/04/2018

La Corte Suprema decidió que no toda prestación de servicios de un particular para una empresa reviste carácter laboral

El máximo tribunal destacó que la mera prestación de servicios para una empresa no implica que la relación sea dependiente y remarcó la vigencia indiscutible de la figura de la locación de servicios en el derecho argentino. Lo hizo en el caso de un médico neurocirujano demandó al hospital en que trabajaba aduciendo que el vínculo que lo unía a la institución era de carácter laboral, la Cámara del Trabajo había aceptado el planteo con fundamento en que “el contrato de locación de servicios no existe más en ningún ámbito del derecho”.

Fallo: https://bit.ly/2HoNvwx

25/04/2018

¿Sabías que Anses extendió hasta el 30/06/2018 el plazo para aceptar el acuerdo por Reparación Histórica?
Si en el marco de la Reparación Histórica estás cobrando una mejora en tus ingresos sin haber hecho trámite previo, tenés que expresar formalmente la aceptación del incremento antes de esa fecha.
Consultanos!

¿Necesitas asesoramiento? Consultanos y te asesoramos sin cargo.
23/04/2018

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06/04/2018

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