20/09/2020
- CUOTA ALIMENTARIA – MEDIDAS IMPLEMENTADAS ANTE EL INCUMPLIMIENTO -
*Cordoba*
LE CORTAN EL TELEFONO Y PROHIBEN NUEVAS LINEAS, TAMBIEN SE LE SUSPENDIO EL CARNET DE CONDUCTOR A UN PADRE QUE NO PAGO ALIMENTOS A SUS HIJOS.
Estas nuevas medidas dictadas por la Justicia se sumaron a otras ya dispuestas con la finalidad de vencer la resistencia al cumplimiento debido.
Luego de que un padre incumpliera una sentencia de alimentos, la Justicia de Córdoba dictó nuevas medidas para que cumpla. El Juzgado en lo Civil y Comercial de 3° Nominación de la ciudad de Bell Ville, a cargo del juez Eduardo Bruera, ordenó el corte de los servicios telefónicos a nombre del padre incumplidor y prohibió que otorguen nuevas líneas.
Además, el magistrado dispuso la suspensión de la licencia de conducir “ciclomotores” otorgada por la comuna y prohibió su renovación hasta el cumplimiento efectivo de la deuda alimentaria.
En este sentido, al solicitar dicha medida a la Justicia, se aclaró que no impide el trabajo del hombre, ni tampoco la obtención de ganancias para cumplir con la cuota alimentaria, debido a que siempre ha trabajado con maquinarias agrícolas.
El juez Bruera remarcó que el progenitor continuó incumpliendo incluso luego de haberse ordenado la inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y otras medidas de coerción como astreintes y prohibición de salir del país.
Asimismo, resaltó que “el derecho alimentario constituye un derecho humano básico y resulta derivación del derecho a la vida”. En consecuencia, sostuvo, “el incumplimiento del progenitor al pago de la cuota alimentaria compromete: 1) el derecho de los hijos a un nivel de vida adecuado (art. 27, Convención sobre los Derechos del Niño); 2) el interés superior del niño, niña o adolescente (art. 3 de la CDN)”.
Por otra parte, afirmó que la conducta omisiva del progenitor configura, a todas luces, un caso de violencia de género en los términos de la Ley 26.485 de “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Integral contra las mujeres”.
“La falta de pago de la cuota alimentaria afecta directamente a la madre, pues ocasiona un deterioro de su situación económica, ya que debe cubrir de manera exclusiva las necesidades materiales de su hija, con la consiguiente limitación injustificada de sus propios recursos económicos”, enfatizó el juez.