Estudio Jurídico Sensi

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Estudio jurídico dedicado a temas de familia -divorcios, alimentos, visitas, filiación-, Sucesiones- Accidentes de transito- Despidos y accidentes laborales, cobros ejecutivos- Descargos de multas.

Interesante fallo sobre régimen de visitas y cuidado por parte del progenitor en cuarenta.
06/05/2020

Interesante fallo sobre régimen de visitas y cuidado por parte del progenitor en cuarenta.

Un juzgado admitió una medida cautelar para que un padre separado cuide a su hijo los fines de semana -pese a la cuarentena- para posibilitar el trabajo de la madre.

17/04/2020

A LA MENTIRA Y A LA DEMAGOGIA, SE LES RESPONDE CON LA VERDAD

ACLARACIONES A LA ASOCIACIÓN DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS Y A LA AJB

Acceda al texto 👉 https://bit.ly/34MAlBL

El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, se ve en la penosa obligación de salir a desmentir, por única vez, los ya varios comunicados, declaraciones y notas periodísticas de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires y de la Asociación Judicial Bonaerense, que apuntan contra los 65.000 abogados y abogadas de esta Provincia y contra la abogacía organizada.
Para que les quede claro a quienes les quepa el sayo y desinforman a propios y a ajenos:

1. Nunca se le pidió a la SCBA -ni a ningún poder del estado-, la “reapertura total” de los Tribunales;
2. Nunca pusimos “intereses sectoriales” por sobre los valores de salud pública y derecho a la vida. Como abogados, nunca lo haríamos.
3. Nunca pedimos que agentes, funcionarios o magistrados pusieran en peligro su salud, la de sus familiares ni justiciables. Reiteramos, nunca lo hicimos y nunca lo haríamos.
4. Nunca amenazamos -ni informamos- con iniciar acciones administrativas, penales ni disciplinarias contra ningún agente, funcionario o magistrado, como sí lo hizo la AJB.
5. Nunca comunicamos nada que no hubiera sido consensuado con los distintos actores del sistema judicial. Cada vez que participamos de una mesa, lo hicimos con predisposición de diálogo y honestidad intelectual. E idénticamente, informamos.
6. No representamos “grandes intereses económicos”. Pero sí representamos a 65.000 colegas afectados en su ejercicio profesional y velamos por la defensa de los derechos del pueblo de la Provincia de Buenos Aires.
7. Nada empaña el trabajo denodado y la vocación de servicio de muchos integrantes del poder judicial, hecho que valoramos y rescatamos, como siempre lo hicimos, pero aún más ahora. Sólo se sale de las crisis con inteligencia, coraje y compromiso cívico.
8. Lo que nos indigna, como abogados y abogadas y representantes de nuestros colegas, es que se MIENTA.

El único pedido de esta institución es que magistrados, funcionarios y empleados TRABAJEN DESDE SUS CASAS PORQUE PUEDEN HACERLO. PORQUE MUCHOS DE SUS COLEGAS Y COMPAÑEROS, LO HACEN. Y quienes no lo hacen, quienes amenazan con denuncias por tener que hacerlo, quienes tergiversan la realidad, quienes falsean y parcializan la realidad, no tienen ni nuestro respeto, ni el de la sociedad. Son miles los magistrados, funcionarios y empleados que pudiendo trabajar desde sus casas no lo hacen. La propia Corte se los dijo.
Y si no están dispuestos a hacerlo por los 17.000.000 de bonaerenses o por los 4.000.000 de procesos judiciales, háganlo por lo menos por sus compañeros, que necesitan de su ayuda.
El sistema electrónico que la SCBA ha implementado desde el año 2012 lo permite.
La hora es crítica y la sociedad y la historia judicial argentina no lo van a olvidar.

Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, 15 de abril de 2020.

Se pone en conocimiento de la población, que durante el aislamiento funciona las 24 horas la línea 02922-432202 para los...
03/04/2020

Se pone en conocimiento de la población, que durante el aislamiento funciona las 24 horas la línea 02922-432202 para los casos de violencia familiar.

Fallo de la justicia de Parana por la cual se declara la inconstitucionalidad de las fotomultas.
05/03/2020

Fallo de la justicia de Parana por la cual se declara la inconstitucionalidad de las fotomultas.

  fallos   # Contravencional Abr 05 2019 Fotomultas. Inconstitucionalidad Nacional \ Juzgado Federal de ParanáFecha resolución: 05 - Abr - 2019 Multa Descargar archivo 1 : fallos47517.pdf Vista previa 1   COMENTAR

Fallo de septiembre del año 2019 que determina que el derecho de habitación viudal no se pierde si el cónyuge supérstite...
11/02/2020

Fallo de septiembre del año 2019 que determina que el derecho de habitación viudal no se pierde si el cónyuge supérstite contrajere nuevas nupcias.

