22/09/2014
Toda separación es dolorosa y genera disputas entre los padres que inmediatamente se trasladan a los hijos, cuando puntualmente son de corta edad. Lo principal, más allá del dolor, es saber atravesar la ruptura con la mayor tranquilidad, responsabilidad y sabiduría posible.
Cuestiones como ¿qué pasará con la casa? ¿quien se quedará con los chicos? ¿cuánto aportará el padre que no tenga la tenencia? ¿cómo será el régimen de visitas para el padre que no convive con los menores? ¿qué pasará en las fiestas? y ¿qué pasará en las vacaciones? no deberían decidirse a la ligera y son temas que merecen de un mayor análisis.
Generalmente, cuando una relación llega a un punto límite (e independientemente si los padres deciden o no iniciar los trámites para la separación personal o el divorcio vincular en su caso) uno de los progenitores se retira del hogar conyugal, y acuerda con el otro, que queda con la tenencia, el monto a aportar mes a mes para la manutención de los menores. Luego, sobre la marcha, ambos padres van decidiendo las visitas, las fiestas y las vacaciones, de los hijos.
Estas vicisitudes que redactadas dan la impresión de ser pacificas, en la realidad están lejos de serlas, y generan innumerables conflictos que afectan emocionalmente tanto a los menores por el ambiente que se crea, como a los integrantes de la ex pareja por no poder continuar con sus vidas de una forma más armónica.
Ahora cuando los conflictos se tornan insuperables, por la falta de acuerdo entre los progenitores, ya sea por ejemplo porque el que tiene la tenencia considera que la cuota es demasiado baja para cubrir los costos o para asegurar una mejor calidad de vida para los hijos, o porque uno de los padres quiere pasar tantos días de vacaciones o pasar las fiestas en otro lado con los menores, en la mayoría de los casos el que ostenta la tenencia, acude a un colega abogado para que inicie o una demanda o solicite una mediación previa (cuando existe esa instancia obligatoria) a efectos de que se fije una cuota de alimentos y muchas veces también paralelamente un régimen de visitas.
La otra parte, habitualmente el que no tiene la tenencia y aporta mes a mes un monto para manutención de los menores, se ve en la obligación, una vez notificado, de contratar a otro colega abogado para que lo asesore.
La disputa, en la mayor parte de los casos, no rondará en sí sobre aumentar 2 o 3 puntos más la cuota alimentaria, sino sobre quien será el que se hará cargo de las costas (los honorarios de los abogados, y del mediador principalmente). El alimentante (el que no tiene la tenencia y aporta mes a mes), querrá plantear que cada parte le pague a su abogado, y que ambas al mediador por mitades. La otra parte, con acertado criterio planteará que acude en representación de o de los menores, y que no corresponde que sea el menor o los menores los que deban pagar para procurarse sus propios alimentos.
Finalmente, sino se espera hasta la sentencia, se producirá el dichoso acuerdo luego que los abogados le expliquen detenidamente la situación al alimentante, y terminen aceptando que el alimentante abone sus propios honorarios en, a veces, prolongadas cuotas.
Cuál es el consejo de Estudio Dinamarca Responde para el que se tomó la molestia de llegar hasta acá, y quizás algún día lamentablemente le toque afrontar un situación así? El siguiente, ahórrese un largo tiempo de conflicto, ahórrese el tener que abonar el doble o más en concepto de costas. Con la mayor tranquilidad y serenidad, cuando las circunstancias lo posibiliten, siéntese y proponga a su reciente ex pareja, ver ambos a un abogado de confianza, o si se prefiere consultar cada uno por su lado a un abogado distinto. Que el o los colegas les expliquen en la consulta detalladamente cada punto y coma que tiene que ver con la atribución del hogar, la tenencia, el régimen de visitas y la cuota alimentaria. Luego vuelva a reunirse con su ex pareja, y vea de tratar de llegar a un acuerdo sobre cada uno de estos temas. Una vez logrado (éxito), vaya con su ex pareja a uno de los colegas consultados para que redacte los términos del acuerdo y lo haga homologar por un juez. De esta forma las cuentas estarán claras, los honorarios serán para un solo abogado, no habrá honorarios para mediador y se asegurará una gran tranquilidad en el tiempo para usted y sus hijos.