26/02/2025
👉🏻El 25/02/25 se publicó en el B.O la Resol. N° 9/2025 que actualiza las compensaciones y montos mínimos de las indemnizaciones por incapacidad y muerte en el periodo comprendido entre el 1/03/25 hasta el 31/08/2025 inclusive.
☝🏻De esta forma se estableció que:
👷🏻♂️El cálculo de los montos de las compensaciones adicionales de pago único, previstas en el artículo 11, apartado 4, incisos a), b) y c) de la ley n° 24.557 y sus modificatorias, arroja el resultado de pesos treinta y un millones novecientos once mil treinta y cuatro ($ 31.911.034), pesos treinta y nueve millones ochocientos ochenta y ocho mil setecientos noventa y tres ($ 39.888.793) y pesos cuarenta y siete millones ochocientos sesenta y seis mil quinientos treinta y siete ($ 47.866.537), respectivamente.
👷🏻♂️El cálculo de la indemnización que corresponda por aplicación del artículo 14, apartado 2, incisos a) y b) de la ley n° 24.557 y sus modificatorias, no podrá ser inferior al monto de pesos setenta y un millones setecientos noventa y nueve mil ochocientos dieciocho ($ 71.799.818) por el porcentaje de incapacidad laboral permanente (I.L.P)
👷🏻♂️ El cálculo de la indemnización que corresponda por aplicación del artículo 15, apartado 2 de la ley n° 24.557 y sus modificatorias, no podrá ser inferior a pesos setenta y un millones setecientos noventa y nueve mil ochocientos dieciocho ($ 71.799.818) como piso mínimo.
👷🏻♂️ El cálculo de la indemnización adicional de pago único prevista en el artículo 3° de la ley n° 26.773 en caso de muerte o incapacidad total no podrá ser inferior a pesos trece millones quinientos noventa y siete mil trescientos veintiuno ($ 13.597.321) como piso mínimo.
⤵️Te dejamos el link directo a la resolución: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/321945/20250226