10/01/2023
Venció la moratoria previsional ¿y ahora?
La ley 26970 quedó sin vigencia el 31 de diciembre 2022. El Poder Ejecutivo pretende aprobar nueva moratoria previsional en sesiones extraordinarias
Mediante resolución (ANSES) 174/2022, se había extendido el plazo de la moratoria previsional de la Ley 26970 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Consecuentemente, el 31 de diciembre venció la última prórroga de la moratoria previsional prevista por ley 26970.
Hace unos días, la circular DP (ANSES) 1/2023 estableció los distintos supuestos en que se podrá iniciar un trámite mediante ley 26970, esto es, solo en casos especiales y para personas que posean turno al 31/12/2022.
En este contexto, desde el 1° de enero 2023, 9 de cada 10 mujeres y 7 de cada 10 varones no podrán tener acceso al beneficio jubilatorio por no reunir los 30 años de aportes exigidos por ley. Se podrá acceder a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que equivale al 80% del haber mínimo, pero las mujeres deberán esperar a cumplir 65 años.
Que se sabe sobre Nueva moratoria previsional?
Se espera que el proyecto de nueva moratoria previsional - que cuenta con media sanción en el Senado desde el pasado 30 de junio de 2022- sea incluido en el temario de las sesiones extraordinarias y pueda ser convertido en ley.
Se pretende que puedan acceder a beneficios previsionales más de 800.000 personas que actualmente no tienen acceso. La iniciativa busca facilitar el acceso a las prestaciones previsionales de aquellos hombres y mujeres que no cuentan con los 30 años de aportes suficientes exigidos legalmente, para que puedan regularizar y/o completar esos años haciendo los pagos correspondientes, a través de un plan de compra de activos llamados “unidades de valor”, en el marco de un “Plan de pago de deuda previsional”.
Cuales son las alternativas vigentes? PUAM y Moratoria Ley 24476
En caso de no aprobarse el nuevo proyecto o que no se prorrogue por decreto nuevamente la ley 26970, las alternativas para quienes teniendo la edad jubilatoria deseen obtener algún beneficio previsional y no reúnan los 30 años de aportes.
Por: Abogada Melisa Tortti
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Sarmiento 18, Edificio Centenario.