Estudio Jurídico Lanas

Estudio Jurídico Lanas Asesoramiento en los fueros Civil, Comercial, Laboral, Familia y Penal
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17/05/2024


En la antigüedad egipcia, las mujeres eran vistas y honradas como más altas y más sagradas que un hombre. La mujer es la madre de todos, dando vida y enseñando. Los antiguos egipcios creían que cuando un hombre lograra una gran cantidad de conocimiento, espiritualidad y poder, se le permitiría usar una peluca de pelo largo para simbolizar que había alcanzado un cierto nivel igual a una mujer. Mientras los dos se unen, ella sostiene a su hombre, dándole fuerza y ​​protección. Hay un dicho que sigue flotando en la actualidad: "Detrás de cada hombre exitoso hay una mujer fuerte que lo sostiene"

01/04/2024

NUEVO FALLO a favor de nuestro cliente que puede recuperar su casa.

"C.H.G c/ C.N.G y otros s/ Desalojo"
Juzgado Civil y Comercial N° 9 San Martin
San Martin, 16/2/2024.
..Por todo ello y lo normado por los arts. 68, 163, 375, 384 y 676 del Código Adjetivo, FALLO: 1º) Hacer lugar a la demanda de desalojo promovida por el Sr. H.G.C contra los Sres. G.N.C, T.T.G, SUBINQUILINOS, OCUPANTES y/o INTRUSOS, respecto del inmueble sito en la calle R.... 5211 de la localidad de Caseros, partido de Tres de Febrero, provincia de Buenos Aires; 2º) Consecuentemente, disponiendo la entrega del referido inmueble a la parte actora, dentro del plazo de DIEZ días de quedar firme o ejecutoriada la presente, bajo apercibimiento de desahucio; 3º) Imponiéndose las costas a los demandados vencidos, a cuyo fin regulánse los honorarios del letrado de la parte actora Dr. CARLOS MARTÍN LANAS, T° XII F° 50 CAM, Legajo Previsional Nº 3/24994872, CUIT e Ingresos Brutos Nº 20249948722, MONOTRIBUTISTA, en la suma de .... (.. JUS.-), y los de la mediadora Dra. E.E.S, Matricula SM..., T° ... F° .. C.A.S.M, CUIT ..., MONOTRIBUTISTA, en la suma de .. CON ..JUS (..JUS.-), (arts. 14, 15, 16, 21, 22, 28 inc. b, 40 y ccdtes. de la Ley 14.967 y Ley 13.951, Dec. Regl. n° 600/2021). REGISTRESE Y NOTIFICO de manera directa, con su entrega en forma electrónica, a la parte actora ...., adjuntado art. 54 de la ley 14.967 en archivo .PDF (art. 143 inc. 1° del C.P.C.C., ANEXO III del Reglamento de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas -Acuerdo n° 4013/21 de la SCBA, Reordenado Acuerdo n° 4039 de la SCBA-).adjuntado art. 54 de la ley 14.967 en archivo .PDF (art. 143 inc. 1° del C.P.C.C., ANEXO III del Reglamento de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas -Acuerdo n° 4013/21 de la SCBA, Reordenado Acuerdo n° 4039 de la SCBA-)Firmado Digitalmente por
Paulo Alberto Maresca- Juez

16/12/2023

Nuevo fallo favorable para nuestro cliente. Gracias por confiar en este letrado. No siempre una demanda laboral la gana un empleado!!!!!

Expte. n° 15.407
SENTENCIA: En la ciudad de General San Martín, en la fecha y hora de la constancia de la firma digital, reunidos los señores jueces de este Tribunal del Trabajo N°5 de San Martín,, a fin de dictar SENTENCIA en los autos caratulados “Z.M.D C/ P.O.A S/ DESPIDO”, resolvieron plantear y votar por separado en el mismo orden observado en el VEREDICTO que antecedes, las siguientes: CUESTIONES DE DERECHO: ÚNICA CUESTIÓN: ¿Es procedente la demanda instaurada? ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?
VOTACION: A LA ÚNICA CUESTIÓN: La Dra. Verónica Inés Boxler dijo: ANTECEDENTES: El 24/8/2022 se presenta el actor con el patrocinio letrado del Dr. J.P.N y promueve demanda por despido contra O.A.P por la suma de $ 3.967.401,23 con más intereses y costas. El 2/6/2023 se presenta el demandada con el patrocinio letrado del Dr. Carlos Martin Lanas y contesta demanda. Niega la relación invocada por el actor. Ofrece prueba y solicitan el rechazo de la acción. El 11/7/2023 se abrió la causa a prueba y se produjo la que da cuenta lo actuado. La audiencia de vista de causa se llevó a cabo conforme surge del acta de fecha 13/12/2023. Dictado el pertinente Veredicto, estos actuados se encuentran en condiciones de dictar Sentencia. LA DECISIÓN: Tal como surge del Veredicto que antecede y ante el desconocimiento que el demandado P. hizo de la relación laboral y por ende de las circunstancias emanadas de la misma, pesaba sobre los reclamantes la carga de los hechos constitutivos del proceso que invoca (art. 375 del CPCC).
Es regla procesal que “afirmada la existencia de la relación de linaje laboral por la accionante, a ella le incumbía probar dicho extremo (art. 375 C.P.C.C.)” (SCBA, LP L 86313 S 18/07/2007, carátula: “Alcetegaray, Vanesa Andrea c/ Lago S.A. s/ Indemnización por despido”). En atención al resultado propuesto propongo el rechazo de la demanda instaurada en todas sus partes (art. 726 del CC y Com). Las costas auspicio se impongan a los actores atento su carácter de vencido (art. 19 de la ley 11.653). Asimismo, propongo diferir la regulación de honorarios hasta tanto quede firme el presente pronunciamiento (art. 51 de la ley 14.967). ASÍ LO VOTO.
A LA MISMA CUESTIÓN: La Dra. Graciela Alejandra Garcia dijo:
Para las particulares situaciones fácticas debatidas en autos, adhiero a voto que antecede por compartir sus fundamentos, en un todo. ASÍ LO VOTO. A LA MISMA CUESTIÓN: El Dr. Antonio Di Renzo dijo: Para las particulares situaciones fácticas debatidas en autos, adhiero a voto que antecede por compartir sus fundamentos, en un todo. ASÍ LO VOTO. F A L L O: En mérito al resultado que antecede, citas legales hechos y fundamentos expuestos, el TRIBUNAL FALLA: I) Rechazando la acción instaurada por M.D.Z contra O.A.P en todas sus partes (art. 726 del CC y Com). II) Imponiendo las costas al actor atento su carácter de vencido (art. 19 de la ley 11.653). III) Difiriendo la regulación de honorarios hasta que quede firme el presente pronunciamiento (cfme ley 14.967). IV) Hágase saber a las partes que se encuentra publicado en la Mesa de Entradas Virtual (MEV) de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (www.scba.gov.ar) el texto completo del Veredicto y los fundamentos del presente Fallo. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE electrónicamente sin necesidad de otro instrumento más que el presente (AC. SCBA 4039/21). Fdo: BOXLER Veronica Ines, JUEZGARCIA Graciela Aleja,ndra, JUEZ DI RENZO Antonio, JUEZ HERNANDEZ Victoria Denise, AUXILIAR LETRADO.-

24/08/2023
08/07/2023

NO PIENSEN DEMASIADO !
Charlie Chaplin vivió hasta los 88 años, dejó cuatro dichos sobre la vida, entre las cosas más bonitas que he leído:

✓ (1) Nada dura para siempre en este mundo, ni siquiera nuestros problemas;

✓ (2) Me gusta caminar bajo la lluvia porque nadie puede ver mis lágrimas;

✓ (3) El día más desperdiciado en la vida es el día en que no nos reímos;

✓ (4) Seis de los mejores médicos del mundo:
✓ 1 sol
✓ 2 descanso
✓ 3 ejercicio
✓ 4 dieta
✓ 5 autoestima
✓ 6 amigos

"Manténlo durante toda tu vida y diviértete".

Vida saludable
Si ves la luna, verás la belleza de Dios
Si ves el sol, verás el poder de Dios
Si ves un espejo, verás la mejor creación de Dios.

Así que cree:
Todos somos turistas
¡La vida es solo un viaje!

"Entonces, vive por hoy, mañana puede o no ser"

CONSULTE POR DESCARGOS Y APELACIONES EN PROVINCIA. Multas: Un fallo clave para los que tienen infracciones viejas.La Jus...
23/06/2023

CONSULTE POR DESCARGOS Y APELACIONES EN PROVINCIA. Multas: Un fallo clave para los que tienen infracciones viejas.La Justicia porteña definió en un caso particular que las multas en CABA no pueden vencer a los cinco años cuando en Nación lo hacen a los dos: el precedente que sienta jurisprudencia.

Deudas Bancarias: Realizamos su defensa!
11/06/2023

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