Visita la entrada para saber más

MULTAS DE TRANSITOEs muy común que los conductores al momento de cometer una infracción no tengan las nociones básicas p...
06/02/2020

MULTAS DE TRANSITO

Es muy común que los conductores al momento de cometer una infracción no tengan las nociones básicas para poder defenderse o saber cual es la documentación que deberían presentar. En materia de transito son innumerables las normas que lo regulan, es por esta razón, que en virtud de la gran cantidad de normas y contranormas muchas veces se coloca al infractor en una situación desventajosa, resultando victima de abusos por no saber como proceder.
Es muy importante saber cuales son las multas de transito que pueden hacernos, como se tramita el descargo, que posibilidades existen para impugnarlas y cuando prescriben.
En materia legislativa, existe la Ley Nacional de Transito Nº 24.449, a las que muchas Provincias han adherido, pero cada Municipio posee su propio código de faltas y contravenciones. A la hora de discutir una multa deberá tenerse en cuenta la ley Provincial que regula este instituto y el Código de faltas perteneciente al Municipio donde haya sido cometida la presunta infracción
Cuando la autoridad constate la violación de una norma de circulación, y detenga al conductor en base a la presunta infracción, o cuando encuentre al vehículo detenido violando alguna norma de transito, confeccionará un "Acta de Constatación" o también conocida como "Acta de Infracción". Pero solo cuando la mencionada Acta haya sido puesta en conocimiento del Juez de Faltas, se transformará en multa.

ACTA DE CONSTATACIÓN

Al momento que el agente de transito nos detiene y labra el acta de infracción, nos solicitará que firmemos. En caso de no estar de acuerdo con la infracción que nos adjudica NO DEBEMOS FIRMAR el acta, es decir, debemos FIRMAR EN DISCONFORMIDAD, porque el acto verdaderamente se llevó a cabo pero consideramos que las observaciones del agente no se ajustan a la realidad de los hechos, por tal motivo, firmaremos haciendo mención que no estamos conformes con la multa y colocaremos la leyenda "EN DISCONFORMIDAD". Ahora bien, es muy importante que tomemos nota de los siguientes datos: Nombre del agente, fecha, hora, lugar, motivo por el cual se imputa la infracción, porque deberemos cotejarlos con los que se encuentren dispuestos en la multa que nos será notificada por correo postal.

El funcionario que comprueba la infracción debe librar un ACTA DE CONSTATACIÓN, la que debe contener los siguientes datos:

a.- El lugar, la fecha y la hora de la comisión del hecho u omisión punible.

b.- La naturaleza y circunstancia de los mismos y las características de los elementos empleados para cometerlos.

c.- El nombre y domicilio del imputado, si hubiera sido posible determinarlo.

d.- El nombre y domicilio de los testigos que tuvieren conocimiento del hecho.

e.- Disposición legal presuntamente infringida.

f.- Datos del vehículo

g.- La firma del funcionario interviniente con aclaración del nombre y cargo.

El acta de constatación se compone de dos tipos de elementos:
Elementos Esenciales: I) Lugar, Fecha y hora, II) Relato de los hechos y los elementos accesorios, III) Disposición legal presuntamente infringida, IV) Datos del vehículo infractor, V) Firma del funcionario interviniente con aclaración del nombre y cargo.
Elementos No Esenciales: I) Nombre y domicilio del imputado, II) Nombre y domicilio de testigo, III) Firma del infractor.
Para que el juez de faltas pueda llegar a dictar “sentencia condenatoria” el acta de constatación debe contener obligatoriamente los elementos esenciales en la redacción del acta. De no contenerlos deberá desestimarse anulando y enviando a su archivo.

Interesante fallo sobre filiación, donde se reclama la reparación, a través de la indemnización, del daño moral provocad...
05/02/2020

Interesante fallo sobre filiación, donde se reclama la reparación, a través de la indemnización, del daño moral provocado ante la negativa del reconocimiento por parte del padre a su hija de 34 años, quien fue condenado a resarcir.

Una mujer promovió demanda reclamando una indemnización por daño moral contra su progenitor biológico por haberla reconocido como su hija recién cuándo cumplió 34 años de edad. Se trata de un fallo muy interesante porque provocó disidencias entre los jueces. El quid de la cuestión radica e...

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