Estudio Jurídico Nuria Muñoz

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Estudio Jurídico Integral. Enfocado en buscar soluciones a cuestiones relac

Como "la ignorancia de las leyes no sirve de excusa para su cumplimiento", hoy se salvan algunas de las dudas más frecue...
21/08/2020

Como "la ignorancia de las leyes no sirve de excusa para su cumplimiento", hoy se salvan algunas de las dudas más frecuentes en el Derecho de Familia.
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¿SABÍAS QUÉ...?En muy poco tiempo podés DIVORCIARTE. Ya no tenés que esperar años y años para obtener la sentencia de di...
23/07/2020

¿SABÍAS QUÉ...?

En muy poco tiempo podés DIVORCIARTE. Ya no tenés que esperar años y años para obtener la sentencia de divorcio.

Basta con TU VOLUNTAD para hacerlo.

* Ya no necesitás que tu cónyuge esté de acuerdo en divorciarse.

* Ya no debés probarle al juez quién tuvo la culpa del fracaso matrimonial, sólo manifestarle TU VOLUNTAD.

* Ya no tenés que expresar causales para divorciarte.

Con el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, es suficiente que uno sólo de los cónyuges manifieste su voluntad de divorciarse, sin necesidad de que exista mutuo acuerdo o que transcurra un plazo mínimo desde la celebración del matrimonio.

¡NOVEDAD!El 26 de mayo de 2020, la Cámara Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la Ciudad de Río Tercero, señaló q...
29/06/2020

¡NOVEDAD!

El 26 de mayo de 2020, la Cámara Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la Ciudad de Río Tercero, señaló que:

LA LEGISLACIÓN PROVINCIAL (Ley n°: 9169) NO ESTABLECE LA PREFERENCIA PARA EL CONDUCTOR QUE CIRCULA POR UNA VÍA DE MAYOR JERARQUÍA (como una Avenida), como sí lo hace expresamente con la hipótesis de ingreso desde una vía de tierra a una pavimentada.

Pero el Tribunal destacó que la solución de no otorgar prioridad a quien circula por una avenida presenta inconvenientes.

Entonces, por una interpretación sistemática del Derecho de Tránsito, SE DEJÓ DE LADO LA PREFERENCIA DE PASO DERECHA–IZQUIERDA Y SE ESTABLECIÓ LA PREFERENCIA DE QUIEN CIRCULA POR UNA VÍA DE MAYOR JERARQUÍA (en este caso una Avenida de doble mano).

VALE ACLARAR QUE ESTO SE APLICA EN ESTE CASO CONCRETO, pero constituye un antecedente jurisprudencial a tener en cuenta.

NUEVA LEY DE ALQUILERESSe encuentra sancionada, hay que esperar la promulgación del Poder Ejecutivo y su promulgación en...
16/06/2020

NUEVA LEY DE ALQUILERES

Se encuentra sancionada, hay que esperar la promulgación del Poder Ejecutivo y su promulgación en el Boletín Oficial para que entre en vigencia.

Mientras tanto rigen las normas anteriores; y para los contratos que se encuentran en vigencia, no aplicará la nueva ley, dado que no es retroactiva.

Los puntos más importantes son:

♦ Los ALQUILERES ANTICIPADOS y el DEPÓSITO DE GARANTÍA no pueden ser mayores a un mes de alquiler. El reintegro del mes de garantía debe realizarse en efectivo al momento de la restitución del inmueble, al valor del último mes de alquiler.

♦ PLAZO MÍNIMO LEGAL DE TRES (ya no de dos años).

♦ Los GASTOS A CARGO DEL LOCADOR pueden ser COMPENSADOS por el inquilino con el importe de los alquileres, previa notificación fehaciente al locador.

♦ Aquellas EXPENSAS QUE DERIVEN DE GASTOS HABITUALES, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposición quedan a cargo del inquilino. Las EXPENSAS EXTRAORDINARIAS debe pagarlas el locador.

♦ En caso de resolución anticipada del inquilino, si la notificación al locador se hiciese con una anticipación de tres meses o más, no corresponderá el pago de indemnización.

♦ El PRECIO DEL ALQUILER debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual solo podrán realizarse ajustes anuales. Los AJUSTES deberán efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), publicados por el Banco Central.

♦ Se establece la obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la AFIP.

01/06/2020

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Seguramente más de una vez te hablaron de alguno de estos símbolos, o los viste y no sabías a qué hacen referencia. Este...
01/06/2020

Seguramente más de una vez te hablaron de alguno de estos símbolos, o los viste y no sabías a qué hacen referencia.

Este post te lo va a enseñar.

Los símbolos más conocidos de la JUSTICIA son:
⭕ DAMA DE LA JUSTICIA: en representación a diosas mitológicas de la justicia.
⭕ BALANZA: Equilibrio e Igualdad.
⭕ ESPADA: Fuerza, Poder de coerción.
⭕ VENDAS EN LOS OJOS: Imparcialidad, libre prejuicios y subjetividades.

¿Qué opinas? ¿Se cumple?

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01/06/2020

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El DNU 487/2020 de fecha 18/05/2020, publicado en el día de hoy 19/05/2020 se decidió la PRÓRROGA de la prohibición de e...
19/05/2020

El DNU 487/2020 de fecha 18/05/2020, publicado en el día de hoy 19/05/2020 se decidió la PRÓRROGA de la prohibición de efectuar despidos y suspensiones sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 329/20 (es decir el 29/05/2020).

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Vuelta atrás con las flexibilizaciones en la ciudad de Córdoba.⠀Seguimos trabajando con modalidades online.⠀¡No dudes en...
19/05/2020

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Seguimos trabajando con modalidades online.

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¡Estamos trabajando!⠀Realizá tu consulta por las siguientes vías:- Correo: estudiojuridico.nuriam@gmail.com- Facebook: E...
13/05/2020

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En caso de ser necesario, se coordinará un horario cubriendo todas las medidas de seguridad (días Lunes, Miércoles y Viernes de 14 a 20hs). ⠀⠀
⠀☑️ Uso obligatorio de barbijo. ⠀
⠀☑️ Desinfección entre cliente y cliente.
⠀☑️ Se respetarán las distancias mínimas.
⠀☑️ Un solo cliente en la oficina.
⠀☑️ Ventilación permanente.

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Abg. Nuria Muñoz

En el día de ayer, 10/05/2020, el COE informó un plan de flexibilización de diversas actividades.Entre ellas, la posibil...
11/05/2020

En el día de ayer, 10/05/2020, el COE informó un plan de flexibilización de diversas actividades.
Entre ellas, la posibilidad de realizar MUDANZAS dentro de la misma ciudad.

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