Estudio Jurídico Gonzalvez & Asociados

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27/05/2026
El cierre de la saga. El 17 de abril, el Juez Ojeda rechazó la inhibitoria del CAF N°12 y ratificó la competencia de la ...
22/04/2026

El cierre de la saga. El 17 de abril, el Juez Ojeda rechazó la inhibitoria del CAF N°12 y ratificó la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en la causa CGT c/ Estado Nacional sobre la Ley 27.802.

El recorrido en cuatro hitos:
— 30/3: Ojeda dicta la cautelar con alcance federal.
— 6/4: Revoca parcialmente sobre el art. 55.
— 10/4: El CAF N°12 se declara competente y pide inhibición.
— 17/4: Ojeda rechaza la inhibitoria y ratifica su competencia.

Los argumentos son sólidos: el art. 21 inc. a) de la Ley 18.345 no fue modificado, la materia es derecho social y no público, y el CAF no tiene versación para juzgar huelga, convenios y libertad sindical.

El argumento más poderoso es convencional: la CIDH en la Opinión Consultiva 27/21 consagró que el acceso a la justicia laboral requiere jurisdicción especializada. Desplazar la causa al CAF pondría al Estado en situación de responsabilidad internacional.

La contienda sube a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. La cautelar sigue vigente.

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La disputa por la Ley 27.802 se trasladó a una batalla procesal clave: ¿quién tiene competencia para decidir? El Juzgado...
15/04/2026

La disputa por la Ley 27.802 se trasladó a una batalla procesal clave: ¿quién tiene competencia para decidir?

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 hizo lugar a la inhibitoria del Estado y le pidió al JNT N°63 que le remita la causa de la CGT.

Los argumentos del Estado: el demandado es el Estado Nacional (fuero federal obligatorio), la acción es declarativa de derecho público, y el art. 79 de la misma Ley 27.802 prohíbe expresamente a la Justicia del Trabajo intervenir cuando el Estado es parte.

Dato clave: la cautelar de Ojeda sigue plenamente vigente hasta que él mismo se expida. El conflicto de competencia no la suspende.

Y el dato más técnico: si Ojeda sostiene su competencia y se genera contienda, la Ley 26.854 podría desplazar la resolución final a la Cámara CAF — y no a la CSJN como sería lo habitual.

El fuero donde tramite la causa define el clima jurídico en que se debatirá la validez de la Ley 27.802. La JNT tiene cultura protectoria. El CAF no necesariamente.

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La disputa por la Ley 27.802 se trasladó a una batalla procesal clave: ¿quién tiene competencia para decidir? El Juzgado...
15/04/2026

La disputa por la Ley 27.802 se trasladó a una batalla procesal clave: ¿quién tiene competencia para decidir?

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 hizo lugar a la inhibitoria del Estado y le pidió al JNT N°63 que le remita la causa de la CGT.

Los argumentos del Estado: el demandado es el Estado Nacional (fuero federal obligatorio), la acción es declarativa de derecho público, y el art. 79 de la misma Ley 27.802 prohíbe expresamente a la Justicia del Trabajo intervenir cuando el Estado es parte.

Dato clave: la cautelar de Ojeda sigue plenamente vigente hasta que él mismo se expida. El conflicto de competencia no la suspende.

Y el dato más técnico: si Ojeda sostiene su competencia y se genera contienda, la Ley 26.854 podría desplazar la resolución final a la Cámara CAF — y no a la CSJN como sería lo habitual.

El fuero donde tramite la causa define el clima jurídico en que se debatirá la validez de la Ley 27.802. La JNT tiene cultura protectoria. El CAF no necesariamente.

¿Tenés una causa laboral activa? Comentá CGT y te explicamos el impacto.

¿Los repartidores de Rappi son trabajadores dependientes?La Suprema Corte bonaerense lo acaba de confirmar: SÍ.El 9 de a...
10/04/2026

¿Los repartidores de Rappi son trabajadores dependientes?

La Suprema Corte bonaerense lo acaba de confirmar: SÍ.

El 9 de abril de 2026, la SCBA rechazó el recurso extraordinario de Rappi Argentina S.A.S. y dejó firme la multa de $16.426.800 que le impuso el Ministerio de Trabajo de la Provincia por no registrar a sus riders ni cumplir la legislación laboral y de seguridad social.

