En la localidad de General José de San Martín, Departamento Libertador General José de San Martín, de la Provincia del Chaco, donde tendrá su domicilio, queda constituida la entidad de carácter civil denominado COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE GENERAL JOSE DE SAN MARTIN, CHACO, que se propone los siguientes fines: a) Defender los intereses de los Abogados y Procuradores; el libre ejercicio de
la profesión; afirmar la libertad, defender el Derecho y luchar por la justicia; auxiliar a los órganos Jurisdiccionales de General José de San Martín y colaborar con las demás instituciones republicanas, organismos y/o asociaciones que tengan por fin el bien común y/o de interés general para nuestra ciudad y que funcionen en el medio; velar y proteger por el respeto y defensa de los derechos y garantías de los Abogados y Procuradores consagradas por normas constitucionales Nacional y Provincial y demás Leyes, Tratados, que regulen su actividad profesional; defender la libre agremiación, asociación y colegiación de los Abogados y dignificar el ejercicio de la Abogacía luchando por la observancia permanentes de las normas éticas; Bregar por una justicia independiente de cualquier influencia y/o poder extraño y procurar que los Magistrados, Funcionarios y Empleados Judiciales de General José de San Martín sean dignificados moral y materialmente en el desempeño de su labor y que actúen libres de toda clase de presiones políticas y gremiales; Luchar por una Justicia rápida, activa y eficaz, controlando, auspiciando o respaldando las iniciativas encaminadas a tales fines. Bregar por el mantenimiento de la matrícula profesional a cargo del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, defender la independencia del Poder Judicial de todo tipo de influencias, turbaciones, que desvirtúen los fines para el cual fue creado y del Consejo de la Magistratura como órgano de proposición y Juzgamiento; b) 1) Crear y sostener una biblioteca de carácter jurídico social; 2) Mantener relaciones con instituciones similares de la Provincia, Nacionales o extranjeras, pudiendo integrar asociaciones provinciales, federaciones o confederaciones; 3) Propiciar reuniones entre sus miembros, para fomentar la cordialidad, solidaridad y ayuda entre los mismos; 4) Promover o participar en congresos, conferencias o reuniones científicas, realizar concursos, disertaciones, sobre temas o problemas jurídicos, propiciar toda iniciativa de cualesquira de los asociados sobre trabajos jurídicos, sociales y la difusión del Derecho; 5) Rechazar toda posición política, religiosa racial o de discriminación; 6) Mediar para la resolución de conflictos del foro y de los abogados; y 7) Tomar los cursos de acciones y vías de derecho que ameriten las circunstancias para defender esos objetivos.