Cesar Nessi

Cesar Nessi Abogado con matricula T°. X - F°. 2 del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Junín, A

24/12/2022
El Estudio Jurídico se encontrará cerrado, hasta nuevo aviso.
22/12/2022

El Estudio Jurídico se encontrará cerrado, hasta nuevo aviso.

Cambio de Domicilio.
23/03/2022

Cambio de Domicilio.

Se moderniza el lenguaje jurídico
17/12/2021

Se moderniza el lenguaje jurídico

Quedan fuera de uso por incompatibles con los principios republicanos y el contexto social actual “ Vuestra Señoría, Su Señoría, Su Excelencia, etc”

Acceda a la Resolución 👉 https://bit.ly/32dRUNT

10/11/2021

Estimados clientes, en consideración que próximamente seré sometido a una nueva intervención quirúrgica, no recepcionaré nuevas causas hasta la finalización de la feria judicial. Sepan disculpar y gracias por su confianza.

Muchas gracias al Departamento de Investigación de Universidad Vizcaya, fue un honor ser parte de su equipo docente. Sie...
10/09/2021

Muchas gracias al Departamento de Investigación de Universidad Vizcaya, fue un honor ser parte de su equipo docente. Siempre voy a atesorar la experiencia y la oportunidad brindada!!! Gracias!!!

1. El deber de los Tribunales es proteger los derechos fundamentales, ya que el Estado no puede sustituir a las personas...
04/05/2021

1. El deber de los Tribunales es proteger los derechos fundamentales, ya que el Estado no puede sustituir a las personas en las decisiones correspondientes a su esfera individual;

El máximo tribunal avaló la autonomía de la Capital Federal y le dio la razón a Horacio Rodríguez Larreta en su conflicto con la Casa Rosada, tal como adelantó ayer Infobae

En el Día de la Constitución Nacional y el Día del Trabajador, tomemos algo de nuestro tiempo para repasar lo básico:Art...
01/05/2021

En el Día de la Constitución Nacional y el Día del Trabajador, tomemos algo de nuestro tiempo para repasar lo básico:

Artículo 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

Artículo 28.- Los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio.

Artículo 29.- El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.

20/04/2021

Me encanta cuando mis alumnos me comparten sus descubrimientos. La educación es una retroalimentación entre docentes y alumnos que suma al conocimiento general.

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