10/10/2019
Accidentes de tránsito
Prioridad de paso de quien circula por la derecha.
Muchos creen que se trata de un mito, pero la prioridad de paso de quien circula por la derecha en una intersección de calles de igual jerarquía, es absoluta, y está reconocida en el art. 41 de la Ley 24449, a la que se encuentra adherida la provincia de Buenos Aires.
Al momento de reclamar por los daños, ya sea ante la Cia. seguros o en sede judicial, será determinante esta prioridad.
Mucha precaución al circular.
Estudio Juridico
Lautaro Rios y Asoc
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