13/08/2015
"NUEVO RÉGIMEN DE DIVORCIO"
A partir de la sanción del nuevo código civil y comercial de la nación, en materia de divorcios, ya no existe los requisitos para iniciar la demanda para disolver el vinculo conyugal. No existe plazo para divorciarse. De hecho, con la presentación de la demanda de divorcio a partir de ahora se debe plantear una PROPUESTA, la cual contendrá los regímenes de división de bienes, cuestiones de alimentos, régimen de comunicación (anteriormente denominado régimen de visitas) y los cuidados de los menores (anteriormente denominado tenencia) y se deberá resolver la cuestión independientemente del divorcio, es decir, la sentencia de divorcio debe resolverse sin importar las cuestiones a discutir en la propuesta, que se resolverá por otra via.-
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