Una victoria clave para todos los trabajadores de plataformas de delivery en Buenos Aires.

📌 SCBA, L. 128.287 — RS-36-2026

LaboralPBA EstudioGonzalvez

Fallo de hoy — 6/4/2026. El JNT N°63 revocó por contrario imperio la medida cautelar que suspendía el art. 55 de la Ley ...
06/04/2026

Fallo de hoy — 6/4/2026.

El JNT N°63 revocó por contrario imperio la medida cautelar que suspendía el art. 55 de la Ley 27.802 en todo el país.

El argumento es sofisticado: un estudio de campo en la Red Académica de Jueces del Trabajo reveló que en 11 provincias — incluyendo Buenos Aires — el piso del art. 55 supera la tasa de actualización local vigente. Para esos trabajadores, la cautelar los perjudicaba.

Importante: solo se revocó la suspensión del art. 55. El resto de la cautelar sobre los demás artículos cuestionados de la Ley 27.802 sigue vigente.

En La Plata, el criterio es variado. Varios Tribunales del Trabajo ya declararon inconstitucional el art. 55 en casos concretos — y esos fallos siguen siendo válidos.

La batalla no terminó. Se desplazó a cada expediente.

¿Tenés una causa laboral en trámite? Comentá LEY y analizamos el impacto concreto.

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📋 COPIAR Y PEGAR — CAPTION ESTUDIOLa Justicia Nacional del Trabajo dictó una medida cautelar a favor de la CGT y suspend...
30/03/2026

📋 COPIAR Y PEGAR — CAPTION ESTUDIO
La Justicia Nacional del Trabajo dictó una medida cautelar a favor de la CGT y suspendió los efectos de los artículos más regresivos de la Ley 27.802.

Se protegen principios fundamentales del Derecho del Trabajo: el in dubio pro operario, la dignidad como límite al empleador, la solidaridad en tercerizaciones y la protección a trabajadores de plataformas.

En materia sindical: se frenan las limitaciones al derecho de asamblea y huelga, se mantiene la ultraactividad de los convenios colectivos y se impide la modificación in pejus.

El fundamento técnico es claro: la reforma no superó el test de progresividad y no regresividad. La Constitución Nacional no enuncia derechos huecos.

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Fallo reciente: la Sala 7 de la Cámara del Trabajo de Córdoba declaró inconstitucional el art. 56 de la Ley 27.802, que ...
29/03/2026

Fallo reciente: la Sala 7 de la Cámara del Trabajo de Córdoba declaró inconstitucional el art. 56 de la Ley 27.802, que autorizaba pagar indemnizaciones laborales en hasta 12 cuotas.

El fundamento es claro y contundente: el crédito laboral tiene naturaleza alimentaria. No se fracciona. No se difiere. No se licúa.

La doctrina es sólida: el trabajador es sujeto de preferente tutela constitucional — CSJN, Vizzoti 2004. Esa tutela es incompatible con el fraccionamiento del pago de una sentencia firme.

Y la paradoja que el fallo deja al descubierto: el trabajador no está obligado a financiar el incumplimiento de quien no pagó.

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La Justicia volvió a poner frenos a la Ley 27.802. Esta vez suspendió artículos que limitaban la ultraactividad de los c...
28/03/2026

La Justicia volvió a poner frenos a la Ley 27.802.

Esta vez suspendió artículos que limitaban la ultraactividad de los convenios colectivos y recortaban los aportes sindicales.

El tribunal encontró verosimilitud en el derecho y riesgo de daño irreparable. El Estado no puede aplicar las normas mientras dure la medida.

El sistema de negociación colectiva vigente queda protegido — por ahora.

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La estrategia de un caso es central. La enfermedad profesional no se improvisa. Se construye. Desde la primera entrevist...
20/03/2026

La estrategia de un caso es central. La enfermedad profesional no se improvisa. Se construye.

Desde la primera entrevista hasta la pericia, cada decisión técnica del abogado define el resultado del caso.

En este carrusel desarrollamos tres ejes clave:
— Cómo reconstruir la exposición al riesgo en la entrevista.
— Cómo construir el nexo causal antes de llegar al juicio.
— Cómo orientar la pericia para que el dictamen trabaje a favor.

Porque el juez decide con lo que hay en el expediente. Nada más.

¿Tenés una causa de enfermedad profesional en trámite? Comentá EP y conversamos.